COLUMNAS DE OPINIÓN: El Estado de derecho y sus amenazas
COLUMNAS DE OPINIÓN: El Estado de derecho y sus amenazas El Estado de derecho consiste enla plena sujeción degobemnantes y gobernados al marco jurídico vigente, cuyo fundamento es el respeto delos derechos fundamentales. En pocas palabras, se trata de un principio de gobierno dondeel poder se halla. sometido aldlerechoy donde ninguna arbitrariedad queda sin sanción. Actualmente, este principio esun elemento consustancial ala democracia occidental, de tal modo que no es posible imaginar un 90 Las amenazas al Estado de derecho no son do de derecho no son sólo retóricas. Estas también tienen lugar. cuando el Poder ejecutivonocumple las sentencias de los tribunales de justicia. Nos referimos, por: ejemplo, al caso de la familia Corea en Quilpué, donde el Minvu se ha negado a cumplir la orden de demolición que dictaminó el Poder Judicial hace más de un año.
También nosreferimos al caso Dominga, donde el Ejecutivo ha buscado por todos los medios --Tricado por todos los medios --Triala constitucional, que, si bien podría ser objeto de modificación, esta debe ser producto de un debate serio y sereno. Esa misma seriedad y serenidad debe aplicarse para analizar las declaraciones de un candidato presidencial respecto del uso dela potestad reglamentaria.
Convienerecordar queestaesuna facultad especial del Presidente de la República, quien, como jefe del Poder Ejecutivo tiene como función esencial ejecutar y hacer cumplir las leyes. bierno democrático ComoChile es un Estadonde no exista Estado de Derecho, dicha Ai sólo retóricas 157 también tienen lugar as Sinembargo, apesar cuando el Poder ejecutivo no cumple las tarlaConstituciónylas su enormerelevancia, el A E o leyes, y está sujeta al Estado de derecho suesentencias de los tribunales de justicia. control jurídico de la le enfrentar desafíos y Contraloríay del Tribu amenazas en todas las épocas, sean estas de carácter retóricoosimplemente de facto.
En este sentido, Chileno es la excepción y es una responsabilidad cit dadana denunciar aquellas prácticas que buscan jibarizar uno de los pocos acuerdos fundamenta: les que nos van quedando: el respeto por el Estado de derecho. Poreso puede afirmarse queno existen excusas para saltarse el Estado de Derecho. Como señala el art. 7 de nuestra Constitución, nadie, ni aún a pretexto de circunstancias extraordinarias, puede atribuirse facultades o derechos que no estén contemplados en la Constitución o en las leyes. Con todo, las amenazas al EstaNos referimos, por ejemplo, al caso de la familia Correa en Quilpué. 'bunal Constitucional incluido-desobedecer la sentencia del Primer Tribunal Ambiental que ordena avanzar con el proyecto de inversión. Enimateria electoral el panorama tampoco es alentador. En este punto debemos ser claros: la Constitución (art. 15) dice que el sufragio será obligatorio para los electores, lo que incluye a los extranjeros que pueden votar. Más allá delbochorno quesignificadiscutir las reglas electorales a tres meses de su aplicación, es incomprensible que se pretenda evadir el cumplimiento de una clara renal Constitucional.
Es decir, no puede afirmase que un Decreto supremoseasinónimo de arbitrariedad ride peligro para el Estado de derecho, a menos que, como ocurrió en el pasado a comienzos de los años 70, sea u zado como un resquicio para evadirlasupremacía constitucional y el principio de legalidad. el principio de legalidad. Francisco Medina K. Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Católica del Maulee DEE Ai: Ai: Ai:. -