Resolución exenta número 896, de 2024.- Aprueba normas urbanísticas especiales aplicables al terreno ubicado en calle Manuel Rodríguez S/N, Lote E-1, parcela N° 2, en la localidad de Entre Lagos, comuna de Puyehue, Región de Los Lagos, en el marco del artículo cuarto de la ley N° 21.450 que aprueba
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.884 Martes 25 de Junio de 2024 Página 1 de 6 Normas Generales CVE 2508712 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO APRUEBA NORMAS URBANÍSTICAS ESPECIALES APLICABLES AL TERRENO UBICADO EN CALLE MANUEL RODRÍGUEZ S/N, LOTE E-1, PARCELA N 2, EN LA LOCALIDAD DE ENTRE LAGOS, COMUNA DE PUYEHUE, REGIÓN DE LOS EN EL MARCO DEL ARTÍCULO CUARTO DE LA LEY N 21.450 QUE LAGOS, APRUEBA LA LEY SOBRE GESTIÓN DE SUELO PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA Y PLAN DE EMERGENCIA HABITACIONAL, MEDIANTE EL MECANISMO DE HABILITACIÓN NORMATIVA DE TERRENOS (Resolución) Santiago, 18 de junio de 2024. - Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 896 exenta. Visto: 1.
La Ley N 16.391 que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, en adelante e indistintamente "Minvu", especialmente su artículo 2 numeral 16 que dispone la función del Minvu referida a la implementación de políticas de suelo que propicien la construcción y disponibilidad de viviendas de interés público, mediante la habilitación normativa de terrenos, entre otras medidas; 2. El DS N 397 (V. y U. ), de 1976, que aprueba el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; 3.
La ley N 21.450, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional, particularmente su Artículo Cuarto que aprueba la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional; 4. El DS N 78 de 2013 del Minvu, que aprueba la Política Nacional de Desarrollo Urbano y crea el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano; 5. La ley N 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente, especialmente lo dispuesto en su artículo 7 bis; 6. El DS N 32, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica; 7.
La circular ordinaria N 230, de fecha 27 de mayo de 2022 ("DDU 466"), la circular ordinaria N 458, de fecha 14 de octubre de 2022 ("DDU 469"), y la circular ordinaria N 568, de fecha 16 de diciembre de 2022 ("DDU 472"), todas modificadas por la circular ordinaria N 206, de fecha 26 de mayo de 2023 ("DDU 480"), la circular ordinaria N 583, de fecha 26 de diciembre de 2022 ("DDU 473") y la circular ordinaria N253, de fecha 7 de julio de 2023 ("DDU 483"), emitidas por la División de Desarrollo Urbano. 8.
El oficio ordinario N 2563, de fecha 16 de diciembre de 2020, del Servicio de Vivienda y Urbanización, dirigido a Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, ambos de la Región de Los Lagos, donde solicita realizar una Modificación del Plan Regulador Comunal de Puyehue, localidad Entre Lagos, Loteo Serviu Las Golondrinas, mediante la aplicación del procedimiento establecido en el artículo 50 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. 9.
La resolución exenta N 1.833, de fecha 6 de diciembre de 2023 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la, que inicia el proceso de Región de Los Lagos Habilitación Normativa de Terrenos e instruye informar del proceso de migración de procedimiento, desde el artículo 50 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, a la Habilitación Normativa. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2508712 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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El oficio ordinario N 1645, de fecha 21 de diciembre de 2023, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, dirigido al Secretario Regional Ministerial del Medio Ambiente, ambos de la Región de Los Lagos, donde informa sobre migración de procedimiento desde el artículo 50 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones a la Habilitación Normativa de Terrenos. 11. El Certificado de Factibilidad a Conexión a Sistema Sanitario Rural N 001/18 (AP y AASS) del Sistema Comité de Agua Potable Rural Entre Lagos de fecha 16 de enero de 2024.12.
El oficio ordinario N 131 de fecha 8 de febrero de 2024, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos, dirigido a la Alcaldesa de Puyehue, donde envía propuesta de Normas Urbanísticas Especiales para la Habilitación Normativa de Terrenos Manuel Rodríguez S/N, Lote E-1, Entre Lagos, comuna de Puyehue. 13.
El Acuerdo de sesión ordinaria N 10/2024, de fecha 5 de marzo de 2024, del Concejo Municipal de Puyehue, que aprueba el cuadro de Normas Urbanísticas Especiales, para la Habilitación Normativa de Terrenos, suscrito por el Secretario Municipal de la I. Municipalidad de Puyehue. 14. El certificado N 18, de fecha 13 de marzo de 2024 del Secretario Municipal de la I. Municipalidad de Puyehue, que certifica la aprobación por unanimidad del Concejo municipal, de la propuesta de Normas Urbanísticas Especiales, para la Habilitación Normativa de Terrenos. 15.
El oficio ordinario N 292 de fecha 14 de marzo de 2024 de la Alcaldesa de Puyehue al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, que informa la aprobación por parte del concejo municipal, del cuadro de Normas Urbanísticas Especiales, para la Habilitación Normativa de Terrenos. 16.
El oficio ordinario N 303, de fecha 15 de marzo de 2024, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos, al jefe de División de Desarrollo Urbano, que solicita la revisión oficial de la Propuesta de las Normas Urbanísticas Especiales para la Habilitación Normativa de Terrenos, e incorpora enlace a expediente electrónico. 17.
Documento denominado "Análisis de Pertinencia Migración de Procedimiento Art. 50 LGUC a Habilitación Normativa de Terrenos "Manuel Rodriguez S/N, Lote E-1" Localidad Entre Lagos, Comuna de Puyehue", elaborado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos, con fecha diciembre de 2023.18.
Documento denominado "Diagnóstico Migración de Procedimiento Art. 50 LGUC a Habilitación Normativa de Terrenos "Manuel Rodriguez S/N, Lote E-1" Localidad Entre Lagos, Comuna de Puyehue", elaborado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos, con fecha abril de 2024.19.
Documento denominado "Propuesta Migración de Procedimiento Art. 50 LGUC a Habilitación Normativa de Terrenos "Manuel Rodriguez S/N, Lote E-1" Localidad Entre Lagos, Comuna de Puyehue", elaborado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos, con fecha diciembre de 2023.20.
Plano Esquema General "Migración de Procedimiento Art. 50 LGUC a Habilitación Normativa de Terrenos "Manuel Rodriguez S/N, Lote E-1" Localidad Entre Lagos, Comuna de Puyehue", elaborado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos, con fecha abril de 2024. Considerando: 1.
Que con fecha 27 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley N 21.450 sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacionalmodificada por la ley N 21.558 de 2023-, cuyo Artículo Cuarto, a su vez, aprobó hasta el 31 de diciembre de 2025 la Ley Sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional.
Esta última ley consagró en su Capítulo I, Párrafo 2, el mecanismo excepcional de "Habilitación Normativa de Terrenos", cuyo objetivo específico es viabilizar la construcción de viviendas para beneficiarios del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en adelante e indistintamente "FSEV", o del programa que lo remplace, así como para la construcción del o los proyectos de viviendas de interés público, mediante el establecimiento de normas urbanísticas especiales aplicables a uno o más terrenos, a fin de promover la integración e inclusión social y urbana, y contribuir a superar el déficit habitacional existente. 2.
Que, por su parte, el artículo 10 de la Ley Sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional dispone que los procedimientos acogidos al artículo 50 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que se encontraren en trámite a la Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2508712 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Para estos efectos, el inciso segundo del citado artículo 10 dispone que la División de Desarrollo Urbano, impartirá mediante circular las instrucciones para la adaptación de tales procedimientos a las disposiciones aplicables a la Habilitación Normativa de Terrenos, para lo cual "velará por la validación de lo ya realizado y resguardará que los respectivos terrenos puedan contar, a la brevedad, con normas urbanísticas especiales que viabilicen la construcción de viviendas para beneficiarios del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda". De esta forma, las instrucciones para la validación de lo ya realizado en procedimientos acogidos al artículo 50 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, fueron impartidas mediante la circular Ord. N 0583 de fecha 26 de diciembre de 2022 de la División de Desarrollo Urbano (DDU 473). 3.
Que, mediante el oficio citado en el Visto 8, el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Lagos, en adelante e indistintamente "Serviu" solicitó a la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos, en adelante e indistintamente "Seremi", una modificación al Plan Regulador Comunal de Puyehue de acuerdo con el procedimiento establecido por el artículo 50 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. 4.
Que, en el documento citado en el Visto 17, la Seremi señaló que, en vista de la solicitud de Serviu, comenzó el procedimiento para modificar el Plan Regulador Comunal de Puyehue de acuerdo con el artículo 50 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Luego, habiéndose verificado que el proyecto "Manuel Rodríguez S/N, Lote E-1", de viviendas de interés público, contribuirá a la integración de 130 familias en la ciudad, generando una adecuada relación con el entorno urbano, y que no existen dificultades técnicas para su ejecución, se estimó pertinente el establecimiento de Normas Urbanísticas Especiales, para el terreno de propiedad de Serviu ubicado en Calle Manuel Rodriguez, Lote E-1, parcela 2, Rol SII N 2250-384, localidad de Entre Lagos, comuna de Puyehue, para lo cual se procedió a la migración de procedimiento de conformidad con el artículo 10 de la Ley Sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional.
Si bien el proyecto requerirá la ejecución de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, de acuerdo a lo indicado en certificado citado en Visto 11 y dado que el Proyecto de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas para la localidad de Entre Lagos se encuentra en evaluación dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la Seremi evaluó como alternativa técnica viable, la construcción de una solución particular y transitoria en el terreno, acogiéndose a la autorización establecida en el artículo 124 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. 5.
Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos de "Análisis de Pertinencia" y "Diagnóstico", citados en Vistos 17 y 18 respectivamente, el Proyecto habitacional "Manuel Rodriguez S/N, Lote E-1", corresponde a un proyecto acogido al programa FSEV, que se materializará a través de un loteo con construcción simultánea, que contempla 130 viviendas de superficie que varían entre 44,60 m² y 57,19 m², en 4 tipologías, todas de un piso, las que contemplan un sistema de agrupamiento aislado con adosamiento, en lotes de superficie que varían desde los 132,02 m² hasta un lote de 300,61 m², distribuidos en 6 manzanas.
En vista de ello, la habilitación normativa del terreno objeto de este acto administrativo se fundamenta en la necesidad de establecer normas urbanísticas especiales que permitan viabilizar la construcción del Proyecto Habitacional descrito, considerando que las normas urbanísticas definidas para la Zona Z-4 del Plan Regulador Comunal de Puyehue (en adelante, PRCP), promulgado mediante la Res. N 15 de fecha 30 de noviembre de 1992, publicado en el Diario Oficial el 28 de enero de 1993, y modificado mediante Res.
N 47 de fecha 17 de julio de 2000, particularmente la superficie de subdivisión predial mínima, densidad bruta, coeficiente de ocupación de suelo, adosamiento y antejardín, no permiten la ejecución de un proyecto habitacional que aproveche el potencial urbano del predio, que a la fecha se encuentra subutilizado. 6.
Que, de acuerdo con el análisis de pertinencia citado en el Visto 17, y el diagnóstico citado en el Visto 18, la propuesta de normas urbanísticas especiales posibilitará la ejecución de un proyecto que cumpla con los fines de integración social y urbana, debido a las siguientes consideraciones: i.
El terreno se inserta en el acceso oriente de trama urbana de la localidad Entre Lagos, de la comuna de Puyehue, en un área con buena accesibilidad, mediante vías consolidadas ubicadas al sur del mismo, que son, la calle Manuel Rodríguez, de un ancho de 20 a 25 metros entre líneas oficiales, y la Ruta 215 CH - Camino Internacional, de un ancho de 20 metros entre líneas oficiales. Además, el terreno posee una franja afecta a Declaratoria de Utilidad Pública por apertura de vía "Calle Nueva 1", en su porción Surponiente, con un perfil de 15m de ancho. En Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2508712 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Asimismo, el terreno se encuentra dentro del límite urbano y relativamente cercano al centro de la localidad, lo que facilita la conectividad peatonal con los distintos servicios, por cuanto la distancia promedio a ellos es de 600 m., con un tiempo de trayecto promedio de 9 minutos, a través de aceras pavimentadas.
De esta forma, y según detalla en el documento citado en el Visto 18 (diagnóstico), los principales equipamientos que se encuentran en el área en el cual se emplazan los referidos lotes son: a) Equipamientos clase salud: CESFAM de Entre Lagos a una distancia de 600 m. b) Equipamiento clase educación: Escuela Básica Entre Lagos a una distancia de 320 m. c) Equipamiento clase comercio: Comercio de abarrotes y suministros básicos, entre ellos, almacenes y supermercados menores (Kiessan a una distancia de 700 m. ), Estación de servicios y Electrolinera Copec a una distancia de 350 m, tiendas de abarrotes y venta de verduras, botillerías, pequeños restaurantes, todos emplazados principalmente en calle Manuel Rodriguez. d) Equipamiento clase deporte: Gimnasio a una distancia de 400 m y el Estadio Municipal a 500m. e) Equipamiento clase culto y cultura: Biblioteca a una distancia de 800 m. f) Equipamiento clase seguridad: Comisaria a una distancia de 650 m. 9) Que el terreno, objeto de esta habilitación normativa, cumple con los requisitos dispuestos en los artículos 3 y 5 de la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, según se detalla a continuación: i. El terreno es de propiedad del Serviu, acreditándose dicha condición mediante el respectivo certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Osorno, agregado en el expediente administrativo. ii. El terreno no se encuentra emplazado en Zonas Típicas ni en Zonas de Conservación Histórica. iii.
Del análisis del Plan Regulador Comunal de Puyehue, así como de la revisión de otros antecedentes elaborados durante la tramitación de la modificación al PRCP de acuerdo al artículo 50 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, es posible concluir que el terreno no se encuentra emplazado en un área de riesgo de origen natural o antrópico, ni en una zona no edificable. iv. El terreno cuenta con factibilidad sanitaria según el Certificado citado en el Visto 11. v.
El terreno cuenta con acceso a bienes nacionales de uso público a través de la calle Manuel Rodríguez y Ruta 215 CH - Camino Internacional. 10) Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, la propuesta de normas urbanísticas especiales no requería someterse al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), puesto que el número de unidades consideradas en el proyecto es inferior a 160 viviendas, por lo que se encuentra exenta de dicho procedimiento. 11) Que, mediante el oficio ordinario señalado en el Visto 12, la Seremi remitió a la Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Puyehue el expediente de la habilitación normativa de los terrenos objeto de este acto administrativo, para que este informara a la comunidad y remitiera, a su vez, el expediente al Concejo Municipal para su pronunciamiento. 12) Que, mediante el certificado citado en el Visto 14, el Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Puyehue, certificó que desde el 8 de febrero de 2024 al 13 de marzo de 2024 se publicó en el portal Web institucional www.municipalidaddepuyehue.cl la "Propuesta de Normas Urbanísticas Especiales para la Habilitación Normativa de terrenos, en Manuel Rodríguez S/N Lote E-1, comuna de Puyehue", en cumplimiento de la Ley N 21.450, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional. 13) Que, mediante el acuerdo citado en el Visto 13, se acordó aprobar, por unanimidad de los concejales presentes y la Alcaldesa, cuadro de Normas Urbanísticas Especiales, correspondiente al proyecto de Habilitación Normativa del terreno del Proyecto Manuel Rodríguez S/N, Lote E-1, Entre Lagos, Comuna de Puyehue. 14) Que, mediante el documento singularizado en el Visto 15, la Alcaldesa de la comuna de Puyehue remite a la Seremi el acuerdo del Concejo Municipal y el Certificado de Ministro de Fe que acredita publicación en página web. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2508712 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Se aprueban las siguientes normas urbanísticas especiales propuestas por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Los Lagos a través del mecanismo excepcional de "Habilitación Normativa de Terrenos", dispuesto en el Capítulo I, Párrafo 2 de la Ley Sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, que serán aplicables exclusivamente al terreno de propiedad del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Lagos singularizado en el Resuelvo 2 de esta resolución: 2.
Se dispone que el cuadro normativo con las normas urbanísticas especiales aprobadas en el Resuelvo 1 de esta resolución, se aplicará exclusivamente al terreno que se singulariza a continuación, de propiedad del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Lagos, ubicado en la comuna de Puyehue: 3.
Se establece que el proyecto que justificó la utilización de esta facultad excepcional de habilitación normativa de terrenos corresponde a aquel expresado gráficamente en el Plano Esquema General denominado como "HNT-PU-01/2023", de abril de 2024, y en el Documento denominado "Propuesta Migración de Procedimiento Art. 50 LGUC a Habilitación Normativa de Terrenos "Manuel Rodríguez S/N, Lote E-1" Localidad Entre Lagos, comuna de Puyehue" de fecha diciembre de 2023, ambos elaborados por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos. 4.
Se deja constancia que de acuerdo al artículo 9 de la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, la aprobación y publicación de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2508712 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Asimismo, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 de la referida ley, estas normas especiales sólo podrán ser aplicadas para la construcción del o los proyectos destinados a beneficiarios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, o del programa que lo reemplace, así como para la construcción del o los proyectos de viviendas de interés público que justificaron el uso de esta facultad excepcional.
Finalmente, la aprobación de estas normas urbanísticas especiales es sin perjuicio que la revisión del diseño específico del proyecto a desarrollar en dicho terreno y su aprobación definitiva corresponderá a la etapa de obtención de los correspondientes permisos de construcción. 5.
Se archive el plano singularizado en el Visto 20, conjuntamente con una copia de la presente resolución en el Conservador de Bienes Raíces de Osorno, en la Municipalidad de Puyehue y en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, y al procedimiento indicado en el Ordinario N 253 de fecha 7 de julio de 2023, Circular DDU 483, emitida por la División de Desarrollo Urbano. 6.
Se dispone que para efectos del archivo señalado en el numeral anterior, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo otorgará copias autorizadas de los referidos planos y de la presente resolución para su envío a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. El ministro de fe deberá dejar constancia expresa de la singularización de esta resolución, consignando su número y fecha en las copias autorizadas del plano correspondiente. La respectiva Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo remitirá mediante oficio conductor estos documentos autorizados tanto a la Municipalidad de Puyehue como al Conservador de Bienes Raíces de Osorno, para el correspondiente archivo. Anótese, publíquese y archívese. - Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo. Lo que transcribo para su conocimiento. - Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2508712 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl