SOCIEDAD F & P ODONTOLOGICA Y ESTETICA INTEGRAL DHARMA SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.932 Viernes 23 de Agosto de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2536245 EXTRACTO ALVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO, Notario Público Interino 5ª Notaría de Rancagua, Avenida General José de San Martín Nº255, certifico: Por escritura pública de fecha 18.07.2024, Repertorio 1787/2024, ante mí; doña NATALIA PAOLA FIGUEROA QUINTANILLA, chilena, cirujano dentista, casada y separada de bienes, C.I. N17.401.920-7, y don IGNACIO JOSÉ PEÑA HERNÁNDEZ, chileno, cirujano dentista, casado y separado de bienes, C.I.
N17.234.671-5, ambos con domicilio en calle Julio Lezaeta Silva N130, casa 36, comuna de Olivar; constituyeron sociedad por acciones, Razón Social: “SOCIEDAD F & P ODONTOLOGICA Y ESTETICA INTEGRAL DHARMA SpA”. - Capital: El capital de la sociedad es de dos millones de pesos, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal.
La socia doña NATALIA PAOLA FIGUEROA QUINTANILLA, suscribe, entera y paga 70 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal equivalente a la suma de un millón cuatrocientos mil pesos del capital social, equivalente al 70 por ciento de la participación en el capital social, que suscribe y paga por ese preciso monto, en este acto, de contado y en dinero efectivo, que ingresan en arcas sociales a entera satisfacción y conformidad de los socios, y sin que exista cargo alguno que formular en su contra, y don IGNACIO JOSÉ PEÑA HERNÁNDEZ, suscribe, entera y paga 30 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal equivalente a la suma de seiscientos mil pesos de pesos del capital social, equivalente al 30 por ciento de la participación en el capital social, que suscribe, entera y paga por ese preciso monto, en este acto, de contado y en dinero efectivo, que ingresan en arcas sociales a entera satisfacción y conformidad de los socios. - Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación integral de servicios o asesorías profesionales en materias relacionadas con el diagnóstico, tratamiento e investigación en el marco de la patología médica y dental así como también en la medicina estética y todo lo derivado de ella.
Así como la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; en forma directa o a través de convenios, se a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado.
De igual manera podrá, prestar servicios médicos en todas sus especialidades, para cuyos efectos podrá comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, isapres, consultorios, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casas de reposo y, en general, cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, psíquica y estética de enfermos y personas. La sociedad podrá comprar, arrendar en todas sus formas, vender, equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social.
Podrá así mismo comprar, vender o arrendar todo tipo de muebles o inmuebles que sean necesarios; importar y exportar toda clase de bienes, sean corporales, muebles, inmuebles o incorporales; otorgar asistencia técnica y profesional por si o por terceros y, en general cualquier actividad que los socios acuerden y que tengan relación con el área de la salud, del objeto social o se considere conveniente a los intereses sociales, y sin limitación de ninguna especie; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, de cualquiera manera, tenga que ver con todo lo dicho. - Domicilio: Será la comuna de Rancagua, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que establezca en el resto del país o extranjero. - Duración: Indefinida.
Administración: La sociedad será administrada por doña Natalia Paola Figueroa Quintanilla, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el acápite Tres) del Artículo Décimo del Título Tercero de los estatutos. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Rancagua, 12 de agosto de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2536245 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl