Corte de Coyhaique ordena renovar contratación de docente en liceo de Melinka
Corte de Coyhaique ordena renovar contratación de docente en liceo de Melinka Melinka.
La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de protección interpuesto por un docente del Liceo de Melinka ordenando al Servicio Local de Educación Pública (SLEP) de Aysén proceder a la renovación de la contrata para el año escolar 2026, el reintegro inmediato de la recurrente a sus funciones y el pago de las remuneraciones devengadas durante el tiempo que estuvo separada de su trabajo.
Tras un fallo unánime (causa rol 222026), la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Natalia Rencoret Oliva, Pedro Castro Espinoza, Luis Aedo Mora y José Ignacio Mora Trujilloestableció que la resolución de no renovar la contrata de la recurrente vulneró garantías constitucionales de igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.
El texto del fallo señala que se tratra de "una discriminación arbitraria en comparación a otros empleados, que desempeñándose en cargos bajo la modalidad de contrata, permanecen en ellos en la municipalidad recurrida, sin perjuicio que el deber de motivación del acto administrativo debe emplearse para todas las personas que se encuentren en la misma situación y en el presente caso ello no se cumple". Agregando que igualmente "se ha vulnerado el derecho de propiedad, estatuido en el artículo 19 Nº24 del nuestra Carta Magna, desde que se priva de manera ilegítima a la recurrente de las remuneraciones a las que tenía derecho a percibir durante su desempeño laboral". El texto resuelve que se acoge "el reintegro inmediato de la recurrente a sus funciones y el pago de las remuneraciones devengadas durante el tiempo que hubiere estado separada de su cargo, debiendo además la recurrida disponer la inmediata renovación de su contrata por todo el año 2026". Tras un fallo unánime se estableció que la resolución de no renovar la contrata de la recurrente vulneró garantías constitucionales de igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.. Tras un fallo unánime se estableció que la resolución de no renovar la contrata de la recurrente vulneró garantías constitucionales de igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.