COLUMNAS DE OPINIÓN: Las razones (o no) de un fallo
COLUMNAS DE OPINIÓN: Las razones (o no) de un fallo Carlos Peña Las razones (o no) de un fallo -n examen del fallo de la Corte Suprema que, al re chazar la apelación interpuesta por el Ministerio Público, acogió en definitiva el amparo presentado por Josefina Huneeus -arguyendo una intromisión ilegalensus comunicaciones es de alto interés público y vale la pena analizarlo, siquiera brevemente. Una sentencia judicial, especialmente en un caso como este, es un asunto público de la máxima relevancia.
Desde luego, el fallo contó con el voto favorable de un ministro titular y dos abogados integrantes, en tanto elfallo de minoría fuesuscrito porla ministra titular Valderrama y el ministro titular Letelier ¿ Tiene alguna relevancia ma y el ministro titular Letelier ¿ Tiene alguna relevancia ma y el ministro titular Letelier ¿ Tiene alguna relevancia ma y el ministro titular Letelier ¿ Tiene alguna relevancia ma y el ministro titular Letelier ¿ Tiene alguna relevancia ese hecho? Ninguna, en principio, salvo que recuerda que una de las falencias del sistema en Chile es la existencia Salvado ese punto, se dirá, lo queimportan son las raPero el fallo de mayoría tampoco aporta demasiadas. En realidad, se reduce a sostener que las medidas inEl fallo de minoría es en cambio más pormenorizado.
Comienza discutiendo que el estándar sea tan alto coto Penalexigiría "fundadas sospechas" dela participación afirmar o descartar esa sospecha y que, en consecuencia, debe ser ala luz de esa finalidad; que así las cosas, la legitimidad dela interceptación no puede quedar entregada ala titularidad o propiedad de la línea, que en este caso aparecía nombre de Alberto Laraín, sino asu uso efectivo o cotidiano lo que, dice el voto de minoría, eta Lain lea deimputada; quesi para interceptar un teléfonoserequiriera la propiedad (y no el uso que en el caso hacía la reriera la propiedad (y no el uso que en el caso hacía la recurrente) entonces sería fácil eludirla investigación puesto que en tal caso bastaría, dice el voto, no tener teléfonos a nombre propio; que, en fin, lo que la ley establece es que la interceptación debe ser "interrumpida inmediatamentte" apenas las sospechas se disipen, pero eso, explica el voto de minoría, no ha ocurrido de ninguna manera. Ese es el voto de mayoría y ese el voto de minoría. No cabe duda de que el voto de mayoría es el que impor eso por lo que observa H.L.A. Hart: los jueces dicen sar que el derecho es lo que en un caso dicen los jueces..