MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CVE 2785418 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.416 Jueves 2 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2785418 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Subsecretaría de Relaciones Exteriores PROMULGA LA REVISIÓN SUSTANTIVA 1 QUE ENMIENDA EL ACUERDO CON LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA (FAO) RELATIVO AL PROYECTO: "CONTRIBUCIÓN AL MEJORAMIENTO DE LA POLÍTICA Y PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR EN CHILE" ESCOLAR EN CHILE" Núm. 198. Santiago, 28 de noviembre de 2025. Núm. 198. Santiago, 28 de noviembre de 2025. Vistos: Vistos: Los Artículos 32, N 15, y 54, N 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República; la ley N 18.158 y la ley N 10.336. República; la ley N 18.158 y la ley N 10.336.
Considerando: Considerando: Que con fechas 30 de julio y 1 de agosto de 2025, se suscribió, en Santiago, entre el Gobierno de la República de Chile y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la Revisión Sustantiva 1 que enmienda el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), relativa al Proyecto: "Contribución al Mejoramiento de la Política y Programa de Alimentación Escolar en Chile" firmado el 10 y 22 de noviembre de 2023, promulgado a través del decreto N 193, del 14 de diciembre de 2023 y publicado en el Diario Oficial en esa misma fecha.
Que dicha Revisión Sustantiva fue adoptada en el marco de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados y su Anexo II referido a la FAO, publicada en el Diario Oficial de 12 de noviembre de 1951; del Convenio con la FAO para regular las condiciones de funcionamiento en Chile de la Sede de esta Organización, publicado en el Diario Oficial de 3 de febrero de 1955; la Declaración Complementaria a Convenios entre el Gobierno de Chile y la FAO, publicada en el Diario Oficial de 21 de enero de 1959; y, el Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y sus Agencias Especializadas, publicado en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960. Especializadas, publicado en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960.
Decreto: Decreto: Artículo primero: Promúlgase la Revisión Sustantiva 1 que enmienda el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), relativa al Proyecto: "Contribución al Mejoramiento de la Política y Programa de Alimentación Escolar en Chile"; suscrita en Santiago, con fechas 30 de julio y 1 de agosto de 2025, el cual entró en vigor para la República de Chile el 1 de agosto de 2025; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N 18.158.2025; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N 18.158.
Artículo segundo: Déjase establecido que los gastos que Irrogue el cumplimiento de la Modificación Sustantiva 1 al Proyecto referido en el presente Acuerdo serán de cargo de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas la cual dictará el acto administrativo respectivo, de.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.416 Jueves 2 de Abril de 2026 Página 2 de 2 CVE 2785418 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl conformidad a lo dispuesto en el Inciso primero del artículo 56 de la ley N 10.336, si correspondiere. correspondiere. Anótese, tómese razón, publíquese y archívese. GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República de Chile. Albert van Klaveren Stork, Ministro de Relaciones Exteriores. Nicolás Cataldo Astorga, Ministro de Educación. Lo que transcribo a Us. para su conocimiento. Claudia Rojo, Directora General Administrativa. Administrativa..