Constitución Iglesia Evangélica Jahvek
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.889 Martes 2 de Julio de 2024 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2512769 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas IGLESIA EVANGÉLICA JAHVEK (Extracto) Alberto MozóAguilar, Abogado, Notario Público Titular 40º Notaría de Santiago, Teatinos Nº 332, certifica: que por escritura pública de constitución y aprobación de estatutos de fecha 5 julio 2023, repertorio 3592/2023 ante Notario Alberto MozóAguilar y escritura complementaria y rectificatoria de fecha 3 de enero 2024, repertorio 45/2024 ante Notario Suplente del Titular, Rodrigo Sotomayor Graepp se redujo el acta de constitución y aprobación de estatutos de la entidad religiosa "Iglesia Evangélica Jahvek": a) Nombre: Iglesia Evangélica Yahvek; Domicilio: Villa San Domingo, San Manuel, comuna San Javier, Región del Maule; b) Registro Público de Inscripción Nº 6390, de fecha 20 de julio de 2023; c) Nombre de los Constituyentes: Rodrigo Alejandro Jiménez Muñoz, María Angélica Castro Cancino, Manuel Daniel Jiménez Apablaza, Irma Elizabeth Muñoz Vargas, Ángel Horacio Aveiro, Julia Jiménez Apablaza y Fabrizio Jeremy Jiménez Burgos; d) Son sus elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa, aquellos que señalan los estatutos de la entidad religiosa, compuesto de sesenta y nueve artículos permanentes, siendo ellos fundamentalmente los siguientes: Cree en un Dios Trino: Padre, Hijo y Espíritu Santo; Cree en Jesucristo único salvador de la humanidad, Hijo de Dios quien no fue concebido por voluntad humana sino por obra del Espíritu Santo, que murió en la cruz del Calvario y resucitó al tercer día, ascendió a la diestra del Padre para interceder ante Él por los que le invoquen en Espíritu y en verdad; Cree en la autoridad de las Sagradas Escrituras como la Palabra de Dios, la que está constituida por los Libros Canónicos del Antiguo Testamento desde el Génesis hasta el Apocalipsis; Reconoce como Sacramentos el Bautismo por Aspersión para arrepentimiento; el Bautismo de los niños para consagración; la Santa Cena instituida por el Señor y que simboliza nuestra redención por la muerte de Cristo en la cruz y el Matrimonio; Cree en el Bautismo del Espíritu Santo como poder regenerador y creador de una vida nueva acompañada del gozo y la alegría del Poder Pentecostal; Cree en la resurrección de los muertos y en la segunda venida de Cristo a la tierra en Gloria y Majestad para llevar consigo a sus redimidos yCree en la Justificación por la Fe en Jesucristo y no por las obras de la Ley. Reconoce y realiza sólo matrimonios entre un hombre y una mujer, entendiéndose por tales los que tengan esa condición al momento de su nacimiento.
El objeto de la iglesia será, entre otros, proclamar el Evangelio del Señor Jesucristo; velar por el perfeccionamiento espiritual de los fieles; difundir las enseñanzas del Señor Jesucristo según las Sagradas Escrituras a través de todos los medios legales; abrir templos, locales o capillas de culto; hacer uso de vías públicas y todos los medios de comunicación en general; crear y realizar tareas de educación y enseñanzas en jardines infantiles, escuelas, liceos, Institutos, Universidades y cualquier otro tipo de establecimiento de enseñanza, educación y/o capacitación; realizar ayuda de asistencia social y evangelización; crear y ayudar hogares de ancianos, menores, juveniles, comedores abiertos, hospitales, clínicas, cárceles; crear dispensarios, policlínicos y hospitales; crear otras personas jurídicas, de derecho público o derecho privado, que permitan a la iglesia alcanzar los fines propuestos.
Para ello podrá, entre otros Realizar conferencias, seminarios, charlas, tanto en Chile como en el extranjero; Promover la creación, instauración de Institutos Bíblicos; Sostener, abrir y mantener todo tipo de establecimientos de educación; Colegios, Institutos Profesionales, Universidades todo ello de conformidad con la Ley y realizar toda actividad que permita el logro de sus fines;e) Los órganos de administración que regulan su actuar, sus atribuciones y el número de miembros que los componen son los siguientes: El Pastor Gobernante y la Junta de Oficiales Diáconos. Son funciones del pastor gobernante: Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; Convocar Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2512769 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.889 Martes 2 de Julio de 2024 Página 2 de 2 y presidir las sesiones de la Junta de Oficiales Diáconos, ordinarias y extraordinarias; Dar cuenta anual de la marcha de la Iglesia; Ejecutar los acuerdos de las Juntas de Oficiales Diáconos, con quien corresponda; las demás atribuciones que determinan estos estatutos o le fueren encomendadas.
Son funciones de la Junta de Oficiales Diáconos compuesta de seis miembros que deberán asesorar al Pastor Gobernante sobre las bases administrativas de la Iglesia, económicas y financieras; cuando éste los solicite en todo tema relacionado con la marcha de la Iglesia actual o futura, en sus planes de acción, de su administración y/o de administración de sus recursos y; en general, tratar y resolver todo asunto o materia de interés a la Iglesia que el Pastor Gobernante les encomiende. f) Dicha entidad se encuentra inscrita en el Registro Público de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia bajo el Nº 6390, de fecha 20 de julio de 2023. - Santiago, 19 de junio de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2512769 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl