NORMATIVAS QUE IMPACTARÁN LA LOGÍSTICA EN 2026
NORMATIVAS QUE IMPACTARÁN LA LOGÍSTICA EN 2026 ENERO El 5 de enero entró en vigencia la exigencia exigencia de estándares de emisiones equivalentes equivalentes a Euro VI para vehículos pesados nuevos.
Esta normativa establece que los vehículos motorizados pesados cuya primera inscripción se solicite a partir de esta fecha deberán cumplir con límites máximos de emisiones contaminantes, tales como óxidos de nitrógeno (NOx), material particulado (MP), monóxido de carbono (CO) e hidrocarburos, de acuerdo con estándares internacionales equivalentes a Euro VI o normas estadounidenses estadounidenses comparables.
Este requisito se aplica al proceso de homologación y primera inscripción de vehículos, por lo EJque los modelos que no cumplan con estas exigencias no podrán ser inscritos ni circular legalmente en el país bajo esta condición.
La normativa considera además la utilización utilización de tecnologías de control de emisiones, emisiones, como sistemas de postratamiento de gases, y su implementación está asociada asociada a la disponibilidad de combustibles de bajo contenido de azufre. El 7 de enero se publicó el reglamento reglamento de la ley que regula los plásticos de un solo uso y botellas plásticas, estableciendo estableciendo condiciones para su entrega, comercialización comercialización y gestión. Esta normativa introduce obligaciones para empresas en materia de envases y embalajes. El 21 de enero comenzó a regir la modificación modificación al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SElA), introducida mediante el Decreto Supremo Supremo N17/2026.
Esta modificación actualiza umbrales, definiciones y criterios para determinar el ingreso de proyectos al SElA, incluyendo ajustes en tipologías vinculadas a almacenamiento almacenamiento de combustibles, manejo de sustancias peligrosas, tratamiento de residuos y proyectos de equipamiento. La normativa es obligatoria y se aplica a todos los proyectos nuevos o modificaciones modificaciones que, conforme a los criterios vigentes, deban someterse al SElA. En estos estos casos, los proyectos deberán ingresar mediante una Declaración o Estudio de Impacto Ambiental, según corresponda, como condición previa para su ejecución.
Asimismo, los cambios introducidos pueden pueden modificar las condiciones bajo las cuales determinados proyectos deben ingresar al sistema, lo que implica la necesidad necesidad de revisar los criterios aplicables en cada caso conforme a la normativa vigente. El 22 de enero se publicó el decreto que aprueba la Política Nacional de Desarrollo Productivo Sostenible, instrumento que orienta la acción del Estado en materia de productividad, innovación y transición sostenible. Si bien no establece obligaciones obligaciones directas para las empresas, define lineamientos para políticas públicas que pueden influir en inversión, financiamiento financiamiento y regulación en sectores productivos.
FEBRERO El 5 de febrero entró en vigencia la prórroga automática de licencias de conducir, conducir, extendiendo la validez de licencias vencidas en 2025 hasta el 31 de diciembre diciembre de 2026 y prorrogando por seis meses meses aquellas con vencimiento en 2026. El 7 de febrero se publicó la Ley N21.797 (Ley Jacinta), que introduce nuevas exigencias en materia de idoneidad idoneidad de los conductores, modifica aspectos aspectos del seguro obligatorio (SOAP) y establece nuevas sanciones.
Respecto de los conductores, la normativa incorpora la obligación de que acrediten, mediante una declaración jurada, que no padecen enfermedades o condiciones que puedan afectar su capacidad de conducción, conforme conforme a lo que establezca el reglamento respectivo. Asimismo, se dispone que la entrega de información falsa en dicha declaración constituye una infracción grave, a la que se agrega la sanción de cancelación de la licencia de conducir. Estas disposiciones se integran al sistema de licencias de conducir conducir y su aplicación efectiva depende de la dictación del reglamento correspondiente, correspondiente, el cual definirá los procedimientos y condiciones específicas para su cumplimiento. cumplimiento. El 13 de febrero se publicó la Ley N21.804, que introduce modificaciones modificaciones a la regulación de sistemas eléctricos eléctricos medianos, estableciendo nuevos criterios para la planificación, operación y expansión de estos sistemas.
Esta normativa normativa ajusta los procesos de inversión y desarrollo energético en zonas aisladas, incorporando exigencias de eficiencia y proyecciones de demanda, lo que puede ESTE AÑO COMIENZAN A REGIR VARIOS CAMBIOS REGULATORIOS QUE OBLIGARAN A LAS EMPRESAS DEL MUNDO DE LA LOGISTICA Y EL SUPPLY CHAIN A AJUSTAR PROCESOS, SISTEMAS Y CONTROLES INTERNOS. DESDE NUEVAS EXIGENCIAS EN FACTURACIÓN Y TRASLADO DE BIENES (RESOLUCIÓN 154) HASTA MAYORES ESTÁNDARES DE TRAZABILIDAD Y CUMPLIMIENTO, EL ÉNFASIS ESTÁ PUESTO EN LA INFORMACIÓN, LA FORMALIZACIÓN Y LA GESTIÓN DEL RIESGO. NORMATIVi3S QUE IMP, CTARAN LA LOGISTICA EN 2026. NORMATIVAS QUE IMPACTARÁN LA LOGÍSTICA EN 2026 incidir en proyectos industriales o logísticos logísticos ubicados fuera de los principales sistemas sistemas eléctricos. El 26 de abril comienza a regir la reducción reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales, en el marco de la implementación implementación gradual de la Ley N21.561. Esta reducción aplica a los contratos de trabajo trabajo vigentes, sin implicar disminución de remuneraciones. La normativa establece que la jornada ordinaria ordinaria debe ajustarse a este nuevo límite semanal, pudiendo distribuirse de común acuerdo entre empleador y trabajador dentro de los márgenes legales. Asimismo, Asimismo, mantiene la obligación de registro de asistencia mediante sistemas autorizados. autorizados.
Para las empresas, esto implica la adecuación adecuación de jornadas laborales, sistemas de turnos y registros de control de horas, así como la revisión de contratos y reglamentos reglamentos internos para dar cumplimiento a la nueva jornada máxima legal.
MAYO El 1 de mayo comienza la aplicación obligatoria de la Resolución Exenta N154 del Servicio de Impuestos Internos, Internos, que fija nuevos requisitos para las facturas electrónicas y guías de despacho que respalden el traslado de bienes afectos afectos a IVA.
La normativa establece que estos documentos documentos deberán incorporar información adicional obligatoria, incluyendo dirección dirección y comuna de origen y destino, identificación identificación del chofer (nombre y cédula), RUT del transportista, patente del vehículo vehículo y, cuando corresponda, del remolque, así como una descripción detallada de los bienes transportados. Asimismo, se exige indicar el tipo de traslado (venta, traslado traslado interno, devolución, consignación u otros), y emitir una guía por cada vehículo vehículo o trayecto, salvo casos debidamente justificados.
La resolución también establece que, en caso de modificaciones en la información originalmente registrada -como cambios de vehículo, ruta o transportistadeberá emitirse un nuevo documento tributario o anular el anterior, asegurando la trazabilidad trazabilidad del traslado.
En términos operativos, la implementación implementación implica la actualización de los formatos formatos de Documentos Tributarios Electrónicos Electrónicos (DTE), incorporando nuevos campos obligatorios y ajustes en los esquemas de validación, lo que requiere adecuaciones en sistemas de facturación, ERP y plataformas plataformas logísticas.
Adicionalmente, la normativa normativa contempla mecanismos de verificación verificación y registro, incluyendo la creación de un registro de guías de despacho disponible disponible para fiscalización y la obligación de mantener respaldo digital de la información información por un período determinado.
Estas disposiciones aplican a todas las operaciones de traslado de bienes corporales corporales muebles documentadas mediante guías de despacho o facturas, incluyendo incluyendo traslados entre sucursales, entregas a clientes y movimientos asociados a exportaciones exportaciones o devoluciones. JULIO El 14 de julio entra en vigencia el Reglamento Reglamento sanitario para la recolección, recepción y almacenamiento de residuos de productos prioritarios, en el marco de la Ley REP.
La normativa establece condiciones sanitarias sanitarias para las actividades de recolección, transporte, recepción, almacenamiento y pretratamiento de residuos, incluyendo exigencias sobre manejo de materiales, control de emisiones, condiciones de higiene, almacenamiento seguro y operación operación de instalaciones como puntos limpios limpios y centros de acopio. En materia de transporte, se fijan requisitos requisitos específicos para evitar la dispersión de residuos, controlar escurrimientos, reducir impactos como ruidos y olores, y asegurar la correcta disposición en instalaciones autorizadas. El reglamento contempla disposiciones transitorias para instalaciones existentes, otorgando plazos plazos para informar su funcionamiento y adecuarse a las nuevas exigencias sanitarias. sanitarias.
Asimismo, establece que estas actividades actividades deberán contar con autorización sanitaria cuando corresponda, quedando sujetas a fiscalización por parte de la autoridad autoridad competente r1rr El 1 de diciembre entra en vigencia la Ley N21.719 sobre protección y tratamiento tratamiento de datos personales, que establece establece nuevas obligaciones para el manejo de información y un régimen sancionatorio asociado, Con multas hasta 20.000 UTM y, para grandes empresas reincidentes. Para la logística, esto implica mayores exigencias en el tratamiento de datos de clientes, conductores y operaciones, incluyendo incluyendo geolocalización y seguimiento de entregas. NORMATIVAS INTERNACIONALES El entorno regulatorio internacional también también está experimentando cambios relevante, relevante, que las empresas chilenas -especialmente -especialmente aquellas vinculadas al comercio exterior, la logística y el e-commercedebieran debieran considerar durante 2026. Europa, Estados Unidos y Asia avanzan en distintas distintas líneas regulatorias, pero con un denominador denominador común: mayor exigencia en trazabilidad, trazabilidad, sostenibilidad y cumplimiento. En Europa, uno de los hitos más relevantes relevantes es la entrada en vigencia de la fase definitiva del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM), desde el 1 de enero de 2026. Este instrumento exige a los importadores reportar y, progresivamente, progresivamente, pagar por las emisiones de carbono incorporadas en ciertos productos, productos, como acero, aluminio o fertilizantes. Para empresas exportadoras o integradas en estas cadenas, esto implica mayores requerimientos de información sobre procesos productivos y huella de carbono. carbono..