Resolución exenta número CP 24.224, de 2025.- Actualización Arsenal Farmacológico para Establecimientos de Atención Primaria de Salud del Servicio de Salud Araucanía Norte
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.378 Martes 17 de Febrero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2766325 MINISTERIO DE SALUD Secretaría Regional Ministerial Región de la Araucanía ACTUALIZACIÓN ARSENAL FARMACOLÓGICO PARA ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD DEL SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA NORTE (Resolución) Núm. CP 24.224 exenta. - Temuco, 24 de noviembre de 2025. Visto: 1. Ordinario Nº 1262 del 07.2025, de D. Angélica Sanhueza González, Directora (s) del Servicio de Salud Araucanía Norte, dirigido al Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de la Araucanía. 2. Nómina de medicamentos incluidos en el Arsenal Farmacológico para la Atención Primaria de Salud del Servicio de Salud Araucanía 3. Nómina de medicamentos incluidos en el Arsenal Farmacológico para la Atención Primaria de Salud del Servicio de Salud Araucanía Norte. 4. Ordinario C211/Nº 801 de 20.04.2006, del Ministerio de Salud. Considerando: 1. La necesidad de actualizar el Arsenal Farmacológico Básico que deben estar disponibles para las atenciones de salud que se otorgan en los Establecimientos de Atención Primaria de Salud. 2.
Que, a través de Ordinario C211/Nº 801 de 20.04.2006, se instó a los Servicios de Salud del país a implementar los mecanismos necesarios que permitan la actualización de los Arsenales Fármaco Terapéuticos de todos los establecimientos de salud de la red asistencial. 3.
Que, por documento de Vistos Nº 1, se solicita al Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía, se apruebe el Arsenal Farmacológico para los Establecimientos de Atención Primaria de Salud dependientes del Servicio de Salud Araucanía Norte y que estará vigente para el periodo 2025-2027.4. Lo establecido en el Nº 121 del Código Sanitario y el Art. Nº 2 del DS 466/84, Reglamento de Farmacias, Droguerías, Almacenes Farmacéuticos, Botiquines y Depósitos Autorizados. Teniendo presente: 1. Código Sanitario. 2. DFL Nº 1/2006 que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DL Nº 2763/79 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.3. DS Nº 136/05 Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud. 4. Resolución exenta CP Nº 10.719 /2021 que reestructura los Sub-Deptos. en el Departamento de Acción Sanitaria de la Seremi de Salud Región de la Araucanía. 5. Resolución exenta Nº D 9-01850 del 07.04.2022 que designa a D. Loreto Uribe Boisier como Jefa del Depto. de Acción Sanitaria. 6.
Resolución exenta Nº 2.372/2023, establézcase un nuevo orden de subrogancia, en caso de ausencia de la titular para el cargo de Jefatura del Departamento de Acción Sanitaria de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de la Araucanía. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2766325 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Resolución exenta Nº J-281, de fecha 5 de agosto de 2025, de la Seremi de Salud de la Araucanía, que delega en la(el) Jefa(e) del Departamento de Acción Sanitaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de la Araucanía y en su ausencia en su subrogante, la facultad de firmar por orden del Secretario Regional Ministerial de Salud los documentos relativos a las materias que allí se indican. 8. Decreto afecto Nº 32, de fecha 18 de marzo de 2022 del Minsal, que designa a D. Ricardo Andrés Cuyul Soto, en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud Región de la Araucanía. 9. Resolución Nº 36/2024 de la Contraloría General de la República; dicto la siguiente Resolución: 1.
Apruébase el Arsenal Farmacológico para los establecimientos de Atención Primaria de Salud de la jurisdicción del “Servicio de Salud Araucanía Norte”, documento que consta de diecinueve (19) páginas y se entiende formar parte de la presente resolución, el que estará vigente para el periodo 2025-2027.2. Déjase establecido que la vigencia del presente Arsenal Farmacológico es de dos (2) años, contados desde la fecha de la presente resolución. 3.
Déjase establecido que el Comité de Farmacia y Terapéutica de la Red Asistencial de la Dirección del Servicio de Salud de la Araucanía Norte, deberá efectuar una revisión y actualización del Arsenal Farmacológico cada dos años. 4. Déjase establecido que cualquier modificación del presente Arsenal Farmacológico, deben ser informado a esta Secretaría Regional Ministerial de Salud de La Araucanía en forma oportuna. 5.
Notifíquese la presente Resolución al interesado a través de los funcionarios del Sub-Depto. de Profesiones Médicas, Paramédicas y Farmacia de la Seremi de Salud de La Araucanía, dejando constancia al respaldo de la copia resolutiva del día, lugar y hora que se practique la diligencia. Anótese, comuníquese y notifíquese. - Por orden de la (o del) Seremi. - Loreto Irene Uribe Boisier, Jefa Departamento de Acción Sanitaria, Ministerio de Salud. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2766325 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl