Autor: Pablo Martinez Tizka cronica@estrellaconce.cl
Caso Cristóbal: Analizan el antecedente "Tokyo Manji"
Caso Cristóbal: Analizan el antecedente "Tokyo Manji" A tes en el caso de Crisóbal Miranda, joven que murió tras ser víctima de una golpiza durante una fiesta de Año Nuevo, se refirieron a uno de los antecedentes que se entregó en la audiencia realizada en el Juzgado de Garantía de Talcahuano, en el que los acusados Luciano Gutiérrez y Agustín Saavedra quedaron bajo la cautelar de prisión preventiva.
Durante la exposición de antecedentes por parte del fiscal Juan Yáñez y el abogado de los padres de Cristóbal, Remberto Valdés, indicaron que los imputados formaron parte de un grupo de Instagram privado, llamado Tokyo Manji, en el que, junto con otras personas, habrían planificado el ataque hacia Cristóbal Miranda y su hermano.
En tanto, la defensa marcó que el nombre del grupo no es un antecedente relevante respecto del hecho que se investiga y que no se estaría frente a un homicidio calificado. ¿QUÉ ES TOKYO MANJI? El periodista Nicolás Contreras, seguidor del animé, explicó que "Tokyo Manji es una pandilla que forma parte del animé Tokyo Revengers. El protagonista se llama Takemichi, quien se enteró que su exnovia murió a manos de la pandilla Tokyo Manji. A partir de ahí, decide viajar al pasado para evitar la muerte de su ex.
Ahí termina entrando a la pandilla y se da cuenta que al principio ellos no eran malos como él pensaba, sino que fueron corrompidos y también trata de cambiar eso". Además, indicó que "la Tokyo Manji era una pandilla pero nunca peleaban bogados participanABOGADO DE LA FAMILIA El abogado de los padres de Cristóbal Miranda, Remberto Valdés, señaló sobre este grupo y del animé que "junto con el fiscal Yáñez aportamos el antecedente de lo que es este animé.
Se trata de un grupo de carácter violento y que tiene un ánimo delincuencial, lo que hace que cuelguen comentarios sobre la calidad de las personas que lo integran y que ven con admiración a este grupo colectivo". Valdés explicó que "tal como dijo el fiscal, en ese grupo estaban claramente las expresiones que prometían dejar en estado vegetal a los hermanos y realizar delitos en su contra. Usaron la expresión de "pitearse a los (hermanos)" y que iban a ser 16 contra dos.
A nosotros nos parece que estos son elementos que deben tomarse en consideración respecto a que hubo un previo concierto para varios contra solo uno, sino que era la pandilla contra grupos grandes". atacar a los hermanos y privar de su vida a Cristóbal". Por último, el abogado manifestó sobre la investigación que "esperamos que se descubra al resto de la jauría que causó la muerte de Cristóbal y que todos ellos sean imputados y que, según los casos, estén bajo la misma cautela de las personas que ya están presas y que sean todos condenados a presidio perpetuo como homicidas calificados". DEFENSA Andrés Cruz, abogado defensor de Agustín Saavedra, señaló sobre el nombre del grupo de Instagram y una posible influencia del animé que "sería lo mismo que decir que alguien que usa la polera de Iron Maiden puede ser un satánico". Argumento que "estas expresiones culturales pueden ser criticables, cuestionables, denominaciones poco afortunadas, pero en ningún caso determina que vamos a juzgar a las personas por eso". Agregó que "estamos ante una tragedia enorme y este tipo de manifestaciones no pueden servir de base para hacer un tipo de sensacionalismo por las denominaciones o el lenguaje que utilicen los jóvenes". Por último, dijo que "ya es grave que un joven haya muerto en circunstancias que se expusieron, pero pretender imputarle un homicidio calificado a través de lo que se suponía un acuerdo en una comunicación por Instagram, es un exceso, sin perjuicio de responsabilidades efectivas en el caso en concreto". Marcó que "en el caso en concreto, de acuerdo con los informes del OS9, quienes habrían golpeado en el suelo serían sujetos de negro y mi representado estaba con camisa blanca". NEUROCIENCIA Cristian Neira, académico de la Facultad de Comunicación, Historia y Ciencias Sociales de la UCSC y magister en Neurociencia y Biología Celular, señaló que hay que diferenciar los procesos normativos de construcción de identidad con las conductas no normativas. "La apropiación de símbolos, nombres o narrativas provenientes de productos culturales (como un anime) es un fenómeno habitual y no constituye, por sí mismo, un indicador de riesgo ni un factor causal de violencia". No obstante, marcó que "en determinados contextos grupales, estos símbolos culturales pueden adquirir una función específica, actuando como marcos simbólicos que refuerzan la cohesión interna y otorgan sentido, coherencia o legitimidad a conductas que ya se encuentran presentes.
Cuando la violencia comienza a ser normalizada dentro del grupo, la adopción de una narrativa compartida puede facilitar su justificación interna, reducir el cuestionamiento individual y reforzar la validación mutua, haciendo que la conducta violenta sea percibida como parte de una identidad colectiva más que como una decisión individual". En este sentido, dijo que "los referentes culturales no generan la violencia, pero pueden contribuir a su refuerzo simbólico y a la disminución de los frenos morales individuales". Por último, marcó que "lo que no forma parte del desarrollo normativo es la planificación de actos violentos, la instrumentalización del grupo para ejercer daño y la transgresión grave de normas sociales y legales.
En estos casos, la identidad deja de ser un proceso exploratorio y flexible, pasando a estructurarse de manera rígida y cerrada, utilizando al grupo como un espacio de validación acrítica y de dilución de la responsabilidad individual". Autor: Pablo Martinez Tizka cronica@estrellaconce.cl. Parte acusadora indicó que integrantes de grupo de Instagram con el nombre de ese animé, entre ellos los imputados, planificaron ataque. Defensa descarta homicidio calificado. JUZGADO DE GARANTÍA DECRETÓ CUATRO MESES COMO PLAZO MÁXIMO DE INVESTIGACIÓN DEL CASO.