DAMAR GROUP SpA 76.534.321-6
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.939 Sábado 31 de Agosto de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2539725 EXTRACTO DARIO EMIGDIO CHACON VICENTELO, Abogado, Notario Público Iquique, Baquedano N702, certifico que, por escritura pública, otorgada hoy ante mí, comparecieron: doña DANIELA MARITZA FLORES MURILLO, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad y rol único tributario número diecisiete millones setecientos noventa y nueve mil ciento ochenta y siete guion dos, y doña MARITZA MERY MURILLO ALARCON, chilena, divorciada, empresaria, cédula de identidad y rol único tributario número catorce millones cuatrocientos noventa mil novecientos cincuenta y cuatro mil guion dos, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Francisco Bilbao número tres mil ochocientos diecisiete de la comuna de Iquique; las comparecientes mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con las cédulas referidas, suscribieron una escritura de venta de acciones y transformación social con las siguientes consideraciones: INVIDIVIDUALIZACIÓN DE LA EMPRESA: a) Constitución: Por escritura pública de fecha diecinueve de noviembre del año dos mil quince, otorgada ante el Notario público de Iquique, don Néstor Araya Blazina, y anotada bajo el repertorio número siete mil quinientos veintisiete de mismo año, doña DANIELA MARITZA FLORES MURILLO ya individualizada en la comparecencia, constituyó la sociedad por acciones denominada DAMAR GROUP SPA, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial, con fecha cuatro de diciembre del año dos mi quince, en su edición número cuarenta y un mil trescientos veinticuatro, y se inscribió a fojas dos mil treinta y uno vuelta, número mil quinientos sesenta y siete en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año dos mil quince.
Siendo su rol único tributario el número setenta y seis millones quinientos treinta y cuatro mil trescientos veintiuno guion seis, y cuyo capital es la suma de un diez millones de pesos, dividido en diez mil acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que doña DANIELA MARITZA FLORES MURILLO, suscribió y pagó en el acto de constitución mediante el ingreso de esa suma en la caja social. - VENTA DE ACCIONES: a) Que por este acto e instrumento, doña DANIELA MARITZA FLORES MURILLO, en su calidad de accionista y vendedora, vende, cede y transfiere a doña MARITZA MERY MURILLO ALARCON, la cantidad de cuatro mil acciones acciones, nominativas, ordinarias, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, representativas del cuarenta por ciento de las acciones totales, quien en su calidad de compradora, las compra, acepta y adquiere para sí. - b) El precio de la venta es la suma de cuatro millones de pesos, los que doña MARITZA MERY MURILLO ALARCON, paga en este acto en dinero en efectivo al contado a entera conformidad de la parte vendedora, otorgándose recíprocamente mutuo y completo finiquito. - c) Las partes declaran que el precio ha quedado entregado a la autonomía de la voluntad y que ambas lo consideran justo.
Por lo anterior, declaran que se encuentra totalmente cumplida la obligación de pagar el precio. - d) Las acciones se transfieren al Comprador libre de gravámenes, prendas, usufructos, embargos, medidas precautorias, litigios, prohibiciones, deudas, derechos de terceros, pactos de accionistas, condiciones resolutorias y de cualquier otro derecho real distinto al del dominio, debiendo el Vendedor responder del saneamiento de la evicción de conformidad a las reglas generales. - e) La compradora declara que conoce la normativa legal que regula las sociedades por acciones.
Declara además que conocer el estatuto de la sociedad y las protecciones que en ellos puedan o no existir respecto del interés de los accionistas. - En virtud de la enajenación pactada en la cláusula precedente, quedan como actuales socios y accionistas de la presente sociedad doña DANIELA MARITZA FLORES MURILLO, en su calidad de dueña de seis mil acciones, representativas del sesenta por ciento del capital social, y doña MARITZA MERY MURILLO ALARCON en su calidad de dueña de cuatro mil acciones, representativas del cuarenta por ciento del capital social. - TRANSFORMACIÓN SOCIAL.
Por este acto, de conformidad a lo establecido en el artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, y compareciendo en esta escritura pública la totalidad de los accionistas, los comparecientes vienen en transformar la sociedad DAMAR GROUP SPA, previamente singularizada, en una sociedad comercial de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2539725 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.939 Sábado 31 de Agosto de 2024 Página 2 de 2 responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, teniendo, además, presentes las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato, así como por las siguientes estipulaciones: La razón social de la sociedad será DAMAR GROUP LIMITADA, pudiendo actuar ante cualquier persona natural o jurídica, órgano público o privado, incluidos bancos o instituciones de cualquier naturaleza que gocen o no de personalidad jurídica con el nombre de fantasía de DAMAR GROUP LTDA. - El objeto de la sociedad será: La compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, reexpedición, comisión, consignación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes, productos y mercaderías; la compra y venta, la reserva, la comisión de pasajes terrestres, marítimos y aéreos, nacionales e internacionales; la representación o intermediación, consignaciones, compraventa y reserva de todo derecho o servicio relacionado con viajes, excursiones, hotelería y turismo, individuales y colectivos, en cualquier parte del mundo; y cualquier otro acto o negocio que derive de las anteriores, los complemente o sea consecuencia de los mismos. - El domicilio de la sociedad estará ubicado en la Comuna de Iquique, Región de Tarapacá, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. - El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, que se suscriben y aportan de la siguiente manera: I. - La socia DANIELA MARITZA FLORES MURILLO, aporta, en propiedad en dinero efectivo la suma de seis millones de pesos, los cuales ingresan a caja social.
El aporte señalado representa y corresponde al sesenta por ciento del capital social. - II. - La socia MARITZA MERY MURILLO ALARCON, aporta, en propiedad en dinero efectivo la suma de cuatro millones de pesos, los cuales ingresan a caja social.
El aporte señalado representa y corresponde al cuarenta por ciento del capital social. - La administración, uso de la razón social y representación legal de la sociedad, con las más amplias atribuciones corresponderá, indistintamente de manera separada o conjunta, a los socios MARITZA MERY MURILLO ALARCON y/o DANIELA MARITZA FLORES MURILLO, quienes actuando en su representación, y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las facultades que se indican. - Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de los aportes efectuados por cada uno de ellos. - La sociedad empezará a regir desde la fecha de suscripción de esta escritura y tendrá una duración de cinco años, plazo renovable automáticamente por iguales períodos, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de retiro de la sociedad al final del período que estuviere en curso mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos de noventa días previos al término del período en curso, determinación que deberá notificarse en forma judicial personal, personal por avisos o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil si procediere a los otros socios. - En lo no modificado por el presente instrumento, quedan vigentes todas las cláusulas del pacto social original y de las modificaciones señaladas en el presente instrumento. - DAMAR GROUP SPA a DAMAR GROUP LTDA, Rut: 76.534.321-6; Capital $10.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique 13 de agosto del año 2024. Doy Fe. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2539725 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl