Resolución exenta número 18, de 2026.- Modifica resolución Nº 259 exenta, de 2021, en el sentido que designa un nuevo miembro titular y miembro subrogante en el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.359 Lunes 26 de Enero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2755270 MINISTERIO DE HACIENDA MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 259 EXENTA, DE 6 DE AGOSTO DE 2021, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, EN EL SENTIDO QUE DESIGNA UN NUEVO MIEMBRO TITULAR Y MIEMBRO SUBROGANTE EN EL COMITÉ PARA LA FIJACIÓN DE LÍMITES A LAS TASAS DE INTERCAMBIO (Resolución) Núm. 18 exenta. - Santiago, 8 de enero de 2026.
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 23 del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley N 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.365, que regula las tasas de intercambio de tarjetas de pago; en la resolución exenta Nº 259, de 6 de agosto de 2021, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones contenidas en resolución exenta N 608, de 2021, resolución exenta N 311, de 2022, resolución exenta N 277, de 2024, resolución exenta N 217, de 2025, resolución exenta N 274, de 2025, y resolución exenta N 871, de 2025, todas del Ministerio de Hacienda; y en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1.
Que, la ley Nº 21.365, que regula las tasas de intercambio de tarjetas de pago (en adelante “Ley de Tasas de Intercambio”) creó el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio (en adelante “Comité”) como un organismo de carácter técnico, autónomo, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda, y cuya función es determinar los límites a las tasas de intercambio aplicables a transacciones con tarjetas, entre emisores y operadores, correspondientes a la venta de bienes o la prestación de servicios por entidades afiliadas en el país, sea que los pagos respectivos se realicen en forma directa o por intermedio del respectivo titular de marca de tarjetas. 2.
Que, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Tasas de Intercambio, el Comité está integrado por: a) un miembro designado por el Ministro de Hacienda, quien lo preside; b) un miembro designado por el Consejo del Banco Central de Chile; c) un miembro designado por la Comisión para el Mercado Financiero; y d) un miembro designado por la Fiscalía Nacional Económica. El referido precepto establece, además, la composición paritaria del Comité. Para ello, las instituciones que designan a los miembros lo harán en el mismo orden indicado. 3.
Que, el referido artículo 4 de la Ley de Tasas de Intercambio establece que todas las designaciones deberán recaer en funcionarios o empleados de las respectivas instituciones, incluyendo personas contratadas a honorarios o regidas por el Código del Trabajo, de reconocido prestigio por su experiencia y conocimiento en materias económicas, financieras, regulatorias o de libre competencia y que serán designadas por las respectivas autoridades mediante resolución que será publicada en el Diario Oficial.
Asimismo, el citado artículo dispone que los integrantes serán subrogados por aquellas personas que designen las respectivas autoridades mediante Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2755270 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Tasas de Intercambio, un funcionario del Ministerio de Hacienda actuará como secretario técnico del Comité y tendrá la calidad de ministro de fe respecto de sus actuaciones, deliberaciones y acuerdos, debiendo levantar acta de cada sesión. 5.
Que, a través de la modificación introducida por resolución exenta N 871, de 2025, del Ministerio de Hacienda, a la resolución exenta N 259, de 2021, del Ministerio de Hacienda, se designó como miembro titular y presidente del Comité al Sr. Gonzalo Arriaza Guíñez, Asesor de la Coordinación de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda. A la vez, se designó como miembro subrogante al Sr. Nickolas Mena Palma, Asesor de la Coordinación de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda. 6.
Que, en el marco de la normativa presentada y en ejercicio de mis facultades, por el presente acto se modifica la designación de miembro titular y miembro subrogante, realizada por el Ministerio de Hacienda en el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio. Resuelvo: 1.
Modifícase la resolución exenta Nº 259, de 6 de agosto de 2021, del Ministerio de Hacienda, que designa miembro titular, miembro subrogante y secretario técnico en el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio, en el sentido de: a) Reemplazar el resuelvo N 1 por el siguiente: “1. Desígnese a la Sra.
Carola Moreno Valenzuela, cédula nacional de identidad N 13.211.467-6, Coordinadora de Finanzas y Asuntos Internacionales del Ministerio de Hacienda, en calidad de miembro titular del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio”. b) Reemplazar el resuelvo N 2 por el siguiente: “2. Desígnese al Sr.
Gonzalo Eduardo Arriaza Guíñez, cédula nacional de identidad N 15.372.195-5, Asesor de la Coordinación de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, en calidad de miembro subrogante del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio.”. 2. Determínase que, por razones impostergables de buen servicio, las personas designadas asumirán sus funciones a contar de la fecha del presente acto administrativo, sin esperar su total tramitación. 3. Establézcase que en todo lo no modificado, se mantiene vigente la resolución exenta N 259, de 6 de agosto de 2021, del Ministerio de Hacienda. 4. Comuníquese al Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio de la presente resolución. Anótese, comuníquese, publíquese y archívese. - Nicolás Grau Veloso, Ministro de Hacienda. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2755270 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl