INVERSIONES Y DIAGNOSTICOS SOCIEDAD ANÓNIMA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.006 Sábado 23 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2574500 EXTRACTO PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle Castellón Nº116, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, repertorio 3512, certifico: Que, por escritura pública de fecha 14 de noviembre de 2024, Rep. 4.052 -2024, ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 07 de octubre de 2024, de “INVERSIONES Y DIAGNOSTICOS SOCIEDAD ANONIMA” capital $30.000.000. - RUT 96.915.260-6, inscrita en el Registro de Comercio de Concepción a fojas 502 número 375 año 2000.
En la junta ya individualizada, por acuerdo de los accionistas de la Sociedad se acordó proceder a la transformación de la sociedad en una sociedad por acciones, dejándose constancia que tal Sociedad por Acciones es y será la sucesora legal de la Sociedad INVERSIONES Y DIAGNOSTICOS SOCIEDAD ANONIMA.
Razón Social: “INVERSIONES Y DIAGNOSTICOS SpA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía “INVERSIONES Y DIAGNOSTICOS SpA”. Domicilio: CONCEPCION, sin perjuicio de la facultad de abrir o tener sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Indefinida.
Objeto: a) la compraventa, importación, exportación, arrendamiento y comercialización de equipos e instrumental médicos y laboratorios; b) la prestación de servicios en el área de la salud en todas sus formas y rubros; c) la inversión de recursos propios o ajenos en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales y la explotación de ellos; la inversión en títulos de crédito, valores mobiliarios, valores de oferta pública y efectos de comercio, así como cuotas en comunidades y derechos en sociedades de personas y acciones y bonos de sociedades anónimas, por acciones y en comanditas por acciones; d) la adquisición, enajenación, comercialización, administración, arrendamiento, subarrendamiento y cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; y e) la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios y toda clase de negocios y actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro de la sociedad, y; en general, realizar cualquier otra actividad que tenga relación con el objeto de la sociedad y así lo especifiquen los accionistas. Capital y acciones: $30.000.000. -, se divide en 200 acciones nominativas de igual valor cada una, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de estos títulos.
Las acciones en que se divide el capital se suscriben y pagan de la siguiente manera: a) La accionista sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA HIDALGO, TOLEDO E HIDALGO S.A. suscribe y paga 196 acciones por un total de $29.400.000. -, pagados y enterados en la caja social a la fecha del presente instrumento, al tiempo de enterarse el capital de la sociedad que se transforma. b) La accionista sociedad DR. LUIS MOLINA Y CÍA.
LTDA. suscribe y paga 01 acción por un total de $150.000. -, pagados y enterados en la caja social a la fecha del presente instrumento, al tiempo de enterarse el capital de la sociedad que se transforma. c) La accionista sociedad DR.
JUAN PATRICIO ULLOA BARRIENTOS S.A. suscribe y paga 01 acción por un total de $150.000. -, pagados y enterados en la caja social a la fecha del presente instrumento, al tiempo de enterarse el capital de la sociedad que se transforma. d) El accionista don JORGE ANTONIO SANDOVAL GANGAS suscribe y paga 01 acción por un total de $150.000. -, pagados y enterados en la caja social a la fecha del presente instrumento, al tiempo de enterarse el capital de la sociedad que se transforma. e) El accionista don ENRIQUE DIAZ MUÑOZ suscribe y paga 01 acción por un total de $150.000. -, pagados y enterados en la caja social a la fecha del presente instrumento, al tiempo de enterarse el capital de la sociedad que se transforma. Por consiguiente, el capital social se ha suscrito, pagado y enterado en su totalidad en arcas de la sociedad. Administración: Corresponderá a un administrador, el que durará indefinidamente en su cargo, mientras una Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá ocurrir en cualquier tiempo. La Junta deberá designar a la persona que reemplace al Administrador cuyo nombramiento haya sido revocado. Sin perjuicio de lo anterior, se designa en carácter provisional Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2574500 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.006 Sábado 23 de Noviembre de 2024 Página 2 de 2 como administrador a don HUGO ISMAEL HIDALGO TORRES, quien se mantendrá en su cargo mientras la junta de accionistas no designe a otro en su reemplazo. El administrador será solidariamente responsable de los perjuicios que se causaren a los accionistas y a terceros con ocasión de la falta de fidelidad o vigencia de las informaciones contenidas en el Registro de Accionistas. El Administrador podrá ser remunerado por sus funciones si la Junta General Ordinaria de Accionistas así lo acuerda, la cual deberá determinar el monto para el respectivo año.
El Administrador representa judicial y extrajudicialmente a la sociedad para el cumplimento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, encontrándose investido en la forma más amplia de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o estos estatutos no establezcan como privativos de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes establezcan esta circunstancia. El Administrador podrá delegar parte de sus facultades en el o los Gerentes y/o Abogados de la Sociedad y para objetos especialmente determinados, en otras personas. Corresponderá al Administrador acordar la enajenación de activos de la sociedad y la constitución de garantías, ya sea para caucionar obligaciones de la sociedad o de terceros. El Administrador podrá delegar parte de sus facultades en terceros ajenos a la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, noviembre 21 de 2024. Doy fe. -/mme Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2574500 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl