AGRICOLA EL CARMEN LIMITADA 76.379.874-7
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.943 Jueves 5 de Septiembre de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2542059 EXTRACTO ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36 Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 28 de agosto de 2024, ante mí, REP.
N 10.787 /2024: los socios de la sociedad AGRICOLA EL CARMEN LIMITADA, RUT N 76.379.874-7, inscrita a fojas 64 N 36 del Registro de Comercio de Bulnes del año 2014; don CONRADO ADOLFO MALMUS MOYA, C.I. N 10.116.295-8 y la sociedad INVERSIONES FUTURO LIMITADA, R.U.T.
N 77.590.390-2, ambos, con domicilio para estos efectos en Mar del Sur N 7.358, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana; Modifican la sociedad en la siguiente forma: 1) Se acuerda modificar el artículo Tercero del pacto social, que corresponde al objeto social y lo reemplazan por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) La actividad agrícola, por cuenta propia o ajena, en predios rústicos, y cualquier otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad agrícola; b) Importar, comprar, vender, permutar, comercializar y/o arrendar toda clase de maquinarias y vehículos motorizados para el desarrollo de la actividad agrícola; c) El desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, adquisición, enajenación de bienes raíces de cualquier tipo, subdivisión, loteos, venta por pisos o por loteos, construir en ellos por cuenta propia o de terceros, explotación y administración, en cualquier forma, de los mismos, a través de compraventas, arrendamientos, y en general, la ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios; d) Instalar, operar y/o administrar establecimientos de alojamiento turístico como Residenciales, Cabañas y otros alojamientos para turistas como Camping y parques para casas rodantes; e) La realización de cualquier otro negocio que directa o indirectamente se relacione con estos fines o sea complemento de su actividad principal.
Para el cumplimiento de los giros señalados la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, incluso constituir otras sociedades o incorporarse a ellas una vez constituidas.”. 2) Se acuerda modificar el artículo Octavo, que corresponde a la administración de la sociedad, y lo reemplazan por el siguiente: “ARTICULO OCTAVO: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don CONRADO ADOLFO MALMUS MOYA, C.I.
N 10.116.295-8, quien, anteponiendo a su firma la razón social obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social, y en especial, en la celebración de los actos o contratos que se señalan a continuación.
Para el caso que don CONRADO ADOLFO MALMUS MOYA se ausente por enfermedad, viaje o incluso la muerte, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña NATALIA TERESA DEL CARMEN MALMUS DEVILLAINE, C.I.
N 19.324.113-1, quien, anteponiendo a su firma la razón social obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social y en especial, en la celebración de los actos o contratos que se señalan a continuación.”. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de agosto de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2542059 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl