SOCIEDAD INVERSIONES BV LIMITADA 77.745.124-3*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.875 Jueves 13 de Junio de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2505376 EXTRACTO ALBERTO MOZO AGUILAR, Abogado, Notario Público, Titular 40 Notaría de Santiago, Teatinos N 332, certifico: por escritura pública de hoy ante mí, MACARENA JALIR DIAZ ORELLANA, Enfermera, RICARDO ANTONIO YAÑEZ MARTINEZ, Médico Cirujano, ambos con domicilio Tiahuanaco, número mil setenta y siete, departamento trescientos uno A, Vitacura, Modificaron “SOCIEDAD INVERSIONES BV LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha veintinueve de Marzo del año dos mil veintitrés, otorgada en Notaría de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar, un extracto de la referida escritura se inscribió a fojas veintiocho mil seiscientos veintidós, número trece mil ciento uno, en el Registro de Comercio del año dos mil veintitrés, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil quinientos dieciséis de fecha treinta y uno de Marzo de dos mil veintitrés. - MODIFICACIONES CONSISTEN. - A) Se modifica el nombre de fantasía de la sociedad y en consecuencia se modifica y reemplaza la Cláusula Segunda del pacto social relativa a la Razón Social, por la siguiente: SEGUNDO: La Razón social será “SOCIEDAD INVERSIONES BV LIMITADA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía, incluso ante Instituciones Bancarias, Servicio de Impuestos Internos y otros el de “CLINICA BALMORAL LTDA”. Y B) Se modifica y reemplaza la Cláusula Tercera, del pacto social relativa al objeto social; por la siguiente: “TERCERO: El objeto de la sociedad será efectuar a) La inversión, adquisición y enajenación por cuenta propia o de terceros, en bienes muebles, inmuebles, corporales o incorporales, títulos, valores, acciones, bonos, u otros documentos mercantiles o Bancarios sin limitación y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio, administrar estas inversiones y percibir sus frutos y utilidades. - b) Efectuar negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y/o explotarlas por cuenta propia o ajena; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos, c) la prestación de servicios y/o de asesorías profesionales, en distintas artes, oficios o profesionales, especialmente en materias inmobiliarias; d) Formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo su objeto compra, venta, arrendamiento de toda clase de y construcción de toda clase de inmuebles, sea por cuenta propia o ajena, y en general cualquier otro negocio que acordaren los socios.
Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, sin otras limitaciones que las impuestas por la ley. - e) La adquisición y enajenación de cuotas o derechos en otras sociedades y su administración f) la percepción e inversión de las rentas que generen las actividades sociales, y cualquier otra relacionada que acuerden los socios en el futuro. - G) La prestación de servicios en las diversas áreas de la medicina en general comprendiendo diagnósticos, consultas, tratamientos quirúrgicos y no quirúrgicos, rehabilitación física, enfermería, realización de exámenes médicos y toda actividad conexa o derivada de la principal, directamente o a través de convenios, o adjudicadas por licitaciones públicas gubernamentales o de instituciones privadas.
Prestación de servicios de salud a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud (FONASA), Instituciones Previsionales de Salud (ISAPRES), Servicios de Bienestar o de organismos públicos, municipales o privados; prestación de servicios de educación en salud". Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 06 de junio de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2505376 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl