SALA CUNA CASCANUECES LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.882 Sábado 22 de Junio de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2509202 EXTRACTO LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 01/10/2020, Repertorio 15280 2020, ante mi, doña CAROLINA ANDREA JIMÉNEZ GONZÁLEZ, chilena, soltera, terapeuta, cédula de identidad número quince millones ochocientos cuarenta mil setecientos diecisiete guion cinco, domiciliada en Ruta F treinta E número doce, comuna de Puchuncaví, Quinta Región, doña SUSANA VERÓNICA GONZÁLEZ DAZA, chilena, divorciada, profesora básica, cédula de identidad número nueve millones ciento cuarenta y tres mil quinientos sesenta y cinco guion nueve y don FLAVIO ENRIQUE JAIME ROJAS CANALES, chileno, casado con separación de bienes, independiente, cédula de identidad número diez millones setenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y dos guion dos, ambos domiciliados en avenida José Pedro Alessandri número seiscientos cincuenta casa C, comuna de Ñuñoa, modificaron la sociedad SALA CUNA CASCANUECES LIMITADA, rol único tributario setenta y ocho millones novecientos veintinueve mil cuarenta guion siete y cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas treinta y un mil trescientos número veinticuatro mil trescientos setenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y rectificado según inscripción de fojas veintiocho mil ochocientos cinco número veintidós mil trescientos veintisiete del Registro de Comercio de Santiago, ambos del año mil novecientos noventa y seis, de la siguiente manera: doña CAROLINA ANDREA JIMÉNEZ GONZÁLEZ, vendió, cedió y transfierió la totalidad de los derechos que le correspondían en la presente sociedad equivalentes al diez porciento del capital social, de la siguiente forma: vendió, cedió y tranfirió el noventa por ciento de esos derechos que le correspondían en la presente sociedad a su socia doña SUSANA VERÓNICA GONZÁLEZ DAZA, y vendió, cedió y transfirió el diez por ciento restante de esos derechos que le correspondían en la presente sociedad a don FLAVIO ENRIQUE JAIME ROJAS CANALES.
El precio de la cesión y venta fue de cuatro millones de pesos, pagaderos en ocho cuotas iguales nominales y sucesivas de quinientos mil pesos, siendo la primera cuota pagadera al trigésimo día contado desde que se autorice por resolución administrativa en reinicio de la actividad escolar en la Región Metropolitana o desde el acto administrativo que establezca la posibilidad de reinicio de clases escolares presenciales a nivel preescolar jardín infantil y/o salacuna en la Región Metropolitana o en la comuna de funcionamiento del establecimiento educacional Sala Cuna y Jardín Infantil Cascanueces, en el contexto de la contingencia COVID diecinueve.
El pago se realizó mediante la entrega de ocho cheques emitidos por doña SUSANA VERÓNICA GONZÁLEZ DAZA a nombre de doña CAROLINA ANDREA JIMÉNEZ GONZÁLEZ, los cuales quedan en custodia de esta misma notaría junto a instrucciones notariales para el efecto.
Por último se establece que quedan por tanto como únicos socios de la SOCIEDAD SALA CUNA CASCANUECES LIMITADA: doña SUSANA VERÓNICA GONZÁLEZ DAZA con el noventa y nueve por ciento del capital de la presente sociedad, y don FLAVIO ENRIQUE JAIME ROJAS CANALES con el uno porciento del capital de la presente sociedad. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. PAM. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2509202 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl