Extractos: "Parque Eólico Culenco" de Cil De conformidad con lo dispuesto en el artículo 959 e inciso final del artículo 91D. (MMA) ¿Gabicinn 1N>40/2013 (Reglamento del SEIA), se comunica a toda persona natural y juridica que hubiera presentado observaciones durante el proceso de participación ciuda
Extractos: "Parque Eólico Culenco" de Cil De conformidad con lo dispuesto en el artículo 959 e inciso final del artículo 91D. (MMA) ¿ Gabicinn 1N40/2013 (Reglamento del SEIA), se comunica a toda persona natural y juridica que hubiera presentado observaciones durante el proceso de participación ciudadana de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Parque Eólico Culenco', sometida al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por su Titular Señor Simon Góbel, en representación de UKA CHILE Compañía, que por Resolución Exenta N* 20241600170/2024, de fecha 24 de septiembre de 2024, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble, calificó favorablemente el proyecto singularizado.
Estas naturales y jurídicas disponen de un plazo de 30 días, contados desde la presente notificación. para presentar recurso de reclamación ante la Directora Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 209 Ley N* 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido a través del sitio web www.seagob.cl o en las oficinas de la Dirección Regional del SEA Ñuble, ubicada en Constitución a viernes, 288, Chillán, en horario de atención entre las 08:30 a 13:30 horas, en días hábiles de lunes TASPUBLICIDAD.