Autor: DIEGO LIZAMA CASTRO Abogado
Cartas: La funa en la Chile: no es la primera vez
Cartas: La funa en la Chile: no es la primera vez La funa en la Chile: no es la primera vez Señor Director: Lo sucedido con la diputada del Partido Republicano señora Javiera Rodríguez el 29 de mayo, cuando, según la parlamentaria, fue agredida por alumnos con escupitajos y empujones, no constituye un hecho aislado en la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile. Me permito solamente dar algunos ejemplos. Primero, en octubre de 2015 se realizó la conferencia “Israel en la ONU”, en la que participó el embajador de Israel, señor Rafael Eldad. La instancia fue saboteada por alumnos adherentes al Estado de Palestina, lo que llevó a un término adelantado de dicha actividad. Segundo, en septiembre de 2019 el profesor de Derecho Comercial señor Juan Esteban Puga fue interrumpido y funado en clases por alumnos por invitar a reflexionar sobre las causas del golpe de Estado de 1973. Tercero, en noviembre de 2023 existió una funa masiva en la que estuvo involucrado el exdirector del Instituto Nacional de Derechos Humanos señor Sergio Micco. En particular, se le reprochó tener una actitud “pasiva” en el contexto del “estallido social” de octubre de 2019. Para cuidar la convivencia universitaria y a la universidad es necesaria la aplicación de medidas ejemplares. No es suficiente una declaración pública donde el establecimiento educacional condene los comportamientos impropios de sus alumnos.
Por el contrario, las universidades deben comenzar a investigar estos hechos y sancionar a aquellos estudiantes que traspasan el derecho a la legítima protesta e incurren en conductas de censura previa, o bien, en agresiones físicas. Esto debería considerar, inclusive, una expulsión de la universidad en el caso que se acredite la participación en hechos extremadamente graves. Para que una de las mejores escuelas de Derecho en Chile e Iberoamérica mantenga dicho estándar, resulta imprescindible que no exista ningún tipo de tolerancia con este tipo de conductas. Autor: DIEGO LIZAMA CASTRO Abogado.