Resolución exenta número 30.718, de 2024.- Modifica resolución exenta que delega facultades en funcionarios que indica
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.935 Martes 27 de Agosto de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2536427 MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Servicio Nacional de Migraciones / Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA QUE DELEGA FACULTADES EN FUNCIONARIOS QUE INDICA (Resolución) Núm. 30.718 exenta. - Santiago, 20 de agosto de 2024.
Vistos: El decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653 de fecha 17 de noviembre de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Ley Nº 21.325 de 2021, Ley de Migración y Extranjería; decreto Nº 296 de 2022, que Aprueba Reglamento de la ley Nº 21.325 ; decreto supremo Nº 151 de fecha 1 de abril de 2022, que nombra Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones; y la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1.
Que, la Ley Nº 21.325 de Migración y Extranjería, publicada el 20 abril de 2021, establece las normas en materia de migración y extranjería, regulando el ingreso de extranjeros, su residencia, sanciones y egreso, así como el ejercicio de los derechos y deberes de la población migrante, estableciendo una nueva institucionalidad, mediante la creación del Servicio Nacional de Migraciones, norma que entró en vigencia con fecha 12 de febrero de 2022, con la publicación en el Diario Oficial del decreto Nº 296, de fecha 30 de noviembre de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 21.325, de Migración y Extranjería. 2.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 156 inciso primero de la Ley Nº 21.325, de Migración y Extranjería, el Servicio Nacional de Migraciones es un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República por intermedio del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. 3.
Por su parte, el artículo 157 inciso final dispone que el Director Nacional del Servicio podrá delegar atribuciones o facultades específicas en funcionarios del Servicio para el cumplimiento de las funciones que le encomienda la ley. 4.
Que mediante resolución exenta Nº 20.721, de fecha 4 de junio de 2024, el Director del Servicio Nacional de Migraciones modificó la resolución exenta Nº 6.811, de fecha 21 de febrero de 2024, que delega facultades en funcionarios del Servicio. 5.
Que, con la finalidad de dar una tramitación ágil y expedita a los requerimientos del Servicio Nacional de Migraciones, velando por el efectivo cumplimiento de los principios de eficiencia y celeridad que deben inspirar la actuación de todos los órganos de la Administración del Estado.
Resuelvo: 1º Modifícase el numeral 1º de la parte resolutiva de la resolución exenta Nº 20.721, de fecha 4 de junio de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, en el siguiente tenor: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2536427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Esta facultad podrá ejercerse separada e indistintamente por los funcionarios que se desempeñen en los cargos individualizados, además de quienes subroguen a las precitadas jefaturas en caso de ausencia temporal. 2º Modifícase el numeral 2º de la parte resolutiva de la resolución exenta Nº 20.721, de fecha 4 de junio de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, en el siguiente tenor: 2º Delégase en la Jefatura del Departamento de Residencias Definitivas, en la Jefatura de la Unidad de Solicitudes de Residencia Definitiva y en la Jefatura de Casos Judiciales y Rectificaciones, de este mismo Departamento, la facultad de otorgar el permiso de residencia definitiva; rechazar la solicitud de residencia definitiva con el otorgamiento de una residencia temporal en subsidio, y ratificar dicha resolución, modificar aspectos formales de los actos administrativos señalados, aclarar los puntos obscuros o dudosos o rectificar los errores de copia, de referencia de cálculos numéricos, y en general los puramente materiales o de hecho que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo y dictar los actos administrativos necesarios para la prosecución y conclusión del procedimiento administrativo o declarar su abandono, certificar, notificar y comunicar el estado de tramitación de la solicitud de residencia definitiva.
Esta facultad podrá ejercerse separada e indistintamente por los funcionarios que se desempeñen en los cargos individualizados, además de quienes subroguen a las precitadas jefaturas en caso de ausencia temporal. 3º Manténgase vigente en todo lo no modificado, la resolución exenta Nº 20.721, de fecha 4 de junio de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones. 4º Por razones de buen servicio, la vigencia de este acto administrativo regirá a contar de esta fecha, sin esperar su total tramitación. Anótese, comuníquese, publíquese y archívese. - Luis Eduardo Thayer Correa, Director Nacional, Servicio Nacional de Migraciones. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Atentamente, Graciela Cabellos Huarcaya, Directora Dirección Jurídica Servicio Nacional de Migraciones. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2536427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl