¿ De un punto de vista económico, cuál es la evaluación del borrador de la nueva Constitución?
Tomás Rau Profesor asociado y director del Instituto de Economía UC Riesgos económicos de la nueva Constitución de la nueva Constitución presenta una serie de riesgos económicos evidentes. Uno de ellos proviene del derecho de propiedad privada que queda magullado con la redacción florida del “justo precio” en el caso de expropiación.
El otro se refiere a la autonomía del Banco Central que queda expuesta a la interpretación política de las actuaciones (económicas) de los consejeros que con su voto hubieren afectado la consecución del objeto del Banco. Respecto al derecho de propiedad, hay dos diferencias importantes con la actual Constitución.
La expropiación no compensa el daño patrimonial causado como expresa la Carta Magna vigente, sino que retribuye un “justo precio”. Más allá que el justo precio ha tenido por siglos distintas interpretaciones (economía y filosofía escolástica, economía clásica, etc. ), algunos defensores de esta redacción han esgrimido queel justo precio correspondería al valor de mercado de acuerdo con la jurisprudencia civil del país. Sin embargo, la incorporación de sistemas jurídicos de los Pueblos Originarios (pluralismo jurídico) hace dudar si dicha jurisprudencia será efectiva en el nuevo sistema judicial. El otro punto se refiere a que no se garantiza el pago al contado en efectivo y se deja abierta la modalidad de pago e incluso que esta pudiera ser en cómodas cuotas. Esta redacción mañosa desincentivará y/o dilatará proyectos de inversión a la espera de ver cómo opera el nuevo sistema jurídico. La autonomía del Banco Central se ve amenazada por cuanto se agregan nuevos objetivos como el “contribuir al bienestar de la población” y acusaciones a los consejeros por parte de los congresistas por tres causales. Las dos primeras hacen sentido y se refieren a temas de probidad e incompatibilidades.
La tercera, y preocupante causal, es que los consejeros podrán ser destituidos por la Corte Suprema, previo requerimiento de la mayoría del Congreso de Diputados y Diputadas o Cámara de las Regiones, si hubieren “concurrido con su voto a decisiones que afectan gravemente la consecución del objeto del Banco”. Por ejemplo, un alza de tasas de interés es la herramienta correcta para enfriar la economía pero puede produciruna recesión técnica, como probablemente ocurrirá este año, y afectar el empleo. Sin embargo, esta medida tendrá impactos positivos en el mediano plazo sobre el control de la inflación, un impuesto altamente regresivo que afecta a los más vulnerables.
Según el borrador de la nueva Constitución, bastaría con que la mayoría simple de los integrantes del Congreso o de la Cámara establecieran que los consejeros que votaron a favor del alza de tasas afectaron el bienestar de la población porque aumentó el desempleo para iniciar una acusación en su contra. Esto puede dar pie a acusaciones políticas por decisiones económicas bajo incertidumbre, lo que indefectiblemente afectará la autonomía de los consejeros del Banco Central. Estos son solo dos ejemplos de riesgos económicos flagrantes de la nueva Constitución. Existen otras interrogantes como el efecto en la economía que tendrá la descentralización fiscal y la posibilidad de que municipios y regiones emitan deuda, cobren impuestos, y creen empresas. Un guiño al federalismo latinoamericano que poco (y nada) ha sabido de bonanzas.
En el análisis que se hace del borrador de la propuesta de Carta Magna que debe proponer al país la Convención Constitucional, los cambios que introduce anivel institucional y sus efectos en materia económica han estado en el centro de la discusión, especialmente por el cambio de orientación del modelo que el país ha seguido en las últimas décadas, tema que también ha captado la atención de entidades financieras y publicaciones internacionales. aldo Madariaga NE Académico UDP y COES Una nueva Constitución para una nueva economía 1borrador de nueva Constitución (NC) es una buena noticia para el país. Ofrece un marco contundente para responder a las demandas por eigualdad incubadasdurante décadas y manifestadas durante el estallido social de 2019. Sin ser perfecta, la NC es positiva para la economía en al menos cuatro aspectos. Primero, provee certezas y despeja las dudas propias de un proceso de cambio en contexto de gran agitación social.
El respeto por los procesos y mecanismos acordados, la discusión abierta y transparente, y la aprobación de sus artículos a través de grandes acuerdos (78% delos votos en promedio) han permitido conducir las demandas sociales institucionalmente, otorgando legitimidad y reduciendo la incertidumbre tal como han reconocido diversas instituciones financieras (Morgan Stanley, Bloomberg, etc.). Segundo, la NC fortalece el rol del Estado en la economía, actor fundamental en todos los países que han alcanzado el desarrollo tardíamente. Para ello, entrega herramientas que permiten transitar hacia economías mixtas y con mayores grados de coordinación como las de la Unión Europea.
Por ejemplo, la posibilidad de crear empresas públicas en áreas claves, una mayor centralidad en la promoción de la ciencia y la tecnología, la provisión de diversos derechos sociales, la descentralización administrativa y fiscal o el robustecimiento de las organizaciones de trabajadores. En ellas no hay grandes innovaciones, más bien seemula figuras ya existentes y probadas en países desarrollados.
Tercero, al tiempo que fortalece el rol del Estado, lo equilibra asegurando, entre otros, el respeto por la propiedad privada y la libertad de empresa, y la autonomía del Banco Central y sus actuales objetivos (modernizando su funcionamiento en línea con debates recientes en política monetaria). Además, incorpora el principio de responsabilidad fiscal de manera de poner un contrapeso a las presiones de gasto. Cuarto, la NC innova en materia de protección ambiental, derechos de la naturaleza y recursos naturales.
Más que obstáculos, estas disposiciones son una oportunidad para poner al país en la vanguardia de la necesaria transición a una economía armoniosa con el ambiente, es decir, constituyen “limitaciones beneficiosas” (Streeck 1997) que, tal como ocurrió en su momento con el salario mínimo, obligan a las empresas y al Estado a innovar para transitar hacia una nueva economía. De aprobarse, la NC no estará libre de problemas y tanto su implementación como la adaptación a ella por parte de diversos actores resultarán un gran desafío. Particularmente importante será la definición de los mecanismos de exigibilidad de los nuevos derechos y el establecimiento de un nuevo pacto tributario para financiarlos dentro del principio de responsabilidad fiscal consagrado en ella. Asimismo, habrá que estarmás vigilantes que hasta ahora de las fallas del Estado, particularmente a nivel local. Estos desafíos, sin embargo, son menores a los que implican olvidar la profunda crisis que llevó al actual proceso constitucional, o desconocerlo planteando una tercera vía que no sopesa sus costos económicos, políticos y sociales. Mantener el período de indefinición y los efectos de ello sobre las ya alicaídas legitimidades del orden público y confianza en lasinstituciones, puede abriruna caja de Pandora con consecuencias inesperadas. iLUSTRACIÓN: RAFAEL EDWARDS