SOCIEDAD DE PROFESIONALES SERVICIOS MÉDICOS Y CLÍNICOS DÍAZ MUÑOZ Y COMPAÑÍA LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.900 Lunes 15 de Julio de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2519442 EXTRACTO CARLOS ANDRES ORTEGA ALUL, Notario Público Titular de Curicó con oficio en calle Argomedo Nº 280 de la comuna y provincia de Curicó, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, de fecha 10 de julio de 2024, don JUAN ANTONIO DÍAZ MUÑOZ, domiciliado para estos efectos en Camino a Zapallar, kilómetro 6,5, lote 45, comuna de Curicó, y doña EVELYN NATALIE DÍAZ MUÑOZ, domiciliada para estos efectos en pasaje Montaña de Agua, casa N 11, barrio Centro Nuevo, comuna de Machalí, de paso en esta comuna, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social de “SOCIEDAD DE PROFESIONALES SERVICIOS MÉDICOS Y CLÍNICOS DÍAZ MUÑOZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, sin perjuicio de poder emplear el nombre de fantasía “SERVICIOS MÉDICOS Y CLÍNICOS DÍAZ MUÑOZ Y CÍA.
LTDA.”. Objeto: /i/ La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, enfermería y en la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en forma directa, o mediante convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, FONASA, o Institutos de Salud Previsional, ISAPRES, Servicios de Bienestar, o de organismos del sector público, sean éstos centralizados o descentralizados, o del sector privado; /ii/ Servicios de diagnóstico médico, clínico, realización de exámenes, informes, pericias, controles y tratamientos de salud; /iii/ El ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento profesional; siendo parte de ello la participación en congresos, charlas, cursos, programas de formación, tanto universitarios como dependientes de otras instituciones, así como cualquier otra actividad relacionada con la prevención y atención en salud en instituciones nacionales e internacionales, según corresponda; /iv/ El desarrollo de toda actividad relacionada con el ejercicio integral de las profesiones del área de la salud; /v/ Constituir sociedades, asociaciones, entidades o cualquier otro tipo de personas jurídicas, de cualquier clase, naturaleza u objeto, e ingresar a las ya constituidas; y /vi/ Celebrar todos los actos y contratos conducentes a los fines antes referidos y que tengan relación con el giro señalado.. - Administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá al socio JUAN ANTONIO DÍAZ MUÑOZ, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo delegarlas según fuere procedente o conveniente. - Capital y aportes.
El capital de la Sociedad es la cantidad de $4.000.000, que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: /i/ don JUAN ANTONIO DÍAZ MUÑOZ aporta $1.000.000 en dinero efectivo, equivalente al 25% del capital social, que se obliga a pagar dentro del plazo de un año contado desde esta fecha, en la medida que las necesidades de la Sociedad así lo requieran. /ii/ doña EVELYN NATALIE DÍAZ MUÑOZ aporta $3.000.000 en dinero efectivo, equivalente al 75% del capital social, que se obliga a pagar dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha, en la medida que las necesidades de la Sociedad así lo requieran. Responsabilidad: /i/ Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. /ii/ Los socios no quedarán afectos a la prohibición establecida en el artículo cuatrocientos cuatro, número cuatro, del Código de Comercio.
Duración y Renovación: /i/ Tres años contados desde la fecha de la presente escritura. /ii/ La duración de la Sociedad se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad en contrario, mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con a lo menos seis meses contados antes del vencimiento del período original de vigencia o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso. Domicilio: ciudad de Curicó. Demás estipulaciones en escritura extractada, Repertorio Nº 1085/2024. - Curicó, 12 de julio de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2519442 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl