Resolución exenta número 203, de 2024.- Delega facultad que indica en autoridad que señala
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.937 Jueves 29 de Agosto de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2537575 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Armada de Chile Dirección General de los Servicios DELEGA FACULTAD QUE SE INDICA EN AUTORIDAD QUE SEÑALA (Resolución) Núm. 203 exenta. - Ordinario 4100/600/3 Vrs. - Valparaíso, 16 de agosto de 2024.
Visto: Lo dispuesto por la ley Nº 18.928, que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su reglamento, contenido en decreto supremo (H) Nº 95, del año 2006; los artículos 2º, 3º, 5º y 9º del DFL Nº 1/19.653, del año 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, contenido en decreto supremo (H) Nº 250, del año 2004 y sus modificaciones; la Ley Nº 21.640, de Presupuestos del Sector Público vigente para el año 2024; el decreto Nº 352 del Ministerio de Defensa Nacional, de fecha 30 de noviembre de 2023, que nombra al Director General de los Servicios de la Armada; las resoluciones de la Contraloría General de la República Nºs. 7 y 14, de 2019 y 2022 respectivamente, que fijan normas relativas al trámite de Toma de Razón y las demás disposiciones que rigen la materia.
Considerando: 1. - Que, según lo dispuesto en las normas citadas, el Director General de los Servicios es la autoridad facultada para efectuar, en representación del Fisco, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios, a título gratuito u oneroso, pudiendo al efecto celebrar y suscribir los contratos correspondientes. 2.- Que, la facultad señalada tiene por objeto satisfacer los requerimientos logísticos de la Armada en todos sus niveles en forma cabal, oportuna y eficiente, de manera que ésta pueda cumplir con las funciones y fines que le han sido encomendados por la Constitución y las leyes. 3.- Que, la Dirección de Abastecimiento de la Armada, en el marco de sus funciones, informó a esta Dirección General por Mensaje 121041 de agosto de 2024, la necesidad de licitar la adquisición de combustible de aviación Jet A1.4.- Que, la Dirección de Abastecimiento de la Armada es el órgano técnico que tiene como misión, según su Reglamento Orgánico, "Contribuir al sostenimiento de la Armada de Chile y sus dotaciones a través del abastecimiento de bienes y servicios en forma efectiva y proba". Asimismo, tiene entre sus funciones "Satisfacer las necesidades de repuestos, consumos, material demenaje y equipo general, combustible y lubricantes, que requieren las Unidades y Reparticiones". 5.- Que, la delegación de facultades en materias específicas de cada cargo permite una eficiente e idónea administración y asignación de los medios públicos en cumplimiento de las funciones y tareas propias correspondientes a la administración del material naval y de los recursos fiscales.
Asimismo, la ley 18.928 permite a este Director General delegar, por resolución fundada, en materias específicas, la facultad de efectuar las adquisiciones indicadas en Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2537575 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Resuelvo: 1. - Delégase en el Director de Abastecimiento de la Armada, la facultad de efectuar, en representación del Fisco - Armada, y en el ámbito técnico que le corresponda, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios en la forma establecida en la reglamentación vigente, extendiendo las resoluciones, suscribiendo y celebrando todos los actos administrativos y contratos correspondientes, a través de los procedimientos de propuestas públicas o privadas, trato o contratación directa o, convenio marco, según corresponda, hasta por la suma equivalente a 12.373 UTM, con el objeto exclusivo de efectuar la adquisición de Combustible de Aviación Jet A1, con cargo a recursos en administración EEC MZS. 2.- Declárase que el ejercicio de las facultades delegadas deberá ceñirse estrictamente a las disposiciones establecidas en la ley Nº 18.928 que Fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su reglamento correspondiente y las demás disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. 3.- Dispónese que la Dirección de Abastecimiento de la Armadadeberá mantener un registro de todos los documentos y contratos suscritos y celebrados en virtud de las facultades delegadas, con la individualización de la empresa con la cual se celebró cada contrato, el motivo del mismo, su monto, financiamiento y forma de pago. 4.- Dispónese, además, que la vigencia de la presente resolución se extenderá hasta que se complete la contratación indicada en el Resuelvo Nº 1 del presente acto administrativo. 5.- Anótese, publíquese en el Diario Oficial y comuníquese a quienes corresponda, para su conocimiento y cumplimiento. - Leonardo Chávez Alvear, Vicealmirante, Director General de los Servicios. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2537575 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl