El sutil cambio a la Ley Karin que incluyó el reajuste salarial del sector público
El sutil cambio a la Ley Karin que incluyó el reajuste salarial del sector público Asi, se agregó un nuevo artículo alalegislación, elcual establece que en el marco de las actividades de vigilancia destinadas a la prevención de riesgos laborales los or ganismosadministradoresdel seguro de la Ley 91 16.744, el InstitutodeseguridadLaboral (ISL) y las mutualidades de empleadores -Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Construcción (Mutual) y el lnsti que incluyó el reajuste saTaTfái del sector público LI Las mutuales deberán remitir a la Suseso la cantidad de denuncias que han sido presentadas en los lugares de trabajo en materia de acoso laboral, sexual o de violencia POR titáN El miércoles de la semana semana pasada, tras una jornada maratónica que incluyó una comisión mixta, dos sesiones de salas yvarias discusiones y votaciones, el Congreso despachó a ley el proyecto del Gobierno que reajusta las remuneraciones a las y los funcionarios del sector público, otorga aguinaldos y otros beneficios.
Si bien lo centrales el alza salarial dea, 9% nominal para los empleados del Estado, que se pagará en tres etapas, la iniciativa adicionalmente abordatemáticaslaboralesde los funcionarios delEsradoy un par de artículos miscelá neos en los que se abordaron otras materias.
Uno de ellos dice relación con la Ley Karin, legislación que establece un marco legal paraluprevenciónysanción del acoso y la violencia en el mercado del trabajo enChile. tuso de Seguridad del Trabajo (IST) deberán remitir cada semestseala Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) la cantidad de denuncias que han sido presentadas en los lugaresdetrabajoenmateria de acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, además además del tipo de acciones y/o medidas adoptadas en cada una de ellas.
Los empleadores, agrega el artículo, “estarán obligados a proporcionaría información requeridaporlosorganismos administradores para dar mmplimíentoaloestablecido en el inciso precedente”. En esa línea, se establece que la Suseso mediante una norma de carácter general general entregará las directrices para el cumplimiento de lo dispuesto, especialmente en lo que respecta al reporte y registro de información y la clasificación de las acciones y medidas adoptadas por los empleadores.
“Con todo, la Superintendencia Superintendencia deberu remitir al Ministerio del Trabajo y Previsión Sociuly al Coosejo SuperiorLaboral, eníosmeses de enero yjulio de cada año, un informe estadístico con los datos consolidados a que refiere el presente artículo”, establece el nuevo articulo. Un artículo que, en términos términos simples, busca agilizaría cecopilación de datos para así facilitar el monitoreo de la Ley Karin,.