Comentarista EMOL (Chile)
13-11-2024
“Justicia por mano propia”: Lo que establece la ley y los riesgos de esta acción para quienes se involucran
Autor: Emol Social Facts, Andrea Cova Moore La “justicia por propia mano siempre es una pésima estrategia”, sentenció Luis Cordero, subsecretario del Interior, ante los últimos hechos registrados. En la mañana del domingo en La Florida, un hombre fue encontrado muerto luego de recibir golpes de un grupo de personas.
Debido a la gravedad de las lesiones, la víctima, que era de nacionalidad venezolana, falleció por un traumatismo encefalocraneano y, de acuerdo con la información de la Policía de Investigaciones (PDI), el sujeto fue golpeado de forma violenta luego de presuntamente haber cometido un delito.
Ante la gravedad del asunto, el subsecretario del Interior, Luis Cordero, realizó un llamado a no hacer “justicia por mano propia” e incluso, mencionó que este tipo de hechos convertirían a los “vecinos en criminales”. “La justicia por propia mano siempre es una pésima estrategia, no solo porque es violencia contra violencia, sino porque fundamentalmente transforma a buenos vecinos en criminales”, advirtió.
Lo que establece la ley Diego Muñoz, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo, señala que la regla general es que ninguna persona puede ser detenida sin una orden judicial, salvo en casos de flagrancia, es decir, cuando el delito se está cometiendo o este se ha cometido recientemente, según los plazos establecidos por la propia ley.
“Si bien la ley permite a cualquier persona a detener en flagrancia, conforme a lo dispuesto en el artículo 129 del Código Procesal Penal, esta es solo con el objeto de ser entregada ante personal policial. Por ejemplo, si alguien presencia a una persona golpeando a otra y robándole su celular, podría intervenir y detener al agresor, pero únicamente para ponerlo a disposición de Carabineros o Policía de Investigaciones”, explica. Asimismo, explica que por mandato constitucional se establece que solo podrán conocer de las causas penales los tribunales de justicia, y que la resolución de conflictos queda entregada a los tribunales.
“Nuestra legislación en términos generales no autoriza la autotutela, también conocida como justicia por propia mano, como medio de solución de conflictos, por lo que cualquier acto realizado en este sentido podría constituir un delito”, advierte.
Imagen de referenciaEn el caso particular de lo ocurrido en La Florida, Muñoz detalla que aquellos que realicen actos que puedan constituir un delito en el contexto de una detención ciudadana, el Ministerio Público tiene la obligación de investigar, pudiendo, si existe el mérito para ello, ordenar sus detenciones y decretar medidas cautelares de alta intensidad, como la prisión preventiva, dependiendo del caso en concreto.
“En este caso, que se ha producido la muerte de una persona, si dicha consecuencia se puede imputar a la acción de quienes actuaban bajo una “detención ciudadana” podrían ser responsables del delito de homicidio”, explica.
Los riesgos Camila Astrain, investigadora del Centro de Estudios en Seguridad y Crimen Organizado (
Cescro) de la
Universidad San Sebastián, explica que si bien no existen estadísticas oficiales que permitan monitorear la ocurrencia de las detenciones ciudadanas, “hemos sido testigos cada vez con mayor frecuencia de cómo las personas deciden tomar la justicia por sus propias manos.
Situación que podría seguir aumentando debido a la crisis de seguridad que estamos viviendo en el país, donde el aumento de la violencia ha transformado tanto la delincuencia común y ha sido una de las principales manifestaciones de la instalación y expansión del crimen organizado”. Asimismo, señala que este tipo de hechos no solo se podría considerar como una respuesta de la comunidad a la desconfianza en el Estado por brindar una respuesta justa y efectiva ante la delincuencia, sino también representa un riesgo tanto para víctimas como victimarios.
En este sentido, “las víctimas no solo pueden resultar lesionadas en el momento del enfrentamiento, sino también hay que considerar que pueden ser víctimas de represalias posteriores o incluso convertirse en victimarios que deban enfrentar la justicia, porque en Chile el monopolio del uso legítimo de la fuerza es del Estado”. Por otro lado, señala que las detenciones ciudadanas acompañadas de violencia hacia el presunto victimario no solo no respetan el principio de inocencia, sino que tampoco garantizan el debido proceso consagrado en la Constitución, ya que se asume que la persona es el responsable del ilícito aun cuando el delito no haya sido flagrante, como “ocurrió en La Florida el año 2022 donde tras un confuso incidente se dio muerte a la víctima de un delito que fue confundido con un victimario”. Por último, Muñoz señala que estos casos si bien tienen múltiples causas, y deben ser analizados caso a caso, permiten reflejar muchas veces una desconfianza en el sistema judicial, “y ante una sensación de impunidad realizan acciones de autotutela que pueden generar los riesgos penales”.
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