Autor: Sergio Sáez Fuentes
Si la "miscelánea" incluyera el seguro para RCA, Collahuasi podría pedir indemnización al Estado
Si la "miscelánea" incluyera el seguro para RCA, Collahuasi podría pedir indemnización al Estado I fallo del Segundo Tribunal Ambiental que anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto "Desarrollo de InE fraestructura y Mejoramiento de Capacidad Productiva" de Minera Collahuasi volvió a instalar una discusión que hasta hace poco parecía reservada al mundo jurídico: qué ocurre cuando el propio Estado entrega permisos ambientales que luego son invalidados por los tribunales, pese a que las inversiones ya fueron ejecutadas La sentencia dejó sin efecto la aprobación ambiental del proyecto C20+, ligado a una inversión estimada en US$3.200 millones, y ordenó al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) retrotraer parte del proceso para revisar observaciones vinculadas al medio humano y al medio marino. El tribunal cuestionó deficiencias en la fundamentación técnica de la evaluación, particularmente respecto de comunidades indígenas y efectos asociados a la planta desaladora. La decisión se produce cuando la iniciativa ya tendría cerca del 90% de avance constructivo, según fuentes de la industria.
Precisamente ese punto abrió un intenso debate entre abogados y especialistas en derecho ambiental y administrativo, quienes advierten que el caso Collahuasi podría transformarse en un ejemplo concreto sobre responsabilidad patrimonial del Estado frente a actos administrativos declarados ilegales. El socio de Sánchez Legal, Juan Francisco Sánchez, sostuvo que "no es primera vez que los jueces anulan la RCA de un proyecto ya construido.
Lo mismo ocurrió años atrás con un proyecto inmobiliario en Peñalolén". A su juicio, el caso ocurre "en medio de una discusión sobre si el Estado debería resarcir los perjuicios causados por la ilegalidad de un órgano público". El abogado agregó que "si el tribunal ambiental está en lo correcto y hay una ilegalidad, esa supuesta irregularidad no es culpa del titular del proyecto, sino que del Estado que otorgó un permiso ilegal". En esa línea, recordó el caso Nueva El Golf y el proyecto en el cual el exalcalde Lavín se opuso, pero luego la justicia dio la razón al inversionista en la comuna de Las Condes. Por eso planteó: "¿ Por qué este caso debería ser distinto?". Una visión similar expresó Eugenio Evans, profesor de Derecho de la Universidad Católica y socio de Grupo Evans. "El tema es complicado. Tocante a lo primero, es delicado si es que se hubiesen realizado inversiones estando pendientes recursos ante la justicia ambiental. Ahí, quizá, hay un problema de apreciación y premura por parte de la minera", señaló.
Sin embargo, Evans añadió que "si hubiera estado vigente la Ley de Reconstrucción, quizá hubiera gatillado un caso en que el Estado hubiera tenido el deber de indemnizar", debido a los defectos detectados por el tribunal en la tramitación de la RCA. "Ahora bien, cuánta responsabilidad hay o compete imputar a la empresa minera. Ahí puede haber un descargo en favor del Estado", complementó.
Javier Ramírez, abogado consultor en análisis de jurisprudencia y legislación chilena en Trifolia, sostuvo que "cuando un proyecto ya se construyó y está operando, pero la RCA sigue siendo discutida judicialmente, la discusión deja de ser solamente ambiental.
También entra fuerte el tema de certeza jurídica y estabilidad regulatoria". El experto explicó que si la Corte Suprema confirmara la anulación, "el proyecto podría quedar operando sin su permiso ambiental habilitante", abriendo escenarios que van desde sanciones de la Superintendencia del Medio Ambiente hasta problemas operacionales relevantes.
Ramírez añadió que este tipo de controversias "también empiezan a abrir discusiones sobre responsabilidad del Estado, especialmente si se acredita que hubo deficiencias relevantes en el actuar de la administración o en la revisión ambiental del proyecto". A juicio del abogado, el caso tensiona "la protección ambiental y la confianza legítima que tienen los titulares cuando reciben autorizaciones formales para invertir y operar". EI SEA frente al espejo La socia de Eelaw, Paulina Riquelme, afirmó que el momento en que ocurre el fallo resulta especialmente sensible porque coincide con el debate legislativo sobre estabilidad regulatoria ambiental. "Estamos hablando de un proyecto con RCA vigente desde hace años, con inversiones muy avanzadas e incluso en ejecución, que todavía continúa litigando aspectos esenciales de legalidad ambiental ante tribunales superiores", indicó.
Según Riquelme, la sentencia "revela una tensión estructural del SEIA", ya que controversias relacionadas con líneas de base, áreas de influencia o consulta indígena "no logran estabilizarse tempranamente durante la evaluación y reaparecen años después en sede judicial". La abogada sostuvo que el caso también deja en evidencia "problemas estructurales del sistema de evaluación ambiental chileno", particularmente porque gran parte de las líneas de base de medio humano son elaboradas por los propios titulares de proyectos, generando cuestionamientos metodológicos y de legitimidad. En esa línea, planteó que el Estado "debiera asumir un rol mucho más activo de orientación y conducción del proceso evaluativo", coordinando tempranamente a organismos especializados y resolviendo controversias críticas desde etapas iniciales.
Riquelme agregó que el fallo "conversa inevitablemente con el debate sobre la responsabilidad del Estado y el nuevo mecanismo de restitución de gastos contemplado en el proyecto de ley de Reconstrucción". A nivel político, la diputada del PDG Tamara Ramírez sostuvo que "nuestro sistema normativo debe dar certezas y seguridades tanto a la ciudadanía como a los inversionistas y no puede ser que pongamos en riesgo la actividad económica del país y sus trabajadores, por no saber de antemano cuál es nuestro patrimonio natural y cultural". Desde Collahuasi señalaron que la sentencia ordena realizar un nuevo análisis acotado a observaciones vinculadas al medio humano y al medio marino, y defendieron que esta "se desarrolló en todo momento conforme a la normativa vigente". El caso ahora podría escalar a la Corte Suprema, instancia ante la cual -según fuentes de la industriael sector espera que el máximo tribunal revierta la decisión del Segundo Tribunal Ambiental. En esa sede, el análisis se centraría en errores de derecho y problemas de fundamentación, no en una revisión técnica integral del proyecto. Autor: Sergio Sáez Fuentes. El fallo que dejó sin efecto la calificación del C20+ irrumpe justo cuando el Congreso debate si la institucionalidad debe responder económicamente por sus propios tropiezos administrativos. Opinan los expertos Juan Francisco Sánchez, socio de Sánchez Legal; Javier Ramírez, abogado consultor en Trifolia; Paulina Riquelme, socia de Eelaw; Eugenio Evans, profesor de Derecho UC y socio de Grupo Evans. Juan Francisco Sánchez, socio de Sánchez Legal; Javier Ramírez, abogado consultor en Trifolia; Paulina Riquelme, socia de Eelaw; Eugenio Evans, profesor de Derecho UC y socio de Grupo Evans. Juan Francisco Sánchez, socio de Sánchez Legal; Javier Ramírez, abogado consultor en Trifolia; Paulina Riquelme, socia de Eelaw; Eugenio Evans, profesor de Derecho UC y socio de Grupo Evans.