Resolución exenta número 67, de 2026.- Autoriza cobro de tasas por participación en Escuela de Verano de la OMPI sobre propiedad intelectual (Wipo Summer School on Intellectual Property) 2026, en el marco del convenio de colaboración suscrito con la academia de la OMPI
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.387 Viernes 27 de Febrero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2774890 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Instituto Nacional de Propiedad Industrial AUTORIZA COBRO DE TASAS POR PARTICIPACIÓN EN ESCUELA DE VERANO DE LA OMPI SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL (PI) (WIPO SUMMER SCHOOL ON INTELLECTUAL PROPERTY (IP)) 2026 EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO CON LA ACADEMIA DE LA OMPI (Resolución) Núm. 67 exenta. - Santiago, 19 de febrero de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.545, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 20.254, de 2008, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial; en la resolución exenta Nº 59, de 2026, de este Instituto, que aprobó el convenio de colaboración suscrito entre la Academia de la OMPI y el Instituto Nacional de Propiedad Industrial para la realización del Curso de Verano de la OMPI; en el requerimiento de la Subdirección de Transferencia del Conocimiento, mediante correo electrónico de fecha 17 de febrero de 2026, a la Subdirectora Jurídica (S) y sus antecedentes que constan en el ID 46983, del Sistema de Gestión Documental, Sigedoc; y en las resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1. - Que desde el año 2014 y hasta el año 2019, se ha impartido la Escuela de Verano de la OMPI, "Summer School on Intellectual Property", en dependencias del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, realizado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), en conjunto con Inapi, ycon el apoyo de la Academia de la OMPI, constando de conferencias a cargo de expertos nacionales e internacionales en el campo de la propiedad intelectual, así como estudios de casos y grupos de discusión sobre temas de propiedad intelectual, ofreciendo una oportunidad única para que profesionales jóvenes recién graduados nacionales y extranjeros, profundicen sus conocimientos en esta materia y conozcan esta herramienta para el desarrollo económico, social, cultural y tecnológico de los países.
Que para las versiones de los años 2021 y 2022, en atención a la situación mundial de pandemia asociada al COVID-19, la Escuela de Verano de la OMPI, "Summer School on Intellectual Property" se realizó en modalidad 100% en línea.
El año 2023 se retornó a la modalidad presencial. 2.- Que, en este contexto, se ha suscrito entre la Academia de la OMPI y el INAPI, un acuerdo de colaboración aprobado mediante la resolución exenta Nº 59, de 2026, de este Instituto, acordándose impartir la Escuela de Verano, para su versión 2026, en modalidad presencial, en dependencias del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, entre los días 16 y 27 de marzo de 2026.3.- Que en el marco del mencionado Acuerdo, y tal como se señala en las letras f y g del párrafo 8, letra (b) INAPI, de la subsección (iv) Funciones, responsabilidades y contribuciones, de la sección III, Modalidades Operativas, del Acuerdo, entre las responsabilidades del Instituto Nacional de Propiedad Industrial está la de decidir el importe de las tasas que han de cobrarse por participar en el curso de verano, con sujeción a las tasas mínimas y máximas señaladas y a Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2774890 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.387 Viernes 27 de Febrero de 2026 Página 2 de 2 recaudar dichas tasas, dejándose presente que los ingresos por este concepto deberán utilizarse como contribución a los costos de organización del referido curso. 4.- Que, conforme al requerimiento señalado en los vistos, se ha decidido que las tasas a cobrar, considerando los mínimos y máximos establecidos en el referido Acuerdo, y que se estima cubrirán los costos que son responsabilidad de INAPI, son las siguientes: (A) Estudiantes de países en desarrollo: USD 50 (B) Profesionales de países en desarrollo: USD 100 (C) Estudiantes de países desarrollados: USD 100 (D) Profesionales de países desarrollados: USD 200 5. - Que los costos que deberá cubrir INAPI con motivo de la organización del Curso de Verano de la OMPI a realizarse entre los días 16 y 27 de marzo de 2026, son los señalados en el párrafo 9, letra (b) Inapi, de la subsección (iv) Funciones, responsabilidades y contribuciones, de la sección III, Modalidades Operativas, del Acuerdo, el que se reproduce a continuación: “9.
El INAPI sufragará los siguientes gastos: a) Todos los costos relacionados con la participación en el programa de conferenciantes que no sean los que se mencionan en los párrafos 7. a) y b) del apartado iv) de la sección III del presente Acuerdo. b) Los costos relacionados con los refrigerios, las comidas, etc. c) Todos los costos relacionados con el equipo o las plataformas tecnológicas necesarios para el curso de verano. d) Todos los costos relacionados con las visitas de estudio realizadas como parte del curso de verano. e) Los costos relacionados con las necesidades de transporte local para el curso de verano, de ser necesario.”. 6. - Que de acuerdo a lo confirmado por el Encargado del Departamento Administrativo en el ID 46983, del sistema de gestión documental Sigedoc, señalado en los vistos, los montos recaudados por Inapi por concepto de participación en el curso, deberán ser ingresados en la cuenta corriente de Inapi, y contabilizados en el ítem presupuestario: Subtítulo 07, ítem 02 "Venta de Servicios". Resuelvo: Artículo primero: Autorízase el cobro de las siguientes tasas por participación en Curso de Verano de la OMPI (Summer School) 2026, en el marco del convenio de colaboración suscrito con la Academia de la OMPI, ubicadas entre los mínimos y máximos establecidos en el referido Acuerdo, y que se estima cubrirán los costos a los que por el mismo Acuerdo se responsabiliza a INAPI: (A) Estudiantes de países en desarrollo: USD 50 (B) Profesionales de países en desarrollo: USD 100 (C) Estudiantes de países desarrollados: USD 100 (D) Profesionales de países desarrollados: USD 200 Artículo segundo: Ingrésense los montos recaudados en la cuenta corriente de INAPI, y contabilícense en el ítem presupuestario: Subtítulo 07, ítem 02 “Venta de Servicios”. Anótese, regístresey publíquese en el Diario Oficial. - Gabriela Alegría, Directora Nacional (S), Instituto Nacional de Propiedad Industrial. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2774890 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl