Resolución exenta número 5.015, de 2024.- Modifica resolución N° 4.481 exenta, de 2022, que establece plan de acción de medidas fitosanitarias inmediatas de emergencia para el control de Aphelenchoides fragariae
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.921 Viernes 9 de Agosto de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2529427 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCIÓN N 4.481 EXENTAQUE ESTABLECE PLAN DE ACCIÓN DE MEDIDAS FITOSANITARIAS INMEDIATAS DE EMERGENCIA PARA EL CONTROL DE APHELENCHOIDES FRAGARIAE (Resolución) Núm. 5.015 exenta. - Santiago, 26 de julio de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en la Ley N18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; el decreto N 17 de 2023 del Ministerio de Agricultura que nombra Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; las resoluciones exentas N 3.080, de 2003, que Establece criterios de regionalización en relación a las Plagas Cuarentenarias para el territorio de Chile; la resolución exenta N 4.481, de 2022, que Establece plan de acción de medidas fitosanitarias inmediatas de emergencia para el control de Aphelenchoides fragariae y la resolución N 1.557 de 2014 y sus modificaciones, que Establece exigencias para la autorización de plaguicidas, todas del Servicio Agrícola y Ganadero. Considerando: 1.
Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante SAG o Servicio, es la autoridad nacional encargada de proteger el patrimonio fito y zoosanitario del país, y con este fin mantiene un sistema de vigilancia y diagnóstico de las plagas y enfermedades silvoagropecuarias susceptibles de presentarse en el país y, de ser necesario, formular los programas de acción que corresponda. 2.
Que, el nematodo Aphelenchoides fragariae se encuentra regulado con el estatus fitosanitario de plaga cuarentenaria ausente, según resolución exenta SAG Nº 3.080, de 2003 y que, a través de denuncia, se detectó la presencia del nematodo Aphelenchoides fragariae, en cultivo de frutilla, ubicado en la comuna de Santo Domingo, Región de Valparaíso. Los resultados constan en el informe fitosanitario del Servicio Nº de Folio 52056 de 2022.3.
Que, ante la detección de Aphelenchoides fragariae afectando plantas de frutilla (Fragaria x ananassa) durante el año 2022, se emitió la resolución exenta N 4.481 de 2022, la cual estableció un Plan de acción de medidas fitosanitarias inmediatas de emergencia para el control de Aphelenchoides fragariae con una duración de dos años, este instrumento ha permitido llevar a cabo las acciones pertinentes para conocer la situación de la plaga en el territorio nacional, hospedantes afectados y nivel de impacto de la misma. 4. Que, el SAG mediante resolución N 4.481 de 2022, dispuso entre las medidas fitosanitarias, la aplicación de plaguicidas para contener y disminuir el impacto de la plaga. 5.
Que, la resolución N 1.557, de 2014 del SAG, establece que el Servicio, previa evaluación favorable, podrá otorgar autorización a plaguicidas para usos especiales cuando estos se requieran como parte de las medidas contempladas en los programas de control de plagas, para emergencia fitosanitaria u otros que el Servicio establezca. 6.
Que, existen varias alternativas de plaguicidas que el SAG ha autorizado bajo la modalidad de uso especial a ser utilizados por parte de los propietarios, arrendatarios y/o tenedores de los lugares de producción de productos de consumo o materiales de propagación y, Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2529427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.921 Viernes 9 de Agosto de 2024 Página 2 de 2 que es pertinente autorizar definitivamente su uso en huertos y viveros de las especies hospedantes, si cuentan con los estudios de eficacia que así lo respalden y que, por consiguiente, se hace necesario establecer una fecha límite para que los titulares de los plaguicidas autorizados bajo la modalidad de uso especial realicen los ajustes requeridos para solicitar la autorización de uso definitivo y actualizar las etiquetas. 7.
Que, para propósitos de facilitar el cambio en el estatus regulatorio de la plaga, considerando poder desarrollar y poner a disposición de los productores, principalmente a los pertenecientes a la Agricultura Familiar Campesina (AFC) todo un conjunto de medidas de mitigación y control para que puedan convivir con la plaga, es que se hace necesario extender el plazo de la normativa vigente. Resuelvo: 1.
Reemplácese el numeral 8 de la parte resolutiva, por el siguiente texto: "Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial y tendrá vigencia de 3 años a contar de la misma. Las medidas establecidas en esta resolución estarán sujetas a evaluación de acuerdo con los resultados de las prospecciones realizadas por el Servicio. " 2. Los plaguicidas autorizados para uso especial en el marco de las medidas emergenciales de Aphelenchoides fragariae, podrán utilizarse hasta el 31 de diciembre de 2025.
A contar de esta fecha, los plaguicidas deberán haber obtenido la ampliación de uso, con la correspondiente incorporación del control de este nematodo en la etiqueta, para usos en huertos y viveros de las especies hospedantes, de acuerdo al procedimiento y requerimientos establecidos en la resolución exenta N1.557 de 2014 y sus modificaciones, o aquella que la reemplace. 3.
Las resoluciones regionales emitidas en el marco de la resolución exenta N 4.481, de 2022, que Establece plan de acción de medidas fitosanitarias inmediatas de emergencia para el control de Aphelenchoides fragariae, se mantienen vigentes y todas sus medidas fitosanitarias deben continuar siendo aplicadas, sin perjuicio de que por el comportamiento de la plaga estas deban ser revisadas y modificadas. 4.
Los incumplimientos de las medidas dispuestas serán sancionados de acuerdo con lo indicado en el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola y a la Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero. Anótese, comuníquese y publíquese. - José Arturo Guajardo Reyes, Director Nacional Servicio Agrícola y Ganadero. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2529427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl