PROMULGA EL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA - OEI
PROMULGA EL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA OEI CVE 2785419 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.416 Jueves 2 de Abril de 2026 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2785419 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Subsecretaría de Relaciones Exteriores PROMULGA EL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA OEI EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA OEI Núm. 167. Santiago, 19 de noviembre de 2025. Núm. 167. Santiago, 19 de noviembre de 2025. Vistos: Vistos: Los Artículos 32, N 15 y 54, N 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República, la ley N 18.158 y la ley N 10.336. República, la ley N 18.158 y la ley N 10.336.
Considerando: Considerando: Que, con fechas 29 de julio y 29 de agosto de 2025, se suscribió en Santiago, Chile, entre la República de Chile y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura OEI, el Convenio Específico de Colaboración y Transferencia de Recursos entre el Gobierno de Chile y dicha organización, y su Anexo.
Que, dicho Convenio fue adoptado en el marco de los "Estatutos de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura", adoptado el 2 de diciembre de 1985, promulgado en el decreto supremo N 1.520, de 9 de diciembre de 1993, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial el 1 de marzo de 1994; el "Acuerdo de Sede entre el Gobierno de la República de Chile y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura", suscrito el 26 de septiembre de 1991, promulgado por el decreto supremo N 79, de 21 de marzo de 2003, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial el 5 de julio de 2003; y del "Tratado que Modifica el Acuerdo de Sede entre el Gobierno de la República de Chile y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura", suscrito el 12 de septiembre de 2016, promulgado en decreto supremo N 248, de 14 de noviembre de 2017, publicado en el Diario Oficial el 25 de enero de 2018. Que, el Convenio entró en vigor en la fecha de su firma, es decir, el 29 de agosto de 2025. Que, el Convenio entró en vigor en la fecha de su firma, es decir, el 29 de agosto de 2025.
Decreto: Decreto: Artículo primero: Promúlgase el Convenio Específico de Colaboración y Transferencia de Recursos entre el Gobierno de la República de Chile y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura OEI, suscrito en Santiago, los días 29 de julio y 29 de agosto de 2025, que entró en vigor para la República de Chile el 29 de agosto de 2025; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N 18.158. de 2025; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley N 18.158.
Artículo segundo: Déjase establecido que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Convenio serán de cargo del Ministerio de Educación, el cual dictará el acto administrativo respectivo, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 56 de la ley N 10.336, si correspondiere. la ley N 10.336, si correspondiere. Anótese, tómese razón, publíquese y archívese. GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República de Chile. Albert van Klaveren Stork, Ministro de Relaciones Exteriores. Nicolás Cataldo Astorga, Ministro de Educación. Lo que transcribo a US., para su conocimiento. Claudia Rojo, Directora General Administrativa. Administrativa..