Autor: Fernando Medina, Profesor de Derecho Constitucional de la UniversidadCatólica del Maule einvestigador de Polis, Universidad de los Andes
COLUMNAS DE OPINIÓN: ¿Qué pasa si eliminamos el pago en UF y el tope de pcnce a{os de indeminización?
COLUMNAS DE OPINIÓN: ¿ Qué pasa si eliminamos el pago en UF y el tope de pcnce a{os de indeminización? de once años de indemnización? Una de las características de la niñez, es que el razonamiento suele ser más bien concreto, pues la capacidad de abstracción se va incorporando a la personacomo parte desu proceso de desarrollo. La representación abstracta nos permite medir las consecuencias de nuestras decisiones, y por eso nos hace libres y responsables.
Sin duda esta cualidad resulta indispensable en todos los ámbitos de la vida, y adquiere una especial relevancia cuando se trata de quienes deciden sobre la mejor manera dealcanzar el interés general, es decir, sobre quienes están encargados de la dirección política del país. El gran problema es que la actividad política, por esencia, exige un razonamiento complejo, que pondere debidamente todos los factores que inciden en una decisión particular.
No por nada Aristóteles enseñó que la polí ca es una actividad arquitectónica, dado que le corresponde asumir la compleja tarea de ordenar, coordinar y organizar todas las demás disciplinas que cultiva el hombre. tiva el hombre. tiva el hombre. Las propuestas de eliminar ciertos pagos en UF, y de quitar el tope de la indemnización por años de servicio son claros ejemplos del pensamiento infantiizado. El tener que pagar un dividendo fijo, que no suba mes a mes, es una idea que suena bien. Lo mismo aplica para los arancelesuniversitarios, los arriendos y los planes de isapre.
Por otra parte, también suena bien el eslogan "año trabajado, año pagado", revivido por Diego Ibáñez (FA). Sin embargo, en política no existen los problemas simples, y los adultos estamos obligados a hacernos preguntas difíciles paraevitar las malas decisiones. En este caso, esas preguntas remiten a las razones que explican la existencia de la UF y del tope de once años de servicio, y las consecuencias que se derivarían de sus respectivas eliminaciones. En primer lugar, la UF existe para resguardar la equivalencia de nuestros tratos comerciales.
Dado que el dinero pierde valor. con el paso del tiempo, es justo que en las obligaciones de tracto sucesivo (es decir, aquellas to sucesivo (es decir, aquellas que se cumplen periódicamente) exista un mecanismo para mantener, en términos reales y no puramente nominales, la estabilidad de los contratos. Por tanto, eliminar el pago en UF sólo acabaríacon un mecanismo parasoIucionar un problema, no con el problema ensí.
En consecuencia, los oferentes deberán recurrir a otros medios para protegerse de la inflación, como el establecimiento de precios mucho más elevados que los actuales y en el caso de los créditos hipotecarios, la reducción sustantiva de los plazos de pago, tal como ocurre en los países vecinos. En segundo lugar, el tope de once años (o de 330 días de remuneración) para la indemnización por años de servicio es una medida que busca fomentar el empleo formal. Este límite representa un límite claro y previsible al costo de despedir a un trabajador, lo que reduce la incerti'dumbre que naturalmente implica toda relación laboral. Así, la certeza que este tope ofrece al empleador funciona como incentivoa la contratación formal y a tivoa la contratación formal y a plazo indefinido, al tiempo que resguarda los derechos de los trabajadores. En consecuencia, la eliminación del límite de once años provocaría, tal como dijo el ministro Marcel, más contratos aplazofijo o con boleta de honorarios, menores empleos formalesy, en definitiva, una precarización del empleo en Chile. En conclusión, es imperioso abandonar el razonamiento infantil en el Congreso. Debemos exigir de nuestros parlamentarios la responsabilidad y la seriedad que requiere el trabajo arquitectónico de la política. Sin ir más lejos, recordemos la fiebre de los retiros de pensiones, cuyas consecuencias pagamos todos hasta el día de hoy. Francisco Medina K Profesor de Derecho Constitucional dela Universidad Caca delMae. e investigador de Poiis Universidad de los Andes. h. - -