Resolución exenta número 649, de 2025.- Establece montos anuales para el año 2025 del valor de beneficio por renovación del Programa de Modernización para la Renovación de Taxis Colectivos
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.091 Miércoles 5 de Marzo de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2617110 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Transportes ESTABLECE MONTOS ANUALES PARA EL AÑO 2025 DEL VALOR DE BENEFICIO POR RENOVACIÓN DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN PARA LA RENOVACIÓN DE TAXIS COLECTIVOS (Resolución) Núm. 649 exenta. - Santiago, 10 de febrero de 2025.
Visto: La Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Nº 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley Nº 20.378 ; la ley Nº 18.059 ; la ley Nº 18.696 ; la ley Nº 21.692 ; la Ley Nº 21.722, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025; el DFL Nº 343, de 1953 y el DFL Nº 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda; el decreto supremo Nº 44, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y sus modificaciones; la resolución exenta Nº 317, de 2024, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable. Considerando: 1.
Que, el 5 de septiembre de 2009, se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 20.378, que crea un mecanismo de subsidio de cargo fiscal, destinado a compensar las diferencias que puedan darse entre ingresos y costos de operación de los servicios de transporte público remunerado de pasajeros, con el objeto de promover el uso del transporte público remunerado de pasajeros y de introducir mejoras en las condiciones de calidad y seguridad en la provisión de este servicio. 2.
Que, por medio de la ley Nº 21.692 que modificó la ley N 20.378, se autorizó hasta el año 2032 la disposición de un aporte especial para el transporte y conectividad regional, que será transferido al Fondo de Apoyo al Transporte Público y la Conectividad Regional.
Estos recursos, podrán ser utilizados por los Gobiernos Regionales para convocar a programas de modernización del transporte público mayor y taxis colectivos, en su calidad de transporte público menor, destinados a la incorporación de tecnologías menos contaminantes y mejoras en aspectos de seguridad o calidad y eficiencia en beneficio de los usuarios, junto a la infraestructura habilitante necesaria para el uso de las tecnologías incorporadas. 3.
Que, mediante decreto supremo Nº 44, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se aprobó el Reglamento del Programa Especial de Renovación de Buses, Minibuses, Trolebuses y Taxibuses, a que se refiere el artículo cuarto transitorio de la ley Nº 20.378, el cual fue modificado mediante decreto supremo Nº 210, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, incorporando al Programa de Modernización para la Renovación de Taxis Colectivos. 4.
Que, el 8 de febrero de 2024, se publicó en el Diario Oficial la resolución exenta Nº 317, de 2024, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la cual determinó para el año 2024, los montos del Beneficio por Renovación a nivel nacional y el bono de incentivo a la chatarrización para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y la Antártica Chilena, correspondiente al Programa de Modernización para la Renovación de Taxis Colectivos. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2617110 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.091 Miércoles 5 de Marzo de 2025 Página 2 de 3 5.
Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso final del artículo 20 del Reglamento referido en el considerando 3 de este acto administrativo, corresponde al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, asesorar a los gobiernos regionales para efectos de la determinación de los montos anuales del valor del beneficio por renovación, los que serán publicados en el Diario Oficial previo a la convocatoria a que se refiere el artículo 2º del mismo Reglamento, y se reajustarán anualmente dentro de los primeros cinco días hábiles de cada año, según la variación que en el período anterior haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas. Dichos montos serán aproximados al entero de cien mil más cercano. 6.
Que, en este contexto, se ha procedido a verificar la información relativa a la variación presentada por el Índice de Precios al Consumidor; el que, de acuerdo a la publicación efectuada por el Instituto Nacional de Estadísticas, alcanza al 4,5% para el anterior periodo (diciembre de 2023 a diciembre de 2024). 7.
Que, en consecuencia, corresponde reajustar el valor del beneficio por renovación a nivel nacional y el bono de incentivo a la chatarrización para el año 2025, para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y de la Antártica Chilena, conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor anteriormente indicada.
Resuelvo: Establécense para el año 2025 los montos anuales del beneficio por renovación a nivel nacional y el bono de incentivo a la chatarrización para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y la Antártica Chilena: 1) Vehículos diésel 2) Vehículos a gasolina* 3) Vehículos híbridos Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2617110 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.091 Miércoles 5 de Marzo de 2025 Página 3 de 3 4) Vehículos eléctricos En caso que el vehículo entrante cumpla con incorporar tecnologías menos contaminantes y mejoras en aspectos de seguridad y no se encuentre comprendido en las tablas anteriores, el Beneficio por Renovación ascenderá a $300.000 (trescientos mil pesos chilenos). Adicionalmente, el bono de incentivo a la Chatarrización para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y de la Antártica Chilena, será equivalente a $1.700.000 (un millón setecientos mil pesos chilenos). Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial. - Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2617110 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl