Obispos recurren a Contraloría por cambios al reglamento de objeción de conciencia en aborto
Obispos recurren a Contraloría por cambios al reglamento de objeción de conciencia en aborto IGLESIA. La Conferencia Episcopal acusa inconstitucionalidad de las nuevas disposiciones que apuntan a favorecer a personal médico no objetor.
AGENCIA UNG Redacción a Conferencia Episcopal presentó un escrito ante la República con el que busca que se declare inconstitucional el reglamento ingresado en mayo por el Ministerio de Salud que modifica el Decreto Supremo N°67 de 2018 en lo referido a la objeción de conciencia en el marco del aborto en tres causales.
A través de un documento firmado por el arzobispo de La Serena, René Rebolledo, en representación de todos los obispos, se hace presente que el reglamento N° 22, de mayo de 2024, adolece de vicios de inconstitucionalidad e ilegalidad.
Y apunta a que la objeción de conciencia es un derecho humano fundamental, arraigado en la libertad de conciencia, por lo que "restringir este derecho puede afectar otros derechos fundamentales, como la igualdad y la no discriminación". Los representantes de la iglesia católica señalan que algunas distinciones que hace el nuevo reglamento no son razonables ni objetivas, como la "limitación respecto a las acciones y perso nas en las que procede manifestar objeción de conciencia". Sobre este punto, recuerdan que el Código Sanitario "hace mención explícita sobre quiénes están autorizados por ley a ser objetores de conciencia. Se menciona, en primer lugar, al médico cirujano.
En segundo lugar, se dice que gozará también de este derecho el resto del personal al que corresponda desaPor riesgo de vida Por violació Por inviabilidad fetal EN MAYO EL MINISTERIO DE SALUD INGRESÓ LAS NUEVAS DISPOSICIONES AL DECRETO SUPREMO. rrollar sus funciones al interior del pabellón quirúrgico". En ese sentido, acusan que "el reglamento, en contravención a la Ley, realiza modificaciones en orden a restringir la posibilidad de que el personal médico que realiza funciones dentro del pabellón quirúrgico donde se realiza el aborto pueda ejercer su derecho de objeción de conciencia", lo que "impone una discriminación arbitraria que contraviene la Constitución pues niega a ciertos profesionales el derecho a ejercer la objeción de conciencia que se reconoce a otros". "FAVORECIMIENTO" También se apunta contra el artículo 22 del Decreto (quedaría como 24), al que se agrega el inciso: "Los establecimientos públicos de salud deberán contar con personal idóneo, suficiente y disponible para asegurar la atención médica de los y las pacientes que requieran la interrupción de su embarazo y ejecutar la prestación.
Para tales efectos, el establecimiento de salud podrá considerar como un factor positivo en la contratación de personal, el hecho de no ser objetor de conciencia, a fin de evaluar su idoneidad para el cargo". Los obispos acusan que estas modificaciones "discriminan en razón de las creencias morales o religiosas del personal médico-que inciden en su disponibilidady no de su idoneidad.
Por ello, ordenar que se debe 'favorecer la presencia de personal no objetor en la distribución de turnos y establecer como un 'factor positivo en la contratación de personal el hecho de no ser objetor de conciencia a fin de evaluar su idoneidad para el cargo' son disposiciones inconstitucionales e ilegales". La Conferencia Episcopal señala en su texto que el reglamento "condiciona el libre ejercicio de la objeción de conciencia en cuanto obliga a instituciones (pú blicos y privados) y a sus equipos médicos y funcionarios (personas naturales) objetores de conciencia, a adoptar y seguir requisitos burocráticos y gravosos". Y si bien destaca que aque llos requisitos "no impiden el ejercicio del derecho, lo dificultan desproporcionadamente de modo tal que constituyen incentivos para alterar la calidad de no objetor de conciencia". 03