JOSE Y JOSE SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.988 Sábado 2 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2565305 EXTRACTO RENE A.
MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí, JOSE LUIS GONZALEZ CIFUENTES, domiciliado en Ranchillo Parcela Diez, sin número, de la Comuna de María Pinto, Región Metropolitana, y JOSE LUIS SOTO VALDIVIA, domiciliado en calle Rivadavia 9305, de la comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana de paso en esta ciudad, constituyen Sociedad por Acciones. - RAZON SOCIAL:- “JOSE Y JOSE SpA”. DOMICILIO:- Ciudad y comuna de Melipilla, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero.
OBJETO:- Entre otras, el arrendamiento, compra y venta y en general adquisición, subdivisión y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos.
Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. DURACION:-Indefinida.
CAPITAL:- $30.000.000, dividido y representado en 300 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, todas las cuales son suscritas en este acto por todos los accionistas de la siguiente forma: a) don JOSE LUIS GONZALEZ CIFUENTES, suscribe en este acto 150 acciones, equivalente al 100% de las acciones suscritas, en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a razón de $100.000 por cada acción, lo que en total asciende a la suma de $15.000.000, los que se enteran en este acto en arcas sociales, representando el cincuenta por ciento de las acciones totales emitidas; b) don JOSE LUIS SOTO VALDIVIA, suscribe en este acto 150 acciones, equivalente al 100% de las acciones suscritas, en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a razón de $100.000 por cada acción, lo que en total asciende a la suma de $15.000.000, los que se enteran en este acto en arcas sociales, mediante aporte y valorización del treinta y tres por ciento de los derechos, equivalentes al ocho coma sesenta y un mil cuatrocientos sesenta y cinco por ciento, que don José Luis González Cifuentes posee sobre el inmueble inscrito a fojas setecientos cuarenta y ocho, número mil trescientos sesenta y ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla del año dos mil dieciséis, transferidos a don José Luis Soto Valdivia, mediante escritura pública de fecha cuatro de marzo del año dos mil diecinueve Repertorio número seis mil doscientos siete del año dos mil diecinueve, ante Notario Público Felix Jara Cadot., derechos pendientes de inscripción en el respectivo Conservador, representando así el cincuenta por ciento de las acciones totales emitidas, quedando por tanto y en definitiva, el cien por ciento de las acciones sociales emitidas suscritas y pagadas. - ADMINISTRACIÓN. - La Sociedad será administrada por un Gerente General, designado por acuerdo de los accionistas con derecho a voto.
Para estos efectos, no será necesaria la celebración de Junta de Accionistas para efectos de la designación o revocación del Gerente General en caso que tal designación o revocación conste por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad.
Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública.
Por este acto, y con efecto a contar de la fecha de la presente escritura pública, los accionistas acuerdan que la designación de un Gerente General de la Sociedad, se hará en un acto posterior a la presente escritura, mediante Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2565305 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.988 Sábado 2 de Noviembre de 2024 Página 2 de 2 acuerdo de ambos socios con tal finalidad, el cual para efectos de su cometido estará dotados de todas y cada una de las facultades indicadas en los artículos Décimo Cuarto y Décimo Quinto de los estatutos sociales, esto es, el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y también las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y en particular; y sin que se entienda limitación alguna a las facultades y atribuciones amplias del Gerente General, éste tendrá las facultades especiales indicadas en el artículo Décimo Quinto de los estatutos sociales, las que, a mayor abundamiento, se dan por íntegramente reproducidas para estos efectos. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Melipilla, 08/10/2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2565305 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl