Tribunal Ambiental pone bajo revisión proyecto minero en Atacama
Tribunal Ambiental pone bajo revisión proyecto minero en Atacama na acción presentada por la Comunidad Indígena Colla Tata Inti del Pueblo de Los Loros fue acogida a trámite por el Primer Tribunal Ambiental, con U lo que se da inicio al proceso de revisión judicial de la aprobación ambiental del proyecto «Proyecto de Explotación y Procesamiento de Minerales La Farola», presentado por Minera Altair S.A.
La reclamación se dirige en contra de la decisión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama (Coeva), que rechazó la solicitud de invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que calificó favorablemente el proyecto minero. El recurso solicita dejar sin efecto dicha resolución y, en consecuencia, también la RCA del proyecto, fundada en la existencia de diversos vicios de legalidad que se habrían cometido durante la evaluación ambiental.
Asimismo, la reclamación plantea la existencia de supuestas ilegalidades en la evaluación del transporte y sus impactos, la contaminación del aire y eventual afectación a la salud de la población, la omisión de información relacionada con los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, la falta de realización de un proceso de consulta indígena, la omisión de las reuniones del artículo 86 del Reglamento del SEIA, entre otros aspectos.
En lo particular, sobre el componente aire, se afirma en la acción que la evaluación del proyecto La Farola no incorporó adecuadamente los impactos acumulados del proyecto «Optimización y Continuidad Operacional Minera Candelaria», pese a que Tierra Amarilla se encuentra declarada zona saturada por MP10 y que, según se expone, existen antecedentes de superación de MP10 y MP2,5 en el sector, lo que habría impedido contar con una línea de base adecuada y descartar los efectos del artículo 11 de la Ley Nº 19.300. ANTECEDENTES DEL PROYECTO El proyecto se desarrollará en la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama, aproximadamente a 10 km al suroeste de la localidad de NantoNOMENCLATURA JUZGADO CAUSA ROL CARATULADO co. Contempla la explotación de minerales mediante un rajo abierto, una planta de procesamiento y un depósito de relaves filtrados (DRF), en una superficie de 353 hectáreas. Se producirán 90.000 toneladas anuales de concentrados de cobre con contenido de oro durante 15 años de operación, procesando 15.000 toneladas secas diarias. El rajo abarcará 72 hectáreas, con un diámetro máximo de 1.550 metros y una profundidad de 340 metros. La planta procesará minerales en tres pasos: chancado, molienda y flotación. Se proyecta una vida útil de 17 años y contempla una inversión de 260 millones de dólares.
El tribunal acogió a trámite la causa y solicitó al organismo pertinente la entrega de los informes que sustentaron la resolución reclamada. : 1. [378]Actuación : 3º Juzgado de Letras de Copiapó : C-1648-2023 : BANCO DE CHILE/PIZARRO EXTRACTO DE REMATE DE INMUEBLE Ante el Tercer Juzgado de Letras de Copiapó, Av.
Copayapu Nº 1134 2º piso Copiapó, en juicio ejecutivo, Rol C-1648-2023, caratulada "BANCO DE CHILE con PIZARRO BARRAZA, DANIEL LEVI", se rematará en el recinto del Tribunal, el próximo 21 de abril de 2026 a las 12:00 horas, el inmueble del ejecutado consistente en la Casa Nº 9 del Condominio Villa De Copiapó, ubicada en calle Los Carrera Acera Norte Nº 4239, Ciudad, Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama, se comprenden los derechos proporcionales que al inmueble le corresponden en los bienes comunes, así mismo, los derechos de dominio, uso y goce que le corresponden en el terreno y demás bienes que se reputan comunes a la Ley Nº 19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria y al Reglamento de Copropiedad. Inscrito a nombre de don DANIEL LEVI PIZARRO BARRAZA a fojas 554 vuelta Nº 75 del año 2019, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó. El mínimo fijado para la subasta es de $170.669.698 -, que corresponde al avalúo fiscal Rol Nº 06205 00009 comuna de Copiapó, primer semestre de 2026. El precio del remate del inmueble se pagará al contado dentro de quinto día hábil desde la subasta.
Interesados deberán presentar vale vista a la orden del Tribunal de S.S. por la cantidad equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta, el cual deberá ser presentado al Tribunal, hasta las 14:00 horas del día hábil inmediatamente anterior a la fecha de la subasta, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29 inciso quinto de la Ley la Ley Nº 21.389 que creó el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
Mayores antecedentes en expediente virtual autos "Banco de Chile con Pizarro Barraza, Daniel Levi", causa Rol C-1648-2023, juicio ejecutivo, https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/ Celinda Margarita Milla Rodriguez Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: UYUMBYYXDCX.