Resolución exenta número 595, de 2024.- Prohíbe circulación de vehículos motorizados en tramo de la vía que indica, de la comuna de Chañaral
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.005 Viernes 22 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2573256 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE LA VÍA QUE INDICA, DE LA COMUNA DE CHAÑARAL, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) Núm. 595 exenta. - Copiapó, 13 de noviembre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en la ley N 18.059 ; los artículos 107 y 113 del DFL N 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones N 39 de 1992 y N 59 de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la solicitud de prohibición de circulación de vehículos, de fecha 5 de noviembre de 2024, y antecedentes presentados por la sociedad de “Servicios de Rehabilitación Industrial CIPP Chile S.A. ”; en la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, a través de formulario de solicitud de Prohibición de Circulación Vehicular de fecha 5 de noviembre de 2024, don Roberto Irribarra Cona, en representación de la sociedad de “Servicios de Rehabilitación Industrial CIPP Chile S.A.
”, RUT: 76.602.810-1, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución de “Obras de Rehabilitación de los Colectores de Aguas Servidas de la comuna de Chañaral”, la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, a media calzada oriente, en sentido unidireccional de norte - sur, desde el día 18 de noviembre de 2024 hasta el día 22 de noviembre de 2024, en horario desde las 08:30 hrs. hasta 18:00 hrs., en calle Arturo Prat, entre calle Angamos y calle Zulueta, de la comuna de Chañaral. 2.
Que, el solicitante funda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes: a) Carta ATA N 65/2024, de 11 de marzo de 2024, del Gerente Regional de Nueva Atacama S.A. b) Informe para permiso de rotura de pavimento N 527/2024 del Serviu Atacama. c) Plan de Señalización. 3.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero. 4.
Que, el DFL N 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N 107 y N 113 inciso primero, respectivamente, que: “Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente. ” “El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2573256 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.005 Viernes 22 de Noviembre de 2024 Página 2 de 2 Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda. ” 5.
Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, hasta el día 22 de noviembre de 2024, en horario desde las 08:30 hrs. hasta 18:00 hrs., en calle Arturo Prat, a media calzada oriente, en sentido unidireccional de norte - sur, entre calle Angamos y calle Zulueta, de la comuna de Chañaral. 2. En el tramo señalado, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo. 3.
El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación la señalada en el Resuelvo Nº 1, deberán adoptar las medidas alternativas presentes para el tránsito por el sector, mientras que los servicios de transporte público de pasajeros no serán afectados con la medida. 4.
El responsable a cargo de las obras deberá respetar estrictamente el periodo de cierre de la calle en el tramo indicado en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía”, Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2007, citado en visto. 6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Carla Orrego Esquivel, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Atacama. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2573256 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl