Reglamentos atrasados del Gobierno traban la aplicación de leyes con impacto económico
Reglamentos atrasados del Gobierno traban la aplicación de leyes con impacto económico Varios son los sectores económicos que esperan la publicación de distintos reglamentos para la aplicación de leyes que generan nuevos escenarios para los negocios y la actividad, y cuya ausencia es origen de incertidumbre. Un reglamento es un cuerpo normativo dictado por un órgano diferente al Congreso, que en general especifica pasos y cronogramas de una ley. Dado que allí están los detalles, los privados esperan su contenido para adaptarse a la ley. Diversos sectores productivos involucrados manifiestan su preocupación por la lentitud de varios de esos instrumentos. En algunos casos porque derechamente están fuera de plazo; en otros, porque están ya encima del límite para que una ley parta su vigencia. La Ley Karin es uno de los ejemplos que más se repite entre los diversos actores consultados. Se requieren un período de adaptación y conocimiento antes de que rija, ya que trata materias complejas como es el acoso sexual y laboral en el trabajo. Otro rubro en el que claman por conocer los mecanismos de aplicación de las leyes es uno de inversión intensiva: los salmoneros. Allí ven la necesidad de regular la actividad en las reservas naturales, que se desprende de la Ley SBAP, entre otros. Un segmento que también es relevante en materia de inversión y creación de empleo es el eléctrico.
Representantes de dicha actividad subrayan la necesidad de tener reglas clar a s p a r a o p e r a r l a s n u e v a s tecnologías de almacenamiento de energías renovables no convencionales, que son por naturaleza intermitentes. La inquietud se propaga a actividades como el comercio, las finanzas y la construcción. "El Mercurio" consultó a gremios y expertos sobre los reglamentos atrasados más críticos.
Ordenamientos son claves para el funcionamiento productivo: Reglamentos atrasados del Gobierno traban la aplicación de leyes con impacto económico EQUIPO ECONOMÍA Y NEGOCIOS Diversos sectores urgen por la puesta en plazo de esta normativa necesaria para tener claridad sobre cómo funcionar en los nuevos esquemas normativos. Regulan desde complejos temas de relaciones laborales, hasta el funcionamiento de las nuevas tecnologías en materia eléctrica, donde los inversionistas necesitan tener certezas, indican desde distintos rubros. Representantes del sector de generación eléctrica subrayan la necesidad de tener reglas claras para operar las nuevas tecnologías de almacenamiento de energías renovables no convencionales, que son por naturaleza intermitentes.
ENEL GREEN POWER. n Las tres piezas faltantes para el largo plazo de la industria del salmón SalmonChile, uno de los dos gremios que agrupa a empresas del rubro, manifestó que son tres las leyes aprobadas "en las cuales aún no se dicta su reglamento", lo cual "genera incertidumbre en nuestro sector productivo en temas de largo plazo (como crecimiento, competitividad y proyección futura de nuestro rubro) y complejidades en temas operacionales inmediatos.
Esto no afecta solo a la salmonicultura y su cadena de valor, sino que pone en juego el desarrollo de la economía del sur de Chile". El primer reglamento al que aludió el gremio acuícola fue el de la ley 21.410 ("ley de fondos"), que trata sobre medidas para evitar o reducir el depósito de desechos inorgánicos y orgánicos, que entró en vigencia en enero de 2024 y "todavía no se cuenta con los requisitos de los planes de prevención e investigación exigidos, así como la complementación del actual reglamento que está vigente (DS 64 del Ministerio de Economía). También echan de menos el ordenamiento de la ley 21.532 (sobre escapes de peces), en que no se han determinado los criterios para definir el tratamiento del salmón como fauna acompañante, ni los asociados a la certificación de estructuras, obligación ya vigente.
Además, aludieron a la aplicación de la ley SBAP. "Esta regulación requiere de reglamentos para la entrada en funcionamiento del nuevo servicio, que debe elaborar los planes de manejo de las reservas donde actualmente opera la salmonicultura", explicaron. n La multiplicidad de ordenamientos pendientes en la construcción Juan Armando Vicuña, presidente de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), manifestó que los reglamentos pendientes para la aplicación de leyes ya aprobadas son muchos y de diversa índole. "Por ejemplo, para facilitar la gestión de los proyectos faltan las modificaciones a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) a raíz de las últimas leyes de calidad, una de las cuales apunta a agilizar la tramitación de solicitudes ante las Direcciones de Obras Municipales.
En la misma línea, está pendiente la modificación del reglamento de excavaciones y prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, contenido en un decreto de 1990 y el nuevo reglamento del Fogaes que recoja los últimos cambios legales realizados, para que comiencen a operar cuánto antes los aumentos de las coberturas de la garantía estatal". El líder gremial agregó que con el propósito de mitigar los aumentos de los costos de construcción, debería dictarse el reglamento que contiene la nueva ley de copropiedad inmobiliaria, publicada a principios de 2022, y modificarse el reglamento y la norma técnica de la llamada "ley del ducto" o de libre elección en materia de telecomunicaciones.
Lo anterior "a fin de solucionar una serie de problemas prácticos que se han producido con motivo de su implementación", indicó. n Urgencias por leyes Karin, Sanna y Economía Circular Desde la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) manifestaron que aún falta el reglamento de la Ley Karin, que establece que los empleadores y las entidades públicas deberán contar con un protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en los entornos de trabajo.
Según el gremio, este reglamento tenía que dictarse antes de la entrada en vigencia (1 de agosto). Agregaron que si bien aún no se vence el plazo, sería bueno tenerlo con anticipación a la entrada en vigencia de la ley. Lo mismo, subrayó María Teresa Vial, presidenta de la Cámara de Comercio de Santiago. "En principio, se esperaba para mayo y luego se pospuso para comienzos de junio, pero aún no está listo.
El gran problema es que las empresas tienen que adecuar una serie de protocolos internos, en línea con esta normativa, los que deben estar sancionados en cada compañía al menos 30 días antes de su entrada en vigencia. Quedan pocos días para hacer ese trabajo, dado que la ley entra en vigencia el primero de agosto", agregó Vial.
A esta solicitud de urgencia se sumó la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) "Hoy hay preocupación por el reglamento de la Ley Karin, sobre prevención de acoso sexual, laboral y violencia en entornos de trabajo, el cual no conocemos y ya estaría en Contraloría.
La ley entra en vigencia el 1 de agosto y las empresas deben adaptarse para cumplir con las nuevas disposiciones". A su vez, en Sofofa, indicaron que está pendiente y actualmente en tramitación en CGR el reglamento de la ley SANNA, que consiste en un seguro obligatorio para las madres y padres trabajadores de niñas, niños y jóvenes afectados por una condición grave de salud, para que puedan ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado.
Aún faltan, según el gremio, las modificaciones al reglamento de la ley que modifica el Código de Minería que reduce exenciones tributarias, que se tiene que hacer dentro de los 6 meses siguientes a la publicación de la ley. "Fue el 30 de diciembre de 2023, entonces estaríamos justos", dijeron en la entidad (ver recuadro minero). También apuntaron a la Ley de Economía Circular, que establece que los reglamentos tenían que dictarse en 180 días desde su publicación (fue el 11 de diciembre de 2023), por lo que ya están fuera de plazo. n El cuerpo normativo para almacenamiento eléctrico sobre el cual se aguardan "señales regulatorias claras" Las generadoras eléctricas, a través de su gremio Generadoras de Chile, señalaron que para la aplicación de la Ley 21.505 --normativa que promueve el almacenamiento y la electromovilidad-se requería modificar principalmente dos reglamentos: el reglamento de Potencia y el de Coordinación y Operación.
Precisaron que, publicado el reglamento de Potencia, está pendiente el reglamento de Coordinación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional, el DS 125 de 2019, "el que se debe modificar principalmente para entregar claridad y certeza sobre la forma de operar los sistemas de almacenamiento", manifestaron en el gremio.
Respecto de este último ordenamiento, manifestaron que en abril el Ministerio de Energía realizó mesas de trabajo con la industria, y presentó su diagnóstico, indicando que las modificaciones se realizarán sobre la base de cuatros ejes: Nuevas tecnologías (Sistemas de Almacenamiento y Sistemas de Generación-Consumo); Mercado de Corto Plazo (Resguardo de la cadena de pago); Coordinación de la Operación, y Actualización del proceso de declaración en construcción. Así, en el marco de esta instancia, los generadores propusieron modificaciones al reglamento en torno a que la transformación tecnológica sin precedentes del sistema eléctrico requiere de una integración eficiente de sistemas de almacenamiento. A su vez, recomendaron mantener acotada la discusión a los temas propuestos por el Ministerio de Energía.
Camilo Charme, director ejecutivo de Generadoras de Chile, manifestó al respecto que, "ante el desafío de nueva infraestructura del sistema de transmisión eléctrica en Chile y la alta disponibilidad de producción renovable en ciertas zonas del país, sin duda que disponer de tecnologías gestionables, capaces de ajustar su contribución al sistema eléctrico según se requiera, es el camino que debemos seguir.
Las empresas generadoras están adoptando soluciones de almacenamiento basadas en la actual legislación y el Sistema Eléctrico Nacional (SEN) ya cuenta con 416 MW de baterías operativas, 95 MW en pruebas, 1.330 MW en construcción y más de 2.000 MW en desarrollo. Por lo tanto, hay una cartera potencial de más de 3.800 MW de almacenamiento. Seguir en esta senda requiere de señales regulatorias claras, que fomenten el desarrollo de tecnologías y nuevos proyectos.
Para ello, es muy relevante la publicación de las modificaciones al Reglamento de Coordinación y Operación del SEN, en el plazo más acotado posible, que entregue certezas sobre la operación de los sistemas de almacenamiento". n Disposiciones sobre las concesiones mineras se encuentran en trámite en Contraloría En minería prima el interés sobre los reglamentos de la Ley N 21.649, la cual "modifica disposiciones del Código de Minería; la Ley N 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica; y otras normas". En el Ministerio de Minería comentan que para implementar la ley "estamos tramitando dos decretos reglamentarios.
Uno modifica el Reglamento del Código de Minería; su finalidad es la implementación del nuevo sistema de patentes para las concesiones mineras (Decreto 10 de 2024). Y el otro es un nuevo reglamento que regula la obligación de entrega de información geológica que se obtiene de los trabajos de exploración (Decreto 9 de 2024). Ambos ingresaron ya a Contraloría y ya se recibieron comentarios del D9". En la Sociedad Nacional de Minería (Sonami) dicen al respecto: "Si bien hemos podido acceder a su texto preliminar, no tenemos certeza de su contenido final.
No obstante, a grandes rasgos se estima que se abordan de manera correcta los aspectos modificados por las leyes citadas, salvo ciertos reparos". Recordaron que las normas modificaron el Código de Minería en materias tales como el reporte de la información geológica básica que deben realizar las concesiones mineras; sistema de coordenadas y mensura; y régimen de amparo de las concesiones mineras, entre otras.
El gremio espera que el Gobierno aplique las leyes mediante "un sistema simple y ágil, que no burocratice aún más el desarrollo e inversión de la actividad minera, evitando establecer requisitos adicionales a los contemplados por dichas leyes en materias tan sensibles para el sector minero como lo son el sistema de amparo". n Lecheros esperan más de tres años por etiquetados Desde la Federación Nacional de Productores de Leche (Fedeleche) reclamaron que aún no se ha publicado el reglamento que rige la Ley de Etiquetado de Productos Lácteos, "pese a la importancia del trabajo legislativo que se realizó en el 2019 y lo crucial que es brindar información transparente a los consumidores para garantizar la seguridad alimentaria". El presidente de Fedeleche, Marcos Winkler, recordó que el 21 de octubre de 2019 se promulgó la ley 21.179 sobre elaboración, denominación y etiquetado de productos lácteos o derivados de la leche. "Tuvo un respaldo político transversal y es percibida por los consumidores como un atributo positivo del sector". Una vez publicada en el Diario Oficial, el 2 de noviembre de 2019, los reglamentos a que se refiere esta ley debieron dictarse dentro del plazo de 90 días contado desde su publicación; mientras la ley entró en vigencia transcurridos nueve meses a partir de su dictación, agregó Winkler.
Manifestó que entre algunas obligaciones, la normativa exige informar el origen del país de ordeña de la leche, incluyendo una bandera, clasificar la denominación y naturaleza del producto y otros detalles relevantes como que la expresión "leche", sin otra denominación, es el producto de la ordeña de la vaca. "Las leches de otros animales deberán denominarse según la especie de que proceden y prohíbe catalogar y etiquetar como leche a un producto que no sea de origen animal", recordó.
Y añadió: "Cuando se promulgó la ley, se define una cierta cantidad de meses para su puesta en marcha y eso requiere también, por norma, de un reglamento, el que establece, entre otras indicaciones, el tamaño de las letras, dónde debe ir la bandera y su tamaño, es decir, las especificaciones técnicas que la normativa exige". Winkler señaló que como gremio realizaron innumerables gestiones para que se avance. "Sin embargo, esto no ha ocurrido". n El comercio ansía que parta la Ley de Seguridad Privada La Cámara Nacional de Comercio (CNC) recordó la importancia de la pronta aplicación de la Ley de Seguridad Privada, normativa que fue publicada en marzo y cuyos reglamentos figurarían en elaboración. "Considerando que la seguridad sigue siendo la principal preocupación de los chilenos, contar con una buena regulación en materia de seguridad privada resulta fundamental para que, por medio del rol complementario y coadyuvante que asume el privado en materia de seguridad pública, se permita disponer de las herramientas suficientes y eficientes que habiliten a colaborar de mejor manera con esta problemática social", manifestaron desde el gremio.
Y agregaron: "Hoy, frente a una profunda crisis de seguridad y un estancamiento económico que nos afecta a todos, es al menos frustrante que ante la ausencia de medidas efectivas por parte de las autoridades para revertir esta situación el privado deba asumir de su bolsillo gastos fijos para evitar ser víctima de delitos"..