Resolución exenta número 481, de 2025.- Califica de extrema relevancia y asigna directamente subsidio habitacional del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el decreto N° 27, de 2016, Capítulo uno, Proyectos para Equipamiento Comunitario, al proyecto que indica, de la comuna
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.361 Miércoles 28 de Enero de 2026 Página 1 de 3 Normas Particulares CVE 2759257 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Secretaría Regional Ministerial Región de Magallanes y Antártica Chilena CALIFICA DE EXTREMA RELEVANCIA Y ASIGNA DIRECTAMENTE SUBSIDIO HABITACIONAL DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N 27(V.
Y U. ), DE 2016, CAPÍTULO UNO, PROYECTOS PARA EL EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, AL PROYECTO QUE INDICA, DE LA COMUNA DE PUNTA ARENAS, REGIÓN DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA (Resolución) Núm. 481 exenta. - Punta Arenas, 4 de diciembre de 2025.
Vistos: a) El DSN 27(V. y U. ), de 2016, que aprueba el Reglamento del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios; b) La resolución exenta N 6.042 (V. y U. ), de fecha 14.05.2017, y sus modificaciones, que delega a los respectivos Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo las facultades que indica; c) La resolución exenta Nº 1.993 (V. y U. ), de fecha 27.12.2024, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2025, en el otorgamiento de subsidios habitacionales de los programas que indica; d) La Circular N 1 (V. y U. ), de fecha 13.01.2025, de la Sra.
Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, que distribuyen regionalmente el Programa Habitacional del año 2025; e) La resolución exenta 294 (V. y U. ), de fecha 03.03.2025 y sus modificaciones, que llama a Postulación Nacional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DSN 27 (V. y U. ), de 2016, a organizaciones comunitarias y juntas de vecinos, regidas por la ley N 19.418, fija condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y su distribución; f) El oficio electrónico N 1951, de fecha 29.10.2025, del Director (S) del Serviu Regional, que solicita Asignación Directa de subsidio, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios del Capítulo I, Proyectos de Equipamiento Comunitario, para el proyecto habitacional Junta de Vecinos N 30 “José Miguel Carrera”, por las razones que indica; g) Mi Ord.
N 757, de fecha 06.11.2025 que solicita complementar solicitud de Asignación Directa, realizada mediante el oficio electrónico N 1951, de fecha 29.10.2025, del Serviu Regional; h) El oficio electrónico N 2056, de fecha 19.11.2025, del Serviu Regional, que complementa el oficio electrónico N 1951, de fecha 29.10.2025; i) Correo electrónico de fecha 03.12.2025, de la Coordinadora de Control de Gestión del Departamento de Atención del Déficit Cualitativo, enviado en nombre de la Jefa de Departamento, autorizando la asignación directa de subsidio de 2.380 UF del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, para la Junta de Vecinos N 30 “José Miguel Carrera”; j) El DS N 397 (V. y U. ), de 1976, Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; k) El DS N 26, de fecha 10.05.2022, que me nombra Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, y Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2759257 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.361 Miércoles 28 de Enero de 2026 Página 2 de 3 Considerando: a) Que el Serviu Regional ha solicitado, mediante el oficio señalado en la letra f) de los Vistos, la asignación directa de subsidio del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo I, Proyectos de Equipamiento Comunitario, destinada a mejorar las condiciones de infraestructura de la sede de la Junta de Vecinos N 30 “José Miguel Carrera”, conforme a los antecedentes técnicos y sociales expuestos por dicho Servicio; b) Que según la información proporcionada mediante el oficio señalado en la letra h) de los vistos, la sede comunitaria posee una superficie aproximada de 36,30 m², insuficiente para atender las necesidades de la comunidad.
El Libro de Socios registra 100 integrantes activos, y las actividades desarrolladas habitualmente superan la capacidad física del recinto, el cual solo permite albergar entre 20 y 25 personas, generando condiciones de estrechez, dificultades de desplazamiento y riesgos frente a emergencias que necesitan evacuaciones; c) Que la sede es utilizada por adultos mayores, personas con movilidad reducida, familias de ingresos medios y bajos, niños, niñas y adolescentes, quienes participan entre otras actividades, en talleres de ajedrez, yoga, milonga, folclor infantil, cursos de cocina, reuniones comunitarias y variedad de operativos institucionales.
Asimismo, se realizan labores de apoyo y acompañamiento en trámites y gestiones digitales, particularmente relevantes para adultos mayores y vecinos con poca alfabetización tecnológica; d) Que el análisis efectuado por el Serviu Regional concluye la necesidad urgente de ampliar la infraestructura, constatándose limitaciones sustantivas en materia de accesibilidad universal, seguridad interior, almacenamiento, circulación y funcionalidad general.
Actualmente, uno de los baños debió destinarse a bodega, los pasillos impiden el tránsito de personas en silla de ruedas y el espacio disponible no permite el desarrollo adecuado de las actividades comunitarias ni institucionales; e) Que las condiciones climáticas extremas de la Región de Magallanes, caracterizadas por bajas temperaturas, fuertes vientos y períodos de lluvia o nieve, restringen la posibilidad de realizar actividades al aire libre durante gran parte del año, aumentando la demanda por espacios cerrados, calefaccionados y seguros.
Contar con un recinto adecuado contribuye a disminuir el aislamiento social, especialmente en personas mayores, y a fortalecer las redes de apoyo comunitario; f) Que el proyecto es coherente con los lineamientos estratégicos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, particularmente en materia de equidad territorial, fortalecimiento de equipamientos comunitarios, integración social y cohesión barrial, y se emplaza dentro de la Zona de Interés Público (ZIP); g) Que según informa el Serviu, el proyecto fue ingresado al llamado regulado por la resolución exenta N 294 (V. y U. ), de fecha 03.03.2025, obteniendo calificación técnica favorable, siendo rechazado únicamente por carecer del aporte adicional del 10% exigido por el Reglamento.
Las gestiones efectuadas por la organización patrocinante y la Junta de Vecinos ante la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas no permitieron obtener dicho financiamiento y dadas las características socioeconómicas del sector, la comunidad tampoco pudo reunir el monto requerido; h) Que considerando lo anterior, resulta necesario exceptuar los siguientes impedimentos reglamentarios del DS N 27 (V. y U. ), de 2016, con el fin de viabilizar la ejecución del proyecto: - Artículo 6, relativo a postulaciones sucesivas; - Artículo 7, relativo a postulaciones simultáneas; - Artículo 70, referido a la obligación de presentar aportes adicionales equivalentes al 10% del valor total del proyecto. i) Que se cumple con lo dispuesto en el resuelvo 7, letra a), de la resolución exenta N 6.042 (V. y U. ), de 2017, que delega en los Secretarios Regionales Ministeriales la facultad de otorgar asignaciones directas a proyectos calificados como de Extrema Relevancia, condición plenamente acreditada en este caso por su impacto social y territorial, y por atender necesidades urgentes de infraestructura comunitaria en una región con condiciones climáticas excepcionales; j) Que mediante correo electrónico de la Coordinadora de Control de Gestión del Departamento de Atención del Déficit Cualitativo, señalado en el visto i), se autoriza la asignación directa de subsidio de 2.380 UF del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, para la Junta de Vecinos N 30 “José Miguel Carrera”, y Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2759257 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.361 Miércoles 28 de Enero de 2026 Página 3 de 3 k) Que los recursos solicitados resultan indispensables para ejecutar la ampliación de la sede comunitaria, permitiendo mejorar la calidad de vida de la comunidad, fortalecer la participación ciudadana, garantizar accesibilidad universal, asegurar mejores condiciones de seguridad y funcionalidad, y comprometer oportunamente los recursos del Programa Habitacional correspondiente para el presente período, por lo que procedo a dictar la siguiente: Resolución: 1.
Califícase de extrema relevancia y asígnanse directamente subsidios habitacionales del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DSN 27 (V. y U. ), de 2016, Capítulo I: Proyectos para Equipamiento Comunitario, al proyecto de mejoramiento y ampliación de la sede de la Junta de Vecinos N 30 “José Miguel Carrera”, de la comuna de Punta Arenas, conforme a lo establecido en el inciso primero del artículo 26, del DS N 27 (V. y U. ) de 2016, y del resuelvo 7, letra a), de la resolución exenta N 6.042 (V. y U. ), de 2017, atendido su impacto comunitario, social y territorial, según el siguiente detalle: Monto Monto Monto Nombre N Entidad RUT Entidad RUT subsidio Asistencia Total UF Proyectos Patrocinante Patrocinante (UF) Técnica (UF) SUB + AT Sede Junta de Gestiones Vecinos N 30 1 74.999.000-7 Arquitectura 76.160.508-9 2000 380 2380 “José Miguel Magallanes Carrera” Monto total 2380 2.
Excepciónanse para este proyecto, en virtud de lo señalado en los considerandos y de la facultad delegada mediante la resolución exenta N 6.042 (V. y U. ), de 2017, los siguientes artículos del DSN 27 (V. y U. ) de 2016: - Del Art. N 6, relacionado a postulaciones sucesivas. - Del Art. N 7, referente a postulaciones simultáneas. - Del Art. N 70, referido a que en los proyectos regulados por el Capítulo I, los postulantes deberán presentar aportes adicionales por un monto mínimo equivalente al 10% del valor total de proyecto. 3.
Instrúyase al Serviu de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, para que proceda a realizar todas las actuaciones administrativas necesarias para la materialización del subsidio asignado mediante la presente resolución, dentro del marco normativo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios y el DSN 27 (V. y U. ), de 2016.4. La vigencia de los subsidios, en el marco de esta asignación directa, podrá tener una vigencia de hasta 24 meses. 5.
Impútese la cantidad de 2.380 Unidades de Fomento, a los recursos autorizados a la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DSN 27 (V. y U. ), 2016, del año 2025, que se destinarán al financiamiento de los subsidios y Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras. Anótese, comuníquese y archívese. - Por orden del Ministro de Vivienda y Urbanismo, Marco Antonio Uribe Saldivia, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Magallanes y de la Antártica Chilena. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2759257 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl