González - Muñoz
DIARIO OFICIAL III DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES.
VARIAS Núm. 43.940 Lunes 2 de Septiembre de 2024 Página 1 de 2 Publicaciones Judiciales CVE 2531552 NOTIFICACIÓN EL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL, Ureta Cox 855, San Miguel, ordenó notificación por aviso, a la demandada FERRETERÍAS LESSEL SpA, representada legalmente por Daniel Enrique Muñoz Vergara, en causa procedimiento aplicación general, RIT O-256-2023, caratulados “GONZÁLEZ/MUÑOZ”. ORLANDO JOSÉ GONZÁLEZ ROSALES, técnico en mantención, demanda en procedimiento aplicación general por despido injustificado, nulidad de despido y cobro de prestaciones a su ex empleador FERRETERÍAS LESSEL SpA, representada legalmente por Daniel Enrique Muñoz Vergara y como unidad económica en contra de DANIEL ENRIQUE MUÑOZ VERGARA FABRICACIÓN Y REPARACIÓN DE OTROS TIPOS, representa legalmente por DANIEL ENRIQUE MUÑOZ VERGARA y a don DANIEL ENRIQUE MUÑOZ VERGARA.
El demandante comienza a trabajar el día 27 de Septiembre de 2022, como técnico en mantención, en completa informalidad laboral, funciones que fueron desempeñadas en dependencias de Ferreterías Lessel SpA ubicada Los Raulíes N11057, El Bosque o donde fuese enviado según la jefatura, con remuneración de $625.000. Indica que día 13 de diciembre de 2022, fue despedido por faltar un día a su trabajo, sin que se cumplieran las formalidades establecidas en el artículo 162 del Código del Trabajo. Solicita se acoja la demanda y se condene a las demandadas al pago de las siguientes prestaciones: Indemnización sustitutiva de aviso previo por $625.000. Remuneración desde 7 de Noviembre a 13 de diciembre, ambos de 2022 por $660.714. Feriado proporcional por 4,428, por la suma de $92.250. Cotizaciones de Fonasa, AFP, y AFC de todo el tiempo trabajado. Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido hasta su convalidación Todo con reajustes, intereses y costas. El Tribunal proveyó 26/04/2023: Por interpuesta la demanda en procedimiento de aplicación general. Traslado. Cítese a las partes a una audiencia preparatoria, para el día 25 de mayo del 2023, a las 08:30 horas.
Atendido a la imposibilidad de notificar a la demandada FERRETERÍAS LESSEL SpA, representada legalmente por Daniel Enrique Muñoz Vergara, se solicitó notificarla a través de publicación de aviso en el Diario Oficial a lo que el tribunal accedió. Tribunal resuelve: 29/07/2024: Atendido el mérito de los antecedentes, notifíquese a la demandada FERRETERÍAS LESSEL SpA, en la forma establecida en el artículo 439 del Código del Trabajo.
Cítese a las partes a una audiencia preparatoria, para el día 11 de septiembre del 2024, a las 09:10 horas, la que tendrá lugar con las partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. A dicha audiencia las partes deberán concurrir representadas por abogado habilitado. El abogado que comparezca en representación de cualquiera de las partes deberá tener legalmente constituido su poder antes de las 14:00 horas del día anterior a la celebración de la audiencia.
La prueba documental deberá digitalizarse y presentarse a través de la oficina judicial virtual con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha señalada precedentemente, con el objeto de que la contraparte y el juez de la causa puedan examinarla. Asimismo, las partes deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 47 del Acta 71-2016 de la Excma. Corte Suprema debiendo presentar una minuta con la individualización de toda la prueba que ofrecerá en la audiencia. La demandada deberá contestar la demanda por escrito con a lo menos CINCO DÍAS HÁBILES de antelación a la fecha de la celebración de la audiencia preparatoria. SE INFORMA A LAS PARTES QUE LA AUDIENCIA SE DESARROLLARÁ DE MANERA REMOTA, POR VIDEO CONFERENCIA, A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA ZOOM. LO ANTERIOR NO OBSTA PARA QUE LAS PARTES PUEDAN CONCURRIR PERSONALENTE A LAS DEPENDENCIAS DEL TRIBUNAL. El abogado que comparezca en representación de cualquiera de las partes deberá tener legalmente constituido su poder antes de las 14 horas del día anterior a la celebración de la audiencia. En caso de asistir solo el apoderado, éste deberá mantener contacto directo y expedito con su respectiva parte, especialmente durante la fase de conciliación para evitar dilaciones innecesarias. Se hace presente a los asistentes que de la Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2531552 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.940 Lunes 2 de Septiembre de 2024 Página 2 de 2 comparecencia quedará registro del audio, además del acta respectiva, todo lo cual se incorporará a la carpeta virtual de la causa.
Se apercibe a las partes para que en el más breve plazo informen un correo electrónico y proporcionen un número de teléfono celular con el objeto de que, en caso de requerirse, puedan de mantener una comunicación directa con el Tribunal. El Administrativo de Acta dejará constancia en la carpeta digital de la presente causa el ID con el objeto de que los intervinientes accedan a la audiencia virtual. Atendido lo dispuesto por las leyes 21.389 y 14.908, informe la parte demandada si se encuentra obligada a efectuar retención judicial de pensión de alimentos, respecto del actor. Notifíquese a la demandada FERRETERÍAS LESSEL SpA, representada legalmente por Daniel Enrique Muñoz Vergara, mediante aviso publicado en el Diario Oficial. Confecciónese extracto en los términos del artículo 439 del Código del Trabajo. Ministro de Fe. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2531552 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl