Global Cap Servicios Limitada
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.904 Sábado 20 de Julio de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2521174 EXTRACTO CLAUDIO SALVADOR CABEZAS, Notario Público Titular de la 1 Notaría de Lo Barnechea, con oficio en calle Avenida La Dehesa N 1.450, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 06 de julio de 2.024, Repertorio Nº 3839-2024, ante mí, PEDRO PABLO MERINO SOTO domiciliado en Francisco de Aguirre 4335, comuna de Vitacura, Santiago y JUAN MERINO KUSANOVIC domiciliado en Almirante Latorre 240 departamento 402 dos comuna y ciudad de Santiago modificaron y transformaron GLOBAL CAP SERVICIOS LIMITADA.
Por escritura pública de fecha 17 de junio del año 2011, suscrita ante Notario Público don Raúl Iván Perry Pefaur, se constituyó GLOBAL CAP SERVICIOS LIMITADA, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 33.835 número 25.288 del año 2011. Los actuales socios son PEDRO PABLO MERINO SOTO y JUAN MERINO KUSANOVIC.
Los socios acuerdan por unanimidad las siguientes modificaciones: a) modificar la cláusula Segunda, en los siguientes términos “Segundo: La razón social será PABLO MERINO GESTION INMOBILIARIA SpA, pudiendo actuar, inclusive con los Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de fantasía "PMERINO SpA". - b) modificar la cláusula Tercera, en el sentido de ampliar su objeto a los siguientes rubros: “Tercero: El objeto de la sociedad será 1) la construcción, elaboración, fabricación, reparación o remodelación de viviendas, edificios, caminos, puentes, en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, sanitarias, arquitectónicas y de ingeniería, por cuenta propia o de terceros; 2) La urbanización y loteo de inmuebles propios o de terceros según contratos generales y en general para de todo tipo de obras civiles; 3) La explotación, a título de arrendamiento u otro, inmuebles que sea o llegue a ser dueño o cuya tenencia le corresponda a cualquier título; 4) Ejecución por cuenta propia ajena, como contratista, subcontratista de cualquier otra forma de montajes estructurales, mecánicos, electromecánicos e industriales; 5) La inspección y asesoría materiales, estructuras u otros componentes ensayos no destructivos y análisis de falla: 6) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, representación, importación y exportación de todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo de la empresa y en general todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro con los objetivos sociales; 7) Arriendo de maquinaria; 8) Movimientos de tierra; 9) La contratación y sub contratación de servicios o de personal incluyendo maquinarias implementos y materias primas en consecución de los fines de la empresa”. CESION DE DERECHOS: JUAN MERINO KUSANOVIC, quien se retira de la sociedad, vende, cede y transfiere el total de derechos sociales que detenta a don PEDRO PABLO MERINO SOTO, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de trescientos mil pesos. Con lo anterior, el único socio de la sociedad será don PEDRO PABLO MERINO SOTO, quien posee el cien por ciento de los derechos sociales. TRANSFORMACION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A SOCIEDAD POR ACCIONES: Que viene en transformar la sociedad GLOBAL CAP SERVICIOS LIMITADA, en una sociedad por acciones. La sociedad girará bajo razón social “PABLO MERINO GESTION INMOBILIARIA SpA” pudiendo actuar, contratar y funcionar indistintamente, inclusive con los Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de fantasía PMERINO SpA. Domicilio Santiago, sin perjuicio sucursales resto país o extranjero. Duración cinco años, desde esta fecha, renovables.
Objeto de la sociedad será a) Asesorías, consultorías. auditorias, investigación, gestión, servicios profesionales y generales, administración, desarrollo, capacitación, administración de recursos humanos, agencia privada de intermediación laboral y de bienes raíces b) Celebrar, agenciar e intermediar contratos de compraventa, arriendo y en general toda clase de contratos sobre todo tipo de bienes sean muebles o inmuebles, así como equipos, vehículos, maquinarias. c) compra, venta importación y exportación de bienes y servicios relacionados con el giro y toda otra actividad que en el futuro acuerden los socios d) ) la construcción, elaboración, fabricación, reparación o remodelación de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2521174 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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La empresa podrá efectuar los actos mencionados por cuenta propia o ajena, y para lograr su finalidad, podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden, ingresando a ellas como socio o accionista; así como otros negocios que los socios de común acuerdo decidan realizar relacionados con los anteriores n) Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad.
Podrá, además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto ñ) La realización de todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y, en general, a cualquier otro negocio, actividad u operación que emprenda, sin limitación de ninguna especie.
La empresa podrá efectuar los actos mencionados por cuenta propia o ajena, y para lograr su finalidad, podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden, ingresando a ellas como socio o accionista; así como otros negocios que los socios de común acuerdo decidan realizar relacionados con los anteriores. Capital $1.500.000, dividido en 15 acciones sin valor nominal, de una sola serie, totalmente suscritas y pagadas, quedando Pedro Pablo Merino Soto con 15 acciones. Demás estipulaciones en escritura que extracto. SANTIAGO, 06 de julio de 2024. - Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2521174 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl