Autor: Andrés Celedón U. Autónoma
CARTAS: Límites a la potestad municipal
CARTAS: Límites a la potestad municipal de la potestad normativa municipal. Las ordenanzas locales son una manifestación de la potestad reglamentaria de los municipios. Su función es concretar la legislación general a la realidad territorial de cada comuna, permitiendo regular la convivencia, el uso del espacio público y la seguridad comunitaria. Sin embargo, esta facultad no es ilimitada. La experiencia comparada y la jurisprudencia nacional coinciden en quetoda ordenanza debe respetar estrictamente el principio de juridicidad, es decir, actuar dentro del marco de competencias que la ley entrega al municipio.
En efecto, estas sólo pueden regular materias de interés local y sus sanciones, generalmente multas aplicadas por los Juzgados de Policía Local, deben respetar las garantías del debido proceso y el principio de proporcionalidad propio del derecho administrativo sancionador. Iniciativas como la mencionada deben analizarse con especial cautela. Bajo el objetivo de mejorar la convivencia, no se pueden invadir ámbitos reservados a la ley ni establecer sanciones que excedan las atribuciones municipales. Andrés Celedón Abogado y académico, U. Autónoma El Mercurio de Valparaíso invita a sus lectores a escribir sus cartas a esta sección. Los textos deben tener una extensión máxima de 1.000 caracteres e ir acompañados del nombre completo, cédula de identidad y número telefónico del remitente. La dirección se reserva el derecho de seleccionar, extraer, resumir y titular las misivas. Las cartas deben ser dirigidas a cartasdeloslectores@mercuriovalpo.cl. . - - -