LORETO 59 1/63 y otras / Pacific Hydro Chacayes S.A.
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 43.897 Jueves 11 de Julio de 2024 Página 1 de 3 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2516464 EN LO PRINCIPAL: RENUNCIA TOTAL DE CONCESIONES MINERAS; PRIMER OTROSÍ: ACOMPAÑA DOCUMENTOS; SEGUNDO OTROSÍ: ACREDITA PERSONERÍA; TERCER OTROSÍ: PATROCINIO Y PODER, Y DELEGA PODER. S. J.
L. del Juzgado de Letras de Rancagua Cristóbal Alberto Herrera Ahlers, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad N 16.096.822-2, en representación, según se acreditará, de Pacific Hydro Chacayes S.A., sociedad del giro de generación de energía, Rol Único Tributario número 76.006.855-1 (en adelante la “Sociedad”), ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello número 2711, piso 24, comuna de Las Condes, Santiago, a S.S. respetuosamente digo: 1.
Que, en la representación que invisto, y en conformidad a lo dispuesto en el artículo 162 del Código de Minería y los artículos 61 y siguientes del Reglamento del Código de Minería (en adelante el “Reglamento”), vengo en solicitar a S.S. la aprobación y aceptación a las renuncias totales de las concesiones mineras de explotación constituidas de propiedad de la sociedad, que se individualizan a continuación (en adelante las “Concesiones Mineras”) y cuyos instrumentos públicos respectivos se acompañan en el Primer Otrosí de esta presentación: a) “LORETO 59 1/63”, cuya acta de mensura y sentencia constitutiva, que a su vez es el título de dominio vigente a nombre de la Sociedad, se encuentran inscritas a fojas 230 vuelta, número 56, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Rancagua correspondiente al año 2012, Rol Nacional número 061020621-2. b) “LORETO 60 1/27” cuya acta de mensura y sentencia constitutiva, que a su vez es el título de dominio vigente a nombre de la Sociedad, se encuentran inscritas a fojas 223, número 55, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Rancagua correspondiente al año 2012, Rol Nacional número 061020622-0. c) "LAURA 8 1/131” cuya acta de mensura y sentencia constitutiva, que a su vez es el título de dominio vigente a nombre de la Sociedad, se encuentran inscritas a fojas 21 vuelta, número 6, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Rancagua correspondiente al año 2015, Rol Nacional número 061020626-3. d) "LAURA 9 1/245” cuya acta de mensura y sentencia constitutiva, que a su vez es el título de dominio vigente a nombre de la Sociedad, se encuentran inscritas a fojas 40, número 7, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Rancagua correspondiente al año 2014, Rol Nacional número 061020604-2 e) "LAURA 10 1/250” cuya acta de mensura y sentencia constitutiva, que a su vez es el título de dominio vigente a nombre de la Sociedad, se encuentran inscritas a fojas 65, número 10, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Rancagua correspondiente al año 2014, Rol Nacional número 061020605-0; y, f) "LAURA 11 1/284” cuya acta de mensura y sentencia constitutiva, que a su vez es el título de dominio vigente a nombre de la Sociedad, se encuentran inscritas a fojas 129, número 31, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Chañaral correspondiente al año 2012, Rol Nacional número 061020606-9.2. La renuncia solicitada corresponde a la totalidad de las Concesiones Mineras. 3.
Que, según consta en los documentos acompañados en el Primer Otrosí de esta presentación, la renuncia consta en escritura pública suscrita por apoderado válidamente facultado para tales efectos y en cumplimiento de todos los requisitos corporativos de la Sociedad. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516464 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.897 Jueves 11 de Julio de 2024 Página 2 de 3 4. Asimismo, consta en los documentos acompañados en el Primer Otrosí que las Concesiones Mineras no están afectas a prohibiciones ni gravámenes que puedan afectar derechos de terceros. POR TANTO, en atención a los documentos acompañados a esta solicitud y conforme a lo establecido en los artículos 162 del Código de Minería y artículos 61 y siguientes del Reglamento, A S.S.
RESPETUOSAMENTE PIDO: Se sirva, previo a la publicación reglamentaria correspondiente, aprobar la renuncia total de Pacific Hydro Chacayes S.A. a las Concesiones Mineras individualizadas y, en consecuencia, ordenar la cancelación de sus inscripciones respectivas en el Conservador de Minas de Rancagua. PRIMER OTROSÍ: Solicito a S.S. tener por acompañados, con citación, los siguientes documentos: 1. Copia autorizada de la escritura pública de "Renuncia total de Concesiones Mineras de Pacific Hydro Chacayes S.A. ”, otorgada con fecha 19 de junio de 2024, en la notaría de Santiago de Patricia Valentina Manríquez Huerta, Repertorio 7.490/2024.2.
Copia autorizada de la reducción a escritura pública de fecha 20 de mayo de 2024, del acta de la sesión de directorio de Pacific Hydro Chacayes S.A. celebrada con fecha 19 de abril de 2024, en que se acuerda la renuncia de las Concesiones Mineras, otorgada en la notaría de Santiago de Patricia Valentina Manríquez Huerta, Repertorio 6.040/2024.3.
Copias autorizadas de las inscripciones de las respectivas sentencias constitutivas y actas de mensura de las Concesiones Mineras, con todas sus subinscripciones y anotaciones marginales, emitidas por el Conservador de Minas de Rancagua con fecha 30 de mayo de 2024, todas ellas correspondientes a la inscripción de propiedad a nombre de la renunciante, con certificación de vigencia. 4. Copias autorizadas de los planos de mensura de las Concesiones Mineras de explotación, emitidas por el Conservador de Minas de Rancagua con fecha 30 de mayo de 2024.5.
Certificados de hipotecas y gravámenes, de prohibiciones e interdicciones, y de litigios, respecto de las Concesiones Mineras, que cubren desde la inscripción de la sentencia constitutiva y acta de mensura de las Concesiones Mineras hasta 30 días antes de la presentación de esta solicitud, emitidos por el Conservador de Minas de Rancagua con fecha 6 de junio de 2024. POR TANTO, A S.S. RESPETUOSAMENTE PIDO: Tener por acompañados los documentos señalados, con citación.
SEGUNDO OTROSÍ: Sírvase US. tener presente que mi personería para representar a PACIFIC HYDRO CHACAYES S.A., consta en escritura pública otorgada con fecha 19 de junio de 2024, en la notaría de Santiago de Patricia Valentina Manríquez Huerta, Repertorio 7.490/2024, cuya copia autorizada acompaño en el Primer Otrosí. POR TANTO, A S.S.
RESPETUOSAMENTE PIDO: Tener por acompañada la personería señalada, con citación TERCER OTROSÍ: En atención a mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, vengo en asumir personalmente el patrocinio y poder en estos autos, con las facultades contempladas en ambos incisos del artículo 7 del Código de Procedimiento Civil, las que se dan por íntegra y expresamente reproducidas en este acto, para todos los efectos legales; y, a la vez, vengo en delegar dicho poder, con las mismas facultades antes señaladas, al abogado habilitado don Agustín González Zalazar, de mí mismo domicilio, con quien podré actuar en forma conjunta o separada, indistintamente, y que firma junto a mí en señal de expresa aceptación. POR TANTO, A S.S. RESPETUOSAMENTE PIDO: Tener presente para todos los efectos legales.
FOJA: 6. - seis. - NOMENCLATURA: 1. [445]Mero trámite JUZGADO: 1 Juzgado Civil de Rancagua CAUSA ROL: V-167-2024 CARATULADO: PACIFIC HYDRO CHACAYES S.A. / Rancagua, uno de Julio de dos mil veinticuatro Folio 6 Se complementa la resolución dictada en folio 4 de fecha 26 de junio de 2024 en lo siguiente: Practíquese la publicación prevista en el artículo 66 del Reglamento del Código de Minería. - Téngase esta resolución como parte integrante de la dictada el 26 de junio de 2024 en folio 4. - En Rancagua, a uno de Julio de dos Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516464 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.897 Jueves 11 de Julio de 2024 Página 3 de 3 mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Margarita Loreto Navarrete Zurita Juez PJUD Uno de julio de dos mil veinticuatro 15:01 UTC-4. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.clCódigo: XNYVXXXVGRM. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516464 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl