Extractos: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO
Extractos: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO Servicio de Tuniuncion Ambiental SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: "Modificación Proyecto Minero QB2: Transporte terrestre de concentrados en las regiones de Tarapacá y Antofagasta, mejora de la infraestructura y optimización de la operación" (Extracto) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del D.S.
Nº 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante Resolución Exenta Nº 2026990019, de fecha 06 de marzo de 2026 del Servicio de Evaluación Ambiental, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto "Modificación Proyecto Minero QB2: Transporte terrestre de concentrados en las regiones de Tarapacá y Antofagasta, mejora de la infraestructura y optimización de la operación", cuyo titular es Compañía Minera Teck Quebrada Blanca S.A.
Que, conforme a la descripción y naturaleza del Proyecto "Modificación Proyecto Minero QB2: Transporte terrestre de concentrados en las regiones de Tarapacá y Antofagasta, mejora de la infraestructura y optimización de la operación", es pertinente señalar que consiste en la modificación del proyecto minero "Quebrada Blanca Fase 2" (Proyecto QB2), las cuales consisten en la incorporación de transporte terrestre de concentrado de cobre desde el Área Puerto y la ampliación y nuevos destinos para el transporte de concentrado de Molibdeno; optimización de la operación Mina, la cual implica el aumento de la superficie del rajo, de la tasa de extracción de mineral y estéril y actualización del sistema de desagüe del rajo; adecuación de infraestructuras auxiliares y otras modificaciones tales como ampliación extracción de material de empréstito de la Cantera 5, nuevo relleno sanitario en el área mina, ampliación en altura de la zanja de residuos industriales no peligrosos, ampliación en altura del depósito de residuos de la construcción, modificación de la estación de combustible en área mina, mantención de la capacidad de la fase de construcción de los campamentos Tambo-Tarapacá y Concentradora. Las partes y obras del Proyecto se localizan en la Región de Tarapacá, provincia de Iquique y el Tamarugal, comunas de Iquique, Alto Hospicio, Pozo Almonte y Pica. Asimismo, contempla actividades en la Región de Antofagasta, provincias de Tocopilla, El Loa y Antofagasta, involucrando las comunas de María Elena, Calama, Sierra Gorda, Antofagasta y Mejillones.
Que, esta Dirección Ejecutiva estima que se genera carga ambiental pues pertenece al tipo de proyectos que generan beneficios sociales a la vez que ocasionan externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación, de acuerdo con lo establecido en el inciso 6 del artículo 30 bis de la ley 19.300.
En virtud de lo anterior y conforme al artículo 30 bis de la Ley 19.300 ; y los artículos 94 y 95 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cualquier persona natural o jurídica podrá presentar observaciones al Proyecto y tendrá un plazo legal de 20 días hábiles para efectuarlas por escrito ante el SEA, contados a partir de la fecha de la presente publicación. El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en: · Dirección Ejecutiva del SEA, Huérfanos 670, piso 16, Santiago. · Sitio web www.sea.gob.cl Valentina Durán Medina Directora Ejecutiva Servicio de Evaluación Ambiental.