CONTRATISTA, CONSTRUCTORA Y AGRICOLA FORRAJES CHILE SpA 76.179.375-6*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.894 Lunes 8 de Julio de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2516113 EXTRACTO Paulina Valenzuela Valdes, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Rengo, con oficio en esta ciudad, Avenida José Bisquertt numero setenta y cinco-d, primer piso, comuna de Rengo, CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí, y otorgada en esta misma Notaria, don DANIEL EDUARDO VEGA CERDA, chileno, casado bajo el régimen patrimonial de separación total de bienes, empresario, cédula de identidad número doce millones ochocientos ochenta y cuatro mil nueve guión cinco, y don JOSE RAMON VEGA ORUETA, chileno, casado, ingeniero agrónomo, cedula de identidad número siete millones cincuenta mil seiscientos veintisiete mil guion cero, para estos efectos ambos domiciliados en Apalta sin número, comuna de Rengo, Provincia del Cachapoal, región de Libertador Bernardo O´Higgins, declaran: Don DANIEL EDUARDO VEGA CERDA constituyó la sociedad EMPRESA CONTRATISTA Y CONSTRUCTORA DANIEL EDUARDO VEGA CERDA E.
I. R.L., RUT N76.179.375-6, por escritura pública de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil once, otorgada ante don JAIME BERNALES VALENZUELA, Notario Público Titular de la segunda Notaria de Rancagua, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio de Rancagua del Año dos mil once, a Fojas novecientos noventa y tres, bajo el Número mil ciento noventa y seis.
Por escritura de publica de fecha diecinueve de febrero del año dos mil veintiuno, otorgada ante doña PAULINA VALENZUELA VALDES, Notario público titular de la segunda Notaria de Rengo, la referida sociedad fue transformada y modificada en una sociedad por acciones denominada “CONTRATISTA, CONSTRUCTORA Y AGRICOLA FORRAJES CHILE SpA”, RUT N76.179.375-6, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio de Rancagua del Año dos mil veintiuno, a Fojas ciento tres, bajo el Número noventa y tres. En la referida transformación social se establecido que el capital de la sociedad es de seis millones de pesos, dividido en mil acciones de igual valor, de una serie única, y sin valor nominal.
Por el instrumento publico extractado don DANIEL EDUARDO VEGA CERDA vende, cede, y transfiere a don JOSE RAMON VEGA ORUETA, quien, compra, acepta, y adquiere para sí quinientas acciones, de la sociedad “CONTRATISTA, CONSTRUCTORA Y AGRICOLA FORRAJES CHILE SpA” El precio de la compraventa de acciones corresponde a la cantidad única, total y definitiva de tres millones pesos, el cual corresponde a seis mil pesos por cada acción, precio que don JOSE RAMON VEGA ORUETA paga en este acto en dinero efectivo, declarando don DANIEL EDUARDO VEGA CERDA recibirlo, a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el Precio. Asimismo, don JOSE RAMON VEGA ORUETA declara haber recibido el Título a su entera conformidad.
En consecuencia a lo anterior, los actuales socios los actuales socios don DANIEL EDUARDO VEGA CERDA, y don JOSE RAMON VEGA ORUETA, en calidad de únicos socios y propietarios de la totalidad de las mil acciones de la sociedad “CONTRATISTA, CONSTRUCTORA Y AGRICOLA FORRAJES CHILE SpA”, modifican el estatuto social de la misma en sus artículos, TITULO PRIMERO. Nombre, domicilio, duración y objeto, artículo primero, artículo cuarto, y TITULO TERCERO. De la administración, artículo noveno, de la manera que sigue: “TITULO PRIMERO. Nombre, domicilio, duración y objeto: ARTÍCULO PRIMERO.
Se constituye una sociedad por acciones con el nombre de “CONTRATISTA, CONSTRUCTORA Y AGRICOLA FORRAJES CHILE SpA” con el pudiendo usar indistintamente “FORRAJES CHILE SpA”, inclusive con los bancos, con el nombre ya indicado y se rige por las disposiciones que se contienen en los presentes estatutos, las disposiciones del Código Civil y de Comercio, y las disposiciones de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y su Reglamento que les sean aplicables. Civil y de Comercio, las disposiciones de la Ley veinte mil ciento noventa y las normas de la ley dieciocho mil cuarenta y seis que les sean aplicables”. “ARTÍCULO CUARTO.
El objeto de la sociedad será: a. - Efectuar toda clase de negocios, inversiones, en especial en todo lo que se encuentre relacionado con el ámbito agrícola, comercialización de bienes y servicios en general, supermercados, panadería, restoranes, rotisería, grandes tiendas, inmobiliario, constructora, agrícola, transporte de carga Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516113 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.894 Lunes 8 de Julio de 2024 Página 2 de 2 ajena, ya sean estas por cuenta propia o a través de terceros y rent a car. b. - Cultivos forrajeros en praderas mejoradas o sembradas; cultivos suplementarios forrajeros, cultivo de otras plantas perennes. c. - La importación, exportación y distribución de forrajes, semillas, y plantas, con un enfoque destacado en las ventas de estos productos. d. - La adquisición de terrenos para la producción agrícola, ya sea para cultivos extensivos o especializados, incluyendo la preparación del suelo, siembra, cosecha y postcosecha. e. - El desarrollo de proyectos de agroindustria, incluyendo la transformación de materias primas agrícolas en productos elaborados. f. - La promoción, constitución y asociación de empresas o sociedades relacionadas con la agricultura y la agroindustria, incluyendo cooperativas agrícolas y asociaciones de productores. g. - Las inversiones en terrenos agrícolas para su explotación o desarrollo de proyectos agropecuarios, con facultad para arrendamiento o explotación comercial. h. - La ejecución de toda clase de negocios relacionados con la comercialización de productos agrícolas, como financiamiento, distribución, exportación e importación de productos agrícolas y agroindustriales, poniendo especial énfasis en las ventas de insumos agrícolas. i. - La participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras asociaciones, independientemente de su objeto social, siempre que estén relacionadas con la agricultura y la agroindustria. j. - Realizar toda actividad o negocios relacionados con el giro antes descrito, de común acuerdo entre los socios, así como cualquier otra actividad determinada por los socios y relacionada con la agricultura y la agroindustria. k. - En general, dedicarse a negocios similares o a aquellos que los socios estimen necesarios para el desarrollo y promoción del sector agrícola, celebrando todos los actos y contratos para la consecución y cumplimiento de su objeto”. “TITULO TERCERO. De la administración.
ARTÍCULO NOVENO: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don DANIEL EDUARDO VEGA CERDA, y don JOSE RAMON VEGA ORUETA, quienes actuando conjuntamente y de común acuerdo podrán ejercerla personalmente o a través de personas especialmente designadas para ello.
En todo lo no modificado se mantiene inalterable el texto original del referido estatuto social. - Demás estipulaciones en escritura extractada. - Rengo, 2 de Julio del 2024. - Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516113 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl