San Ignacio SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.460 Jueves 28 de Mayo de 2026 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2816205 EXTRACTO COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 28/04/2026, Repertorio 5.861/2026, ante mi, doña ROSE MARY ESPINOZA ATENAS, chilena, casada en régimen de separación de bienes, médico cirujano, cédula nacional de identidad N 17.527.883-4; don MARTÍN IGNACIO ARAYA ESPINOZA, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N 21.990.258-1; doña VALENTINA IGNACIA ARAYA ESPINOZA, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad N 22.464.771-9; y don JOSÉ IGNACIO ARAYA ESPINOZA, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N 18.798.946-9; todos domiciliados en Avenida Francisco Bilbao N 1449, departamento N 1003, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
PRIMERO. - Nombre o Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad es "SAN IGNACIO SpA". SEGUNDO. - Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales u oficinas, así como también fijar domicilio en otros lugares del país o en el extranjero.
TERCERO. - Objeto Social: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios relacionados con todas las áreas de la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica y consultas en centros de salud y a domicilio, informes, elaboración de proyectos, avances científicos, e investigación en el área de la salud; b) Obtener rentas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y la explotación a cualquier título de dichos bienes y percepción de frutos y productos que de ellos provengan; y c) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione con el objeto principal. CUARTO. - Duración: La duración de la sociedad será indefinida.
QUINTO. - Capital: El capital de la sociedad es de un millón de pesos ($1.000.000 ), dividido en mil acciones (1.000), todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, suscrito y pagado en este acto en la siguiente forma: - Doña ROSE MARY ESPINOZA ATENAS: 400 acciones, por $400.000. - Don MARTÍN IGNACIO ARAYA ESPINOZA: 200 acciones, por $200.000. - Doña VALENTINA IGNACIA ARAYA ESPINOZA: 200 acciones, por $200.000. - Don JOSÉ IGNACIO ARAYA ESPINOZA: 200 acciones, por $200.000. SEXTO. - Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a quien determinen los accionistas de la sociedad.
En virtud del artículo segundo transitorio de la escritura de constitución, los accionistas han establecido que la administración corresponderá a doña ROSE MARY ESPINOZA ATENAS, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo 40 de la Ley N 18.046 otorga al Directorio de una Sociedad Anónima, las que ejercerá personalmente, a través de sus mandatarios habituales o a través de mandatarios especiales. SÉPTIMO. - Responsabilidad de los Accionistas: Los accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. OCTAVO. - Balance: La sociedad confeccionará anualmente su balance general al 31 de diciembre de cada año.
NOVENO. - Normativa Supletoria: La sociedad se regirá por las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y supletoriamente por la Ley N 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, y por las demás disposiciones legales aplicables. Santiago 28 de Abril de 2026. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2816205 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl