Corte de Coyhaique condena a Edelaysén por tala ilegal de bosque nativo
Corte de Coyhaique condena a Edelaysén por tala ilegal de bosque nativo fe, de acuerdo con el artículo 47 de la LeyN 20.283 sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal, conducen a establecer la responsabilidad infraccional de la denunciada, no habiendo, por lo demás, discutido la efectividad de la ejecución de las cortas de especies nativas, careciendo de la respectiva autorización, esto es, el correspondiente plan de manejo forestalpara la superficie afectada y las especiesLa Corte de Apelaciones de Coyhaique ordenó a la empresa Eléctrica de Aysén S. A (Edelaysén) el pago de una multade $2.040.000 a beneficio municipal ya reforestar el predio talado sin plan de manejo, ubicado en el sector El Claro.
En fallo unánime, del tribunal de alzada integrada por los José la Primera Sala ministros Ignacio Mora, NataliaRencoret y el fiscal judicial (i) Juan PatricioSilva revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Policía Local de Coyhaique, que no dio lugar a la denuncia formulada por la Corporación Nacional Forestal (Conaf). “Que, en consecuencia, se ha establecido en autos, que la denunciada no contaba con plan de manejo ni autorización de autoridad competente, para ejecutar la corta de bosquenativo ejecutada en los predios lote 9 y lote 1 dela comuna de Coyhaique, con el objeto de realizar despeje de la faja tendido eléctrico, encontrándose legalmente obligada a presentar el referido plan de manejo en su calidad de concesionaria del servicio público de suministro de energía eléctrica, titular de la servidumbre eléctrica, ya que se efectuó la corta de especies nativas”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “() asimismo, consta en el informe técnico allegado a fojas 2 y siguientes, que los árboles cortados tenían una edad superior a 30 años, vigorosos, con funciónprotectora de suelos y además, brindando belleza alpaisaje y que respecto del lote 9, las actividadesde corta de la especie ñire comprendieron unasuperficie de 0,01 hectárea alcanzando a 2,95metros de leña que se encontraba en el predio.
En cuanto al lote 1, los trabajos influyeron en una superficie de 0,05 hectáreas, obteniendo 31,05 metros de leña”. “Que, así las cosas, los hechos asentados en el juicio, según se ha plasmado en los motivos precedentes, sumado a la presunción legal de efectividad de la los hechos contenidos en denuncia formulada a fojas 12, al estar investidosla entidadlos funcionarios fiscalizadores deexistentes, por lo que se acogerá el presente recurso, como se dirá”, concluye.
Por tanto, se resuelve: “Se revoca la resolución apelada de fecha 2 de juliode 2024, por la que no se hizo lugar ala denuncia y se absolvió a la parte denunciada, y en su lugar, se declara: que se condena a la Empresa Eléctrica de Aysén S.A., como autora de la infracción denunciada a pagar una multa de$2.040.000, a beneficio municipal, por los árbolesilegalmente cortados sin plan de manejo, desde elpredio situado en el sector El Claro, lotes 9 y 1, de la comuna de Coyhaique, debiendo presentar dentro de un plazo de 60 días ante la denunciante el respectivo Plan de Manejo de Corrección, para reforestar una superficie igual a la cortada, equivalente 0,06 hectáreas en los predios materia de la corta denunciada, todo ello desde que quede ejecutoriada la sentencia”. denunciante de la calidad de ministros de.