Decreto número 39, de 2024.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Ex Cuartel de la Central Nacional de Informaciones de calle Miraflores N° 724, comuna de Temuco, Región de La Araucanía
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.010 Jueves 28 de Noviembre de 2024 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2574947 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL SITIO DE MEMORIA EX CUARTEL DE LA CENTRAL NACIONAL DE INFORMACIONES DE CALLE MIRAFLORES N 724, COMUNA DE TEMUCO, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA Núm. 39. - Santiago, 16 de octubre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3 N 25 de la ley N 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes N 16.617 y N 16.719, deroga el decreto ley N 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo N 11, de 2018, que modifica el decreto supremo N 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el acta de sesión ordinaria de fecha 26 de abril y acta de sesión extraordinaria del 13 de diciembre, ambas de 2023, del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria. Considerando: 1. Que, la solicitud de declaratoria como Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico fue realizada mediante carta de fecha 29.04.2019 por el Sr. Carlos Oliva Troncoso, Presidente de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de La Araucanía. La solicitud cuenta con cartas de apoyo de autoridades locales y regionales, de la sociedad civil, como también de agrupaciones de memoria y derechos humanos, entre otras. 2.
Que, el inmueble se compone por dos volúmenes separados por Block A (acceso oriente) y Block B (acceso poniente). En este último se ubica, en el primer piso, lo que fue el centro de detención y tortura que funcionó entre 1981 y 1984.
El sitio de memoria está conformado por dos espacios del Block B, correspondientes a los roles SII 28-16 (dirección Miraflores N 724) y 28-45 (dirección Arturo Prat N 102), y por parte de los espacios comunes del edificio, correspondientes a la entrada principal de este por calle Miraflores N 724.
Al respecto, cabe señalar que, conforme a lo establecido en el Plano N 8-2023, esta declaratoria lleva por título la denominación por la que ha sido reconocido como Sitio de Memoria, aludiendo a su ubicación y acceso de calle Miraflores.
El inmueble es de propiedad fiscal, concesionado a distintas organizaciones sociales y asociadas a derechos humanos; está inscrito a fojas 2997 N 2390 del año 1978 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, con una superficie construida de 418,80 m². Tiene diez oficinas y sus dependencias son ocupadas por varias organizaciones sociales y asociadas a derechos humanos. Su uso original era habitacional. 3.
Que, la Central Nacional de Informaciones fue un organismo de inteligencia que funcionó como órgano de persecución, secuestro, tortura, asesinato y desaparición de opositores políticos Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2574947 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.010 Jueves 28 de Noviembre de 2024 Página 2 de 4 durante la dictadura cívico-militar. Su vinculación con el gobierno se realizaba mediante el Ministerio del Interior, dependiente de la Presidencia de la República.
Su objetivo fue reunir y procesar la información a nivel nacional proveniente de los diferentes campos de acción, que el Gobierno requiriese para la formulación de políticas, planes y programas y la adopción de medidas necesarias de resguardo de la seguridad nacional y el normal desenvolvimiento de las actividades nacionales y mantención de la institucionalidad establecida. 4.
Que, entre el 14 y el 17 de enero de 1986,5 mujeres y 17 hombres pertenecientes a las Juventudes Comunistas o simpatizantes, todos estudiantes universitarios o de educación secundaria, que se encontraban desde el 12 de enero en un campamento de trabajo político y social en el sector rural de la comuna de Lautaro, fueron detenidos y torturados en el cuartel de la CNI de calle Miraflores. Los testimonios de los detenidos señalan que un grupo indeterminado de civiles con brazaletes rojos de la CNI los abordaron; algunos indican que fueron esposados, vendados y subidos a un furgón.
Los detenidos fueron expuestos en prensa de la época y los testimoniantes declaran que fueron fotografiados por agentes de la CNI y obligados a declararse culpables de integrar una escuela de guerrillas, siendo filmados y obligados a firmar una declaración incriminatoria; todos coinciden en que la fotografía que apareció en prensa fue tomada en Miraflores N 724.5. Que, el Informe Valech reconoce que, de acuerdo con los testimonios entregados, el recinto funcionó entre octubre de 1981 y septiembre de 1986, registrándose la mayor cantidad de detenidos en este último año. Se consigna como un recinto secretode interrogatorio y tortura, donde los detenidos fueron incomunicados, con ojos vendados, amarrados o esposados. Las torturas se acrecentaban durante la noche, para impedirles dormir. Además, se establece que el recinto no fue reconocido por las autoridades y muchos detenidos que fueron llevados a este lugar no pudieron identificar, durante años, dónde habían sido torturados. 6. Que, los testimonios coinciden en denunciar al interior del recinto la aplicación de golpes, aplicación de electricidad, obligación de permanecer en posiciones forzadas y tendidos en el suelo, mientras saltaban sobre sus cuerpos.
Se mencionan amenazas de muerte y de agresión a familiares, manipulación sicológica para obligar a firmar documentos autoinculpatorios o amenazas de detener o hacer desaparecer a algún familiar directo, así como violencia sexual a las mujeres. La ocupación del inmueble como lugar de detención de la CNI se reconoce en el decreto supremo N 747, del 27.07.1984, del Ministerio del Interior. 7. Que, los atributos que presenta el bien y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes: Portón del acceso principal desde la calle Miraflores. El patio semi techado y abierto. Acceso desde el patio a las dependencias marcado por peldaño. Salón principal. Salón "de las lucarnas". Mesón que separa la cocina del salón "lucarnas", de estructura madera y revestimiento de melamina. Espacio conmemorativo ubicado en el acceso al inmueble por calle Miraflores. 8.
Que, como valores históricos y fundamentos de memoria y derechos humanos que sustentan la solicitud de declaración como Monumento Histórico, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes: El cuartel es testimonio material del accionar represivo de la Central Nacional de Informaciones (CNI), donde se efectuaron detenciones ilegales, torturas, violencia sexual y apremios ilegítimos contra opositores políticos de la dictadura militar, y que funcionó a pocos metros de las instalaciones de la Policía de Investigaciones y de la Fiscalía Militar, entre octubre de 1981 y septiembre de 1986. El lugar fue identificado por las y los prisioneros sobrevivientes, lo que propició su señalamiento en la opinión pública como un recinto de detención.
Actualmente, se constituye como un lugar de memoria asociado a la acción de denuncia de las agrupaciones de derechos humanos de Temuco, en torno a las violaciones a los derechos humanos cometidas por los agentes de Estado. El sitio es un reflejo de la historia reciente del país y de la memoria de las víctimas de la represión política de Estado. Su preservación en el tiempo es una contribución a la protección, promoción y educación de los derechos humanos. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2574947 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.010 Jueves 28 de Noviembre de 2024 Página 3 de 4 9. Que, para esta declaratoria se remitieron las siguientes consultas de opinión: a. Al Ministerio de Bienes Nacionales, que mediante Ord. GABM N 73, del 26. Ene. 2023, la Ministra Javiera Toro Cáceres, manifestó su opinión favorable a la declaratoria. b. Al Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, que mediante Carta MMDG N 217/2023, de María Fernanda García Iribarren, Directora Ejecutiva, manifestó su opinión favorable a la declaratoria. c. A la Ilustre Municipalidad de Temuco, que mediante Ord. N 2352, del 21. Nov. 2022 y Ord. N 645, del 13. Abr. 2023, de su Alcalde Roberto Neira Aburto, manifestó su opinión favorable a la declaratoria. 10.
Que, en sesión ordinaria de fecha 26 de abril de 2023, el Consejo de Monumentos Nacionales acordó aprobar por unanimidad la solicitud de declaración y pedir al Ministro(a) de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del decreto que declare Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico el Sitio de Memoria ex Cuartel de la Central Nacional de Informaciones de calle Miraflores N 724, comuna de Temuco, Región de La Araucanía. 11.
Que, en sesión extraordinaria de fecha 13 de diciembre de 2023, se dictó fe de erratas en cuanto al acta de 23 de abril del mismo año, en el sentido de aclarar la composición de los bienes que se incluyen en el polígono de protección, señalando los roles del Servicio de Impuestos Internos y las direcciones respectivas para estos.
Decreto: Artículo primero: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico el Sitio de Memoria ex Cuartel de la Central Nacional de Informaciones de calle Miraflores N 724, comuna de Temuco, Región de La Araucanía, individualizado y graficado según plano de límites oficial N 8-2023, el cual se adjunta, estableciendo un área protegida de 536 m², en los siguientes términos: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2574947 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.010 Jueves 28 de Noviembre de 2024 Página 4 de 4 Artículo segundo: Archívese oficialmente el plano N 8-2023 de límites del Sitio de Memoria ex Cuartel de la Central Nacional de Informaciones de calle Miraflores N 724, comuna de Temuco, Región de La Araucanía, con el fin de dejar constancia indubitada de su contenido y ajustarse al principio de transparencia y publicidad que debe imperar en los procedimientos administrativos de los órganos de la Administración del Estado.
Artículo tercero: Incorpórase el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3 N 30 de la ley N 21.045, que Crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Sitio de Memoria ex Cuartel de la Central Nacional de Informaciones de calle Miraflores N 724, comuna de Temuco, Región de La Araucanía, en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el N 4 del artículo 30 de la ley N 21.045. Anótese, tómese razón y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2574947 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl