Columnas de Opinión: El poder y las drogas
Columnas de Opinión: El poder y las drogas Frank Sauerbaum, diputado RN por Nuble I consumo de drogas es una problemática actual tanto anivel mundial como nacional.
Elaño 2019, según el InAforme sobre el Consumo de Drogas en las Américas, elaborado por la OEA, Chile fue el pais latinoamericano con mayor consumo de drogas en la región, siendo la cocaína la sustancia prevaleciente.
Se deben impulsar medidas que permitan controlar efidientemente el consumo de drogas en la administración pública, para resguardar el principio de probidad y asegurar la eficiencia en la bbor gubernamental, considerando el alto nivel de responsabilidad que tienen las autoridades politicas en la gestión y dirección del pais. En ese orden de ideas, por una parte surge la necesidad de incluir en los test de drogas a autoridades que hoy están exentas de ello, como el Presidente de la República. Y, por otra parte, urge precisar la frecuencia con la que se deben realizar los procedimientos de control de drogas a las autoridades para evitar la evasión de dicha obligación. Actualmente, la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, contiene una regulación sobre el consumo de drogas para ciertas autoridades de la administración pública.
Para el caso de los Ministros de Estado, solo se contempla en la ley la prohibición de ejercer dicha función a aquellas personas que sean dependientes de sustancias ilícitas y que no puedan justificarlo en un tratamiento médico.
Sin embargo, no existe una reglamentación sobre el control periódico del consumo de drogas durante el ejercicio del cargo, ya que el procedimiento contenido en el mencionado reglamento solo es aplicable a las autoridades enunciadas en el articulo 55 bis de la ley de bases, esto es, subsecretarios, jefes superiores de servicio y directivos superlores de un órgano u organismo de la Administración del Estado, hasta el grado de jefe de división o su equivalente.
Ni en la ley ni en el reglamento se establece la frecuencia con la que se deben realizar los exámenes de drogas a las autoridades mencionadas, por lo que, en la práctica, es difícil controlar el cumplimiento de dicha obligación, existiendo incluso la posibilidad de que estos procedimientos no se practiquen.
Cabe considerar que en la legislación actual no se contemplan normas para que el Presidente de la Republica se someta a un control de drogas en el ejercicio de sus funciones, por lo que urge incluirlo en dicha obligación.
A propósito de esto la próxima semana se votara en la Cámara de Diputados un proyecto en esta línea, la idea matriz del proyecto es incluir al Presidente de la República y los parlamentarios dentro de las autoridades que deben estar sujetas al control de consumo de drogas, junto con establecer para las autoridades que se indican (parlamentarios, ministros, subsecretarios, gobernadores regionales, alcaldes, etc. ) la obligación de acompañar un examen médico, realizado en un laboratorio autorizado por el Ministerio de Salud y que cumpla con los estándares internacionales, en base a una muestra de cabello, y a lo menos una vez al año durante el ejercicio del cargo.
Cuando el narco amenaza con permear todas las instituciones de la sociedad el poder politico está expuesto y deben ser los primeros en dar señales claras que no tienen relación ni dependencia de drogas, situación que hasta ahora la legislación no contempla.. C Columna