AGRÍCOLA CUATRO RAÍCES LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.984 Sábado 26 de Octubre de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2562973 EXTRACTO ÁLVARO GONZALO MERA CORREA Notario Público Titular para las comunas de Constitución y Empedrado con domicilio en calle OHiggins 499-A, de Constitución, certifica: por escritura pública de fecha 18 de octubre del presente año, Repertorio N 1692-2024, doña CRISTINA ISABEL CANCINO CÁCERES, empleada, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Rosas Nº 250, Constitución, don ANDRÉS ANTONIO CANCINO CÁCERES, domiciliado en Egaña N 850 Constitución, don VÍCTOR JOEL CANCINO CÁCERES, domiciliado en San Ramón Km. 13.5 Ruta L 30 M, camino de Constitución a San Javier y don ALEX MANUEL CANCINO CÁCERES, domiciliado en Villa Millauquen, pasaje Río Colorado 2103, Constitución; han convenido constituir Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, conforme Ley Nº 3.918 y modificaciones. RAZÓN SOCIAL: “AGRÍCOLA CUATRO RAÍCES LIMITADA”, pudiendo funcionar ante terceros, con nombre de fantasía “AGRÍCOLA CUATRO RAÍCES LTDA.”. DOMICILIO: KILOMETRO 13,5 de la ciudad de Constitución, sin perjuicio sucursales o agencias otros lugares.
OBJETO: El objeto de esta sociedad será: a) La sociedad podrá dedicarse al desarrollo, producción, comercialización, explotación, compra, venta, exportación, importación de todos los productos derivados de la agricultura; b) La explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la agricultura c) compra, venta, arrendamiento y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones y en general, la realización de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social y todas las actividades referidas, la sociedad podrá desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas o particulares; asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito; y en general realizar cualquier acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socia o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones.
Sin perjuicio de lo anterior, el giro social comprenderá cualquier otro negocio o actividad que los socios de común acuerdo determinen, y que se encuentre directa o indirectamente relacionado con los anteriores, sin que ello importe o requiera una modificación de sus estatutos.-. CAPITAL: $16.000.000. - de pesos, aportando los socios doña CRISTINA ISABEL CANCINO CÁCERES, don ANDRÉS ANTONIO CANCINO CÁCERES, don ALEX MANUEL CANCINO CÁCERES la suma de $4.000.000. - c/u, y don VÍCTOR JOEL CANCINO CÁCERES, aporta dicha suma mediante aporte en dominio de dos inmuebles que se detallan en escritura, que enteran y pagan en este acto al contado, en dinero efectivo y en aporte en dominio y que ingresan a la caja social; RESPONSABILIDAD: Limitada como aporte.
ADMINISTRACIÓN Y USO DEL NOMBRE: Corresponderán a cada uno de los socios doña CRISTINA ISABEL CANCINO CÁCERES, don ANDRÉS ANTONIO CANCINO CÁCERES, don VÍCTOR JOEL CANCINO CÁCERES y don ALEX MANUEL CANCINO CÁCERES quienes podrán actuar en forma conjunta o separada e indistintamente, en la forma antes dicha y anteponiendo la razón social a su firma y la representarán con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos.
DURACIÓN: 5 años, renovable tácita y sucesivamente períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen inscripción social, se notificará personalmente por avisos o en forma especial artículo 44 Código de Procedimiento Civil, si procediere, al otro socio, con anticipación a lo menos, seis meses antes fin respectivo período. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Constitución 23 de Octubre de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2562973 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl