Inversiones Arancibia SpA 76.991.584-2*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.415 Miércoles 1 de Abril de 2026 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2790657 EXTRACTO ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de esta ciudad, con domicilio en este oficio calle Huanhualí N 292 de la ciudad y comuna de La Serena, certifica que por escritura pública Repertorio Nro. 629-2026, de fecha 11 de Marzo de 2.026, otorgada ante mí, MARÍA JOSÉ ARANCIBIA BAQUEDANO, educadora de párvulos y empresaria, c.n.i. 13.874.599-6, RODRIGO ALEJANDRO ARANCIBIA BAQUEDANO, ingeniero constructor, c.n.i. 13.234.422-1, y RODRIGO ALFONSO ARANCIBIA BAQUEDANO, ingeniero constructor, c.n.i. 5.415.902 -1, todos domiciliados en Huanhualí n 569,2 piso, La Serena, modificaron INVERSIONES ARANCIBIA SpA, constituida por escritura pública de 15.02.2019 ante Gonzalo Oñate Miranda, Notario Suplente de la 4ª Notaría de La Serena, del titular Rubén Reinoso Herrera, extracto inscrito a fs. 2 n 2 del Registro de Comercio de Andacollo año 2.019.
Por instrumento, María José Arancibia Baquedano, Rodrigo Alejandro Arancibia Baquedano y Rodrigo Alfonso Arancibia Morales, quienes representan la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, lo que fue certificado por notario autorizante teniendo a la vista el Registro de Accionistas de la Sociedad, y en conformidad de las disposiciones del artículo 427 del Código de Comercio, acordaron modificar los estatutos de la sociedad, transformándola en una sociedad de responsabilidad limitada bajo el nombre de “Inversiones Arancibia Limitada”, conforme a artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y la ley n 3.918 y sus modificaciones, la que se regirá por las estipulaciones indicadas instrumento que extracto. Razón social: “INVERSIONES ARANCIBIA LIMITADA”. Nombre de fantasía: “ARANCIBIA LTDA.”. Domicilio: ciudad y comuna de Andacollo, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país.
Objeto: será La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios.
Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho.
Administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a los socios Rodrigo Alfonso Arancibia Morales y don Rodrigo Alejandro Arancibia Baquedano, actuando en forma conjunta o separada, indistintamente, quien podrá actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, indistintamente, designe en cualquier momento.
En caso de fallecimiento de uno de los socios administradores, la administración recaerá única y exclusivamente en el socio administrador que sobrevive, quien también podrá actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, indistintamente, designe en cualquier momento.
Los socios administradores o el socio administrador, según corresponda, como también el apoderado y/o los mandatarios que se designen, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad con amplias facultadesCapital: $1.000.000. - en el que participan los socios de la siguiente manera: a) Rodrigo Alfonso Arancibia Morales, dueño de un 50% de derechos sobre capital social; b) María José Arancibia Baquedaño, dueña de un 25% de derechos sobre el capital social; y, c) Rodrigo Alejandro Arancibia Baquedano Baquedaño, dueño de un 25% de derechos sobre el capital social El capital precedentemente indicado se encuentra íntegramente enterado con cargo al capital social de $1.000.000 que poseía la compañía como sociedad por acciones bajo el nombre de “Inversiones Arancibia SpA”, previo Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2790657 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.415 Miércoles 1 de Abril de 2026 Página 2 de 2 a su transformación en sociedad de responsabilidad limitada acordada en instrumento que se extracta.
Duración: la sociedad tendrá una duración de 50 años, a contar de la fecha de inscripción del presente extracto en el Registro de Comercio del domicilio social, plazo renovable sucesiva y automáticamente, por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con anticipación mínima de 2 meses antes del fin del período respectivo. Demás estipulaciones constan escritura extractada. La Serena a 17 de Marzo del año 2026. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2790657 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl