DELI SERVICIOS LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.003 Miércoles 20 de Noviembre de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2572700 EXTRACTO Humberto Quezada Moreno, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 12 de Noviembre de 2024, ante mí, Camila Andrea Villate Rodríguez; y Rubén Alonso Astudillo Miranda, ambos Diagonal Paraguay N 360, departamento 201, comuna y ciudad de Santiago, constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada. Razón social: “DELI SERVICIOS LIMITADA”. Domicilio: ciudad de Santiago.
Objeto: desarrollar y realizar toda clase de actividades, servicios y negocios, en especial, los siguientes: a) prestar servicios de asesoría comunicacional, marketing y relaciones públicas para empresas y organizaciones, incluyendo el diseño, ejecución y evaluación de estrategias comunicacionales y de imagen; b) organizar, producir, coordinar y gestionar toda clase de actividades, eventos y capacitaciones para empresas, tales como seminarios, conferencias, talleres, charlas y eventos sociales o corporativos, tanto presenciales como virtuales; c) arrendar y administrar espacios de propiedad de la sociedad o de terceros para la realización de actividades varias, eventos, capacitaciones, reuniones y encuentros, dotando dichos espacios de los recursos y equipamiento necesarios; d) estudio, desarrollo, ejecución y explotación de inversiones y negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y/o explotarlas por cuenta propia o ajena, así como también gestionar u otorgar financiamientos asociados a dichos negocios; e) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, negocios y actividades comerciales, industriales o de servicios, por cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero, incluyendo la explotación, comercialización, administración y representación de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, así como la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de productos y servicios, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; y, f) explotación y administración del rubro hotelería y turismo, ya sean hoteles residenciales, hospedaje, camping, hoteles tipo “boutique”, servicios de tiempo compartido y/o todo tipo de establecimiento. Administración de hoteles, explotación de negocios del rubro gastronómicos, ya sean estos bares, confiterías, restaurantes, cafeterías. Explotación por cuenta propia o de terceros o asociada a servicios complementarios atención de bar, comidas, espectáculos y variedades y todo tipo de actividades de recreación.
Administración, representación y uso razón social: corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, salvo en facultades que se señalan en escritura que extracto para las cuales deberán actuar de consuno.
Capital: $5.000.000 que socios aportan, enteran y pagan en este acto, en dinero efectivo, ya ingresado en caja social, siguiente forma: a) Camila Andrea Villate Rodríguez $2.500.000, correspondiente al 50% del capital social; y, b) Rubén Alonso Astudillo Miranda $2.500.000, correspondiente al 50% de capital social. Socios limitan su responsabilidad monto respectivos aportes. Duración: 3 años a contar fecha escritura que extracto, prorrogable automática y sucesivamente por iguales períodos, forma establecida en mismo instrumento. Fallecimiento, incapacidad sobreviniente o insolvencia socios: no pondrá término sociedad, la que continuará con sus sucesores legales, según sea el caso, quienes deberán designar un mandatario común. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 15 de Noviembre de 2024. Humberto Quezada Moreno. Notario Público. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2572700 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl