Resolución exenta número 1.162, de 2025.- Prohíbe circulación de vehículos motorizados en vías que indica, en la comuna de Rengo
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.207 Viernes 25 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2675555 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región del Libertador General Bernardo OHiggins PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS QUE INDICA, EN LA COMUNA DE RENGO (Resolución) Núm. 1.162 exenta. - Rancagua, 14 de julio de 2025.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.059 ; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito Nº 18.290 ; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; solicitud por plataforma de fecha 2 de julio de 2025 ingresadaa esta Secretaría Regional Ministerial; correos electrónicos, ambos de fecha 3 de julio de 2025, emitidos por la Unidad Operativa de Control de Tránsito Región de O'Higgins y la División de Transporte Público Regional de la Región de O'Higgins; certificado favorable, de fecha 20 de junio de 2025, de la Directora de Tránsito (S) de la I.
Municipalidad de Rengo; Plan de Mitigación Ambiental, y Plan de Corte de calle y desvíos de tránsito, ambos de abril de 2025, de "Obras para la Construcción Sistema AALL Centro Sur Rengo, Etapa 1, Rengo, Bernardo O'Higgins", emitidos por la empresa Constructora Tafca SpA; la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, mediante solicitud de fecha 2 de julio de 2025, presentadapor don Tomás Antonio Fuentes Rojas, en representación de la empresa Constructora Tafca SpA, Rut 78.386.350-2, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, con motivo de la construcción del Sistema de Aguas Lluvias Centro Sur Rengo, etapa 1, la prohibición de circulación de vehículos motorizados, a efectuarse desde el 21 de julio de 2025 hasta el 21 de abril de 2026, en horario continuado, en las siguientes vías de la comuna de Rengo: FECHA VÍA/EJE DESDE HASTA HORA CALZADA INICIO FIN Callejón Calle Cruce de Calzada 21/07/2025 21/04/2026 Continuado Chapetón Balmaceda Ferrocarriles completa 2.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando anterior. 3.
Que, el DFL Nº 1 de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos Nº 107 y Nº 113 inciso primero, respectivamente, que: "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente. " Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2675555 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.207 Viernes 25 de Julio de 2025 Página 2 de 2 "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda". 4.
Que, la Unidad Operativa de Control de Tránsito de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, mediante correo electrónico de fecha 3 de julio de 2025, señalado en visto, indicó que no existen inconvenientes con el corte de tránsito. 5.
Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, con motivo de la construcción del Sistema de Aguas Lluvias Centro Sur Rengo, etapa 1, a efectuarse desde el 21 de julio de 2025 hasta el 21 de abril de 2026, en horario continuado, en las siguientes vías de la comuna de Rengo: FECHA VÍA/EJE DESDE HASTA HORA CALZADA INICIO FIN Callejón Calle Cruce de Calzada 21/07/2025 21/04/2026 Continuado Chapetón Balmaceda Ferrocarriles completa 2. En el tramo señalado, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo. 3. Los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vías de circulación las señaladas en el resuelvo Nº 1, deberán adoptar como vías alternativas para el tránsito por el sector las calles Carlos Condell, Av. José Bisquertt, Gabriela Mistral, Luis Aliaga Martínez y calle Nueva D, mientras que los servicios de transporte público de pasajeros, no se verán afectados por la medida. 4.
La empresa Constructora Tafca SpAdeberá respetar estrictamente el periodo de cierre de las calles en el tramo indicado en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ( www.conaset.cl ), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2007, citado en visto. 6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Flavia Andrea González Urzúa, SecretariaRegional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2675555 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl